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PUBLICACION DE ESTADOS
ART 41 literal C numeral 2.
ESTADOS ELECTRONICOS
NOTA: En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 9° inciso segundo de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en los estados las providencias en las que se decreten medidas cautelares.
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NOTA:
Los autos pueden ser revisados tambien directamente en la plataforma SIUGJ.
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