Sala de Casación Laboral
RAD. | FECHA | MAGISTRADO PONENTE Dr.(a) | TEMA |
CONTRATO REALIDAD, SALARIO – Si no se discute la declaratoria del contrato de trabajo, en virtud a la aplicación del principio de primacía de la realidad, la remuneración pactada como retribución a la prestación del servicio no puede tener un carácter distinto al de salario, por ser uno de los elementos del contrato / CONTRATO REALIDAD – Declaración previa suscripción simultánea de 2 contratos; uno, verdadero contrato de trabajo, y otro, contrato de prestación de servicios – En el segundo se excluyó el carácter salarial de algunos pagos / CONTRATO REALIDAD, SALARIO – Pagos que no constituyen salario - La exclusión salarial de pagos habituales no aplica para los contratos de prestación de servicios aparentes / APLICACIÓN DE LA LEY – Del artículo 128 del CST – No comprende los acuerdos que se hacen cuando se aparenta un contrato de prestación de servicios, siendo en realidad un contrato de trabajo / RECURSO DE CASACIÓN, INFRACCIÓN DIRECTA – Parte del supuesto indispensable de que la norma acusada deba ser necesariamente aplicada / CONTRATO REALIDAD, SALARIO – USna vez declarada la relación laboral no es compatible seguir admitiendo que no es salario la remuneración pactada a cambio de la prestación del servicio / SALARIO – Pagos que no constituyen salario - Las partes no son enteramente libres para determinar qué pagos no lo constituyen | |||
PRESUPUESTOS PROCESALES, CAPACIDAD PARA SER PARTE POR PASIVA – IPS – Hospital Infantil Universitario de la Cruz Roja "Rafael Henao Toro" / PRESUPUESTOS PROCESALES, CAPACIDAD PARA SER PARTE – Falta de capacidad aparente – Conciencia de estar en presencia de un enfrentamiento judicial entre personas que gozan de personalidad jurídica / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CAPACIDAD PARA SER PARTE POR PASIVA - De la Cruz Roja Colombiana por actos de representación ejercidos por el Hospital Infantil Universitario "Rafael Henao Toro" / PRESUNCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO – Demostrada la prestación personal del servicio, la labor del juez se debe orientar a examinar las pruebas con el propósito de establecer si se desvirtuó la subordinación / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO REALIDAD – Subordinación jurídica en presencia de contrato de prestación de servicios y de contrato docente asistencial suscrito con la Universidad de Caldas / CONTRATO REALIDAD, SUBORDINACIÓN – La disponibilidad para el cumplimiento de turnos, revela que la prestación del servicio no se realiza de manera independiente y autónoma / CONTRATO REALIDAD, SUBORDINACIÓN – Los llamados de atención, las advertencias y la amenaza de imposición de sanciones son indicativos de estar en presencia de una relación laboral / PRINCIPIO DE LA CARGA DE LA PRUEBA, CONTRATO REALIDAD – Coexistencia de relaciones laborales - No basta con alegar la prestación del servicio para diferentes empleadores, sino que es necesario demostrarla / CONTRATO DE TRABAJO – Coexistencia de relaciones laborales, siempre que no sean totalmente concurrentes / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – Interrupción – Las interrupciones genéricas, abstractas, indefinidas o indeterminadas, carecen de eficacia para interrumpir la prescripción / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – Interrupción - La reclamación debe individualizar y precisar el derecho reclamado / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – Interrupción respecto de la pensión de jubilación, pero no respecto de los demás derechos laborales pretendidos en la demanda / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – Interrupción con la presentación de la demanda / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES - De las cesantías anuales – No prescriben en vigencia de la relación laboral / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – De las vacaciones / PRESTACIONES SOCIALES, DERECHOS LABORALES – Liquidación por declaración judicial de la relación laboral / AFILIACIÓN AL ISS - Responsabilidad del empleador por no afiliación del trabajador - La falta de afiliación del trabajador al ISS acarrea para el empleador el reconocimiento de las prestaciones en los términos que aquel lo hubiese hecho / PENSIÓN DE VEJEZ – A cargo del empleador por no afiliación del trabajador al ISS / PENSIÓN DE VEJEZ - Compatibilidad de pensión de jubilación oficial y pensión de vejez reconocida por el ISS, antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993 / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN, PENSIÓN DE VEJEZ Determinación – Beneficiario del régimen de transición al que le faltaban menos de 10 años para adquirir el derecho / INDEMNIZACIÓN MORATORIA – Finalidad / PENSIÓN DE VEJEZ – Requisitos según el Acuerdo 049 de 1990 – Liquidación / INDEMNIZACIÓN MORATORIA - No es de aplicación automática, en cada caso, debe observarse la conducta del empleador / INDEMNIZACIÓN MORATORIA – Improcedencia cuando el empleador tenía la firme convicción de que la relación estaba regida por un vínculo distinto al laboral – Contratos sucesivos de prestación de servicios | |||
SALARIO – El que debe tenerse en cuenta para liquidar las prestaciones sociales y el que recibe el trabajador por los períodos convenidos en el desempeño de su labor pueden ser diferentes / VACACIONES – Compensación en dinero – Procede proporcionalmente por cualquier fracción de tiempo efectivamente laborado / RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA – Los artículos 177 del CPC y 54 del CPTSS no son normas sustantivas de alcance nacional / LIBRE FORMACIÓN DEL CONVENCIMIENTO – Si del examen de los medios probatorios, el juez adquiere certeza sobre la vulneración, satisfacción o extinción de un derecho, el principio de la carga de la prueba es irrelevante / CESANTÍAS – Término para su pago / INDEMNIZACIÓN MORATORIA POR NO PAGO DE CESANTÍAS – Incompatibilidad con indemnización moratoria por no pago de salarios y prestaciones / INDEMNIZACIÓN MORATORIA POR NO PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES – Incompatibilidad con la indemnización moratoria por no pago de cesantías – Procede por el no pago del auxilio correspondiente al año de terminación del contrato | |||
PENSIÓN DE VEJEZ – Diferencia entre causación y disfrute / APORTES PARA PENSIÓN, PENSIÓN DE VEJEZ - El cumplimiento de los requisitos para tener derecho a la pensión, no impide que el afiliado o su empleador continúen cotizando al sistema / PENSIÓN DE VEJEZ – Disfrute – Supone el cumplimiento de los requisitos de causación y se da cuando se solicita el reconocimiento de la pensión, previa desafiliación del régimen / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – La desafiliación la puede disponer el ISS por iniciativa del empleador o por petición del interesado en obtener la pensión / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – La desafiliación del sistema supone un acto de declaración de voluntad del empleador o del afiliado, que debe ser conocido por la entidad de seguridad social respectiva – La falta de cotizaciones no supone necesariamente la desafiliación / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Es permanente - En ningún caso se pierde o se suspende porque se dejen de causar cotizaciones o éstas no se cubran efectivamente / SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Diferencia entre afiliación y cotización – Son conceptos jurídicos distintos / AFILIACIÓN SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Diferencia con cotización / SISTEMA DE GENERAL DE PENSIONES – La novedad de retiro de un trabajador al servicio de un empleador no es igual a la solicitud de desafiliación del sistema pensional / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Desafiliación - Si no existe prueba de ella, puede inferirse de varios hechos, como la terminación del vínculo laboral del afiliado, la falta de pago de las cotizaciones y el cumplimiento de los requisitos de causación de la pensión | |||
RECURSO DE CASACIÓN – Improcedencia por no haberse dado tramite al grado jurisdiccional de consulta / NULIDADES – Por falta de tramite del grado jurisdiccional de consulta a favor del interviniente ad excluendum / GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA – Nulidad por omisión de su trámite respecto del interviniente ad excluendum | |||
RECURSO DE CASACIÓN – Objeto / RECURSO DE CASACIÓN, DEMANDA DE CASACIÓN – Facultad de la Corte para escoger las que merezcan un pronunciamiento de fondo – Finalidad / RECURSO DE CASACIÓN – No selección de la demanda cuando se someten a estudio temas que han sido tratados y definidos por la Corte / RECURSO DE CASACIÓN – Deber de motivar de manera sólida y precisa el auto en cuya virtud no se escoge el trámite de una demanda de casación / DEMANDA DE CASACIÓN – La facultad de selección se ejerce frente a recursos que hayan sido admitidos – No deroga los requisitos de exigibilidad del recurso de casación / RECURSO DE CASACIÓN, DEMANDA DE CASACIÓN – La facultad de selección puede ejercerse parcialmente, es decir, respecto de uno o más cargos / RECURSO DE CASACIÓN, DEMANDA DE CASACIÓN - Criterios para la selección de las demandas – Unificación de la jurisprudencia, protección de los derechos constitucionales y el control de legalidad de los fallos / APLICACIÓN DE LA LEY – De la Ley 4 de 1992 – Aplica para empleados públicos y no para trabajadores oficiales / SALARIO - Normas del sector privado que prevén incremento salarial con base en el IPC / SALARIO – El juez no puede ordenar los incrementos, excepto cuando se trata de salario mínimo / SALARIO - Diferencia de la nivelación salarial basada en incrementos del IPC con el principio de trabajo igual salario igual o por congelación de los salarios / SALARIO – Reajuste salarial de trabajadores oficiales | |||
PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL - Requisitos - Trabajadores que cumplieron el tiempo de servicios como trabajadores oficiales, pero la edad después de privatizado el BCH / EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA – Naturaleza jurídica del BCH / DERECHOS ADQUIRIDOS, PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – El cumplimiento del tiempo de servicios en vigencia de la Ley 33 de 1985 y el ser beneficiario del régimen de transición allí previsto, constituyen derechos pensionales y no meras expectativas / SUBROGACIÓN PENSIONAL - De la pensión de jubilación legal por afiliación del trabajador oficial al ISS / INDEXACIÓN DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL - Procedencia en pensión de jubilación legal causada en vigencia de la Constitución de 1991 / INTERESES MORATORIOS – Improcedencia en pensión de jubilación legal no regida integralmente por la Ley 100 de 1993 | |||
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Requisitos – Deceso de pensionado en vigencia de la Ley 100 de 1993 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA – El mero acto jurídico del matrimonio no permite presumir la convivencia continua y permanente / MATRIMONIO – La vigencia del vínculo no supone, per se, el cumplimiento de las obligaciones que de él se desprenden / CONVIVENCIA – Concepto – Interrupción / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA – No residir bajo el mismo techo, per se, no conlleva a concluir ausencia de cohabitación | |||
RECURSO DE CASACIÓN, ERROR DE HECHO – Si bien la demanda no es una prueba, excepcionalmente, su interpretación puede configurarlo / SENTENCIA INHIBITORIA, JUEZ LABORAL – Deber de evitar esta clase de pronunciamientos – Acumulación de procesos / DEMANDA – Valoración en acumulación de procesos / CONTRATO DE TRABAJO – La existencia de sendas liquidaciones en la celebración sucesiva de contratos a término fijo, no permite la declaratoria de una sola relación laboral / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO – Por vencimiento del plazo pactado, encontrándose la trabajadora en estado de embarazo / FUERO DE MATERNIDAD, CONTRATO A TÉRMINO FIJO – La protección especial de las mujeres en estado de embarazo, no puede desdibujar la figura del contrato a término fijo, si la terminación ocurre por vencimiento del plazo / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO, LICENCIA DE MATERNIDAD – Improcedencia por terminación de la relación laboral por vencimiento del plazo, encontrándose la trabajadora en estado de embarazo | |||
SUBROGACIÓN DE LA LEY – Concepto / APLICACIÓN DE LA LEY – Vigencia del artículo 6 de la Ley 50 de 1990 / SUBROGACIÓN DE LA LEY – Del artículo 6 de la Ley 50 de 1990 por el artículo 28 de la Ley 789 de 2002 / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD – Supone la existencia de conflicto o duda en la aplicación de dos normas vigentes / APLICACIÓN DE LA LEY – Vigencia del artículo 28 de la Ley 789 de 2002 / NORMAS LABORALES – Son de aplicación inmediata / DERECHOS ADQUIRIDOS, MERA EXPECTATIVA - Tránsito legislativo / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA – La invocación de una norma para fundamentar el despido, no crea derecho alguno sobre la indemnización que consagra. | |||
36864 | 08/02/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | ACCIÓN DE TUTELA - Diferencia entre el cumplimiento del fallo y los efectos jurídicos que produce su revocatoria / SENTENCIA, ACCIÓN DE TUTELA – Alcance la de las decisiones judiciales adoptadas en ejercicio de la acción de tutela / ACCIÓN DE TUTELA – Mecanismos para el cumplimiento del fallo – Nada tienen que ver con la vigencia de la decisión judicial / ACCIÓN DE TUTELA – Impugnación – El efecto devolutivo en que se concede implica que la providencia debe ser cumplida, mientras no sea modificada o revocada, bien como resultado de la impugnación o de la revisión que le compete a la Corte Constitucional / ACCIÓN DE TUTELA, SENTENCIA – Cuando el fallo es revocado quedan sin efecto las medidas que se hayan adoptado para su cumplimiento / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 7 del Decreto 306 de 1993 – Su aplicación puede extenderse respecto de particulares / SENTENCIA, ACCIÓN DE TUTELA – Si tanto el ad quem como la Corte Constitucional, al revocar y negar la tutela, nada dicen sobre las consecuencias de sus decisiones, ni mucho menos sobre las consecuencias del reintegro ordenado en primera instancia, es claro que ésta pierde todos sus efectos – El juez de conocimiento del proceso laboral no puede proveer sobre cuestiones que los jueces competentes no consideraron / ACCIÓN DE TUTELA, REINTEGRO – Si la sentencia que lo ordenó fue revocada, no es posible considerar que esa situación generara todos los efectos jurídicos del reintegro laboral, porque la providencia que lo ordenó perdió vigor jurídico -fue provisional-, máxime cuando no hay prueba del trabajo efectivo como consecuencia del reintegro, pues de haber sido así, es claro que tendría derecho a la retribución de los servicios / REINTEGRO – Efectos del ordenado en ejercicio de la acción de tutela – Diferencia entre aquel ordenado como medida definitiva y cuando se ha dispuesto en la sentencia de primera instancia, que a la postre es revocada / ACCIÓN DE TUTELA, REINTEGRO – Al juez de tutela no le es dado pronunciarse sobre cuestiones jurídicas, salariales y prestacionales / SENTENCIA – Efectos de su revocatoria / RECURSO DE CASACIÓN, MEDIO NUEVO – Por invocar hechos no enunciados oportunamente en las instancias |
36684 | 22/02/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA - No basta acusar todo un conjunto normativo -ley-decreto-, es necesario individualizar el precepto en concreto / RECURSO DE CASACIÓN – Técnica – Vía directa – Vía indirecta / RECURSO DE CASACIÓN – Las vías directa e indirecta son excluyentes / DEMANDA DE CASACIÓN – Requisitos - No constituyen un culto a la forma, son supuestos esenciales de la racionalidad del recurso / PRUEBAS – La prueba de la actividad económica de una empresa no es solemne / ERROR DE DERECHO – Concepto - Procedencia / RECURSO DE CASACIÓN, MEDIO NUEVO – Se presenta cuando no forma parte de la causa petendi o demanda inicial, de la contestación de la demanda o de las excepciones / RECURSO DE CASACIÓN, MEDIO NUEVO – Por fundarse en hechos que no fueron adecuadamente discutidos en las instancias / SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Es aplicable a los trabajadores de la industria petrolera / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Es obligatoria para todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo / REGÍMENES ESPECIALES – Los trabajadores de las empresas petroleras, distintas a Ecopetrol, no fueron excluidos de la aplicación del Sistema de Seguridad Social Integral / AFILIACIÓN AL ISS DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA – Mientras la afiliación no fuera forzosa no podía predicarse omisión – Se reglamentó a partir del 1° de octubre de 1993, atendiendo la zona geográfica donde el ISS haya extendido cobertura y llamado a inscripción / APLICACIÓN DE LA LEY – Del artículo 260 del CST a los trabajadores de la industria petrolera / SISTEMA GENERAL DE PENSIONES – Responsabilidad en materia de pensiones de las empresas que debían afiliar a sus trabajadores al ISS antes de la entrada en vigencia del sistema / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL - De trabajadores de la industria petrolera - Artículo 260 del CST |
VIOLACIÓN DE MEDIO – Del artículo 83 del CPC / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 83 del CPC / LITISCONSORCIO NECESARIO – Integración en pensión de sobrevivientes / LITISCONSORCIO NECESARIO EN PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – No se presenta entre el cónyuge sobreviviente y otro beneficiario, salvo que se trate de hijos menores de edad / RECURSO DE CASACIÓN – No es idóneo para corregir errores in procedendo o de procedimiento / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – Improcedencia del litisconsorcio necesario entre el cónyuge sobreviviente y otro beneficiario, salvo que se trate de hijos menores de edad / INTERESES MORATORIOS – Improcedencia en pensión de sobrevivientes por no regirse íntegramente por la Ley 100 de 1993 | |||
INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 47 de la Ley 100 de 1993 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – Según el artículo 47 de la Ley 100 de 1993 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – La situación de necesidad en la se ven expuestas las personas que dependían económicamente del causante, constituye el interés jurídicamente tutelado por el legislador a través de la seguridad social / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS - A los padres no los cualifica su posición respecto a la jefatura del hogar sino la dependencia económica frente al hijo causante / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS, MADRES CABEZA DE FAMILIA – Tal condición no colma las exigencias del artículo 47 de la Ley 100 de1993, pues de ella no es dable predicar la dependencia económica de algún otro miembro del clan familiar / MADRES CABEZA DE FAMILIA – Concepto – Requisitos / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – Los hermanos del causante sólo pueden pretender la prestación directamente y siendo inválidos, a falta de cónyuge, compañero o compañera permanente, padres e hijos con derechos / DERECHOS DE LAS MUJERES – De las madres cabeza de familia como beneficiaras de la pensión de sobrevivientes / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – La condición de mujer o madre cabeza de familia | |||
34820 | 22/02/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | COMPATIBILIDAD PENSIONAL – La pensión de invalidez de origen profesional y la pensión de vejez son compatibles / COMPATIBILIDAD PENSIONAL – Las pensiones de invalidez de origen profesional y por riesgo común son compatibles / PENSIÓN DE INVALIDEZ DE ORIGEN PROFESIONAL – Compatibilidad con la pensión de vejez o con la pensión de invalidez por riesgo común / COMPATBILIDAD PENSIONAL - La incompatibilidad prevista en el artículo 10 de la Ley 776 de 2002 respecto de pensiones otorgadas por los regímenes común y profesional, sólo se presenta cuando las pensiones tienen origen en el mismo evento / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES DE ORIGEN PROFESIONAL – Compatibilidad con pensión de vejez o de invalidez de origen común |
46556 | 22/02/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Requisitos – Deceso de afiliado en vigencia de la Ley 797 de 2003 / INTERPRETACIÓN DE LA LEY - Del parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Causante, no beneficiario del régimen de transición, respecto del cual se pretendía la aplicación del parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – Procede sólo cuando se predica la aplicación del régimen inmediatamente anterior al aplicable conforme las reglas generales / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – Para su aplicación el juez no puede hacer un ejercicio histórico sobre normas que regulan la materia / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – Improcedencia en pensión de sobrevivientes cuando el deceso ocurrió en vigencia de la Ley 797 de 2003 / PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD – Aplicación en pensión de sobrevivientes |
40552 | 01/03/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | PENSIÓN DE VEJEZ – Requisitos según el Acuerdo 049 de 1990 / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN – En pensión de vejez de beneficiario del régimen de transición que le faltaban más de 10 años para adquirir el derecho al entrar en vigencia la Ley 100 de 1993 / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN – Para los beneficiarios del régimen de transición de la Ley 100 de 1993, en ningún caso se rige por el Acuerdo 049 de 1990 / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN - En pensión de vejez – Liquidación / PENSIÓN DE VEJEZ – Liquidación |
48855 | 01/03/11 | LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS | RECRUSO DE CASACIÓN - Término para la presentación de la demanda – Remisión desde lugar diferente a la sede de la Corporación / TÉRMINOS JUDICIALES – Para la presentación de la demanda de casación / APLICACIÓN DE LA LEY – Vigencia de la Ley 1395 de 2010 |
40921 | 15/03/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | RECURSO DE CASACIÓN, INFRACCIÓN DIRECTA – Por rebelarse contra la norma – La óptica determinante es la que conforma el actuar imputable al juez y no la previa que utilizó para arribar a aquella / RECURSO DE CASACIÓN – Necesidad de atacar y desvirtuar todos los fundamentos esenciales del fallo / APLICACIÓN DE LA LEY, INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del parágrafo 4 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003 / PENSIÓN DE VEJEZ DE LAS PERSONAS LIMITADAS – Requisitos según la Ley 797 de 2003 |
34510 | 23/03/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | ANÁLISIS DE PRUEBAS, BENEFICIOS CONVENCIONALES – Improcedencia sobre salarios, prestaciones sociales y otros, fundamentados en sentencia judicial que reconoció pensión de jubilación convencional - Convención suscrita con la ETB / ANÁLISIS DE PRUEBAS, ESTABELCIMIENTOS PÚBLICOS, SOCIEDADES POR ACCIONES, NATURALEZA JURÍDICA DE LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. ESP – Transformación de establecimiento público a empresa de servicios públicos domiciliarios / EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS – Sus trabajadores son particulares - Régimen laboral aplicable / TRABAJADORES DE LA ETB - Mutación de la calidad de empleado público a trabajador particular / BENEFICIOS CONVENCIONALES - Reconocimiento a trabajador que mutó de empleado público a trabajador particular / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONVENCIÓN COLECTIVA – El reconocimiento de una prestación convencional es indicativa de que el trabajador fue beneficiario de ella / CONVENCIÓN COLECTIVA - Reliquidación de beneficios convencionales – ETB / CONVENCIÓN COLECTIVA – Beneficiarios – El trabajador que estuvo desvinculado por razones atribuibles al empleador, no necesita demostrar su adherencia al convenio |
37959 | 23/03/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | PROHIBICIÓN DE RECIBIR 2 O MÁS ASIGNACIONES DEL TESORO PÚBLICO – Finalidad – Marco legal – Reseña histórica - Naturaleza - Excepciones / PRESTACIONES DEL ISS – Los recursos del ISS no son de origen público / INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Sus recursos no hacen parte del tesoro público / PENSIONES A CARGO DEL ISS, PENSIONES EN EL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD – No es necesario el retiro del servicio para hacer efectivo el disfrute de la prestación / PENSIÓN DE VEJEZ, PENSIÓN DE JUBILACIÓN POR APORTES - No es necesario el retiro del servicio para hacer efectivo el disfrute de la prestación / PENSIÓN DE VEJEZ – Compatibilidad con salario devengado como empleado público / PROHIBICIÓN DE RECIBIR 2 O MÁS ASIGNACIONES DEL TESORO PÚBLICO – La percepción simultánea de pensión de vejez a cargo del ISS y de salario como empleado público no configura tal restricción / SERVIDORES PÚBLICOS – Compatibilidad del salario de empleado público con la pensión de vejez del ISS / DOCENTES – Derecho de opción en la percepción salario como empleado público o pensión de vejez a cargo del ISS / SERVIDORES PÚBLICOS, DOCENTES – No pueden percibir salario y pensión / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 19 de la Ley 344 de 1996 |
39863 | 23/03/11 | CAMILO TARQUINO GALLEGO | PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN – Trabajador a quien a los 5 años de edad -1969- se le dictaminó el 51.85% de pérdida de capacidad laboral y en 1999, se le calificó una incapacidad del 58.85% / PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN – La existencia de un diagnóstico anterior sobre la pérdida de capacidad laboral, no significa que la persona no tenga suficiente capacidad para laborar / SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – Finalidad – No se funda exclusivamente en el aseguramiento de los riesgos generados en la relación de trabajo, sino que propende por el bienestar de la totalidad de los asociados / SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – Las personas que padecen una discapacidad laboral pueden ingresar al régimen contributivo, siempre que ella no los excluya totalmente del mercado laboral / PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN – De trabajador que antes de ingresar al régimen de seguridad social padecía una discapacidad laboral del 51.85% - Quienes padecen una discapacidad laboral pueden ingresar al régimen contributivo, siempre que ella no los excluya totalmente del mercado laboral / PRUEBAS – De la estructuración de la invalidez / LIBRE FORMACIÓN DEL CONVENCIMIENTO – Frente a la fecha de estructuración de la invalidez ante la presencia de dictamen de la junta de calificación de invalidez y evaluación de medicina laboral / RECURSO DE CASACIÓN, DICTAMENTE PERICIAL – El dictamen de la junta de calificación no es prueba hábil para estructurar el error de hecho / PRUEBAS, DICTAMEN PERICIAL – Está conformado no sólo por el resultado que obtiene, sino por los estudios y análisis elaborados por el perito / DICTAMEN DE LA JUNTA DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ – Las inconformidades frente a su contenido, deben señalarse mediante la correspondiente objeción, en su momento |
41433 | 23/03/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | PENSIÓN DE VEJEZ – De empleado público del orden territorial / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN, PENSIÓN DE VEJEZ - Beneficiario del régimen de transición / RÉGIMEN DE TRANSICIÓN – Aplicación |
46576 | 23/03/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | APORTES PARA SALUD DE PENSIONADOS – Deben hacerse desde la fecha en que se causa el derecho pensional / APORTES PARA SALUD DE PENSIONADOS – La totalidad de la cotización está a su cargo / APORTES PARA SALUD DE PENSIONADOS - Del retroactivo pensional se deben descontar la totalidad de los aportes generados desde el momento en que se causó la prestación / APORTES PARA SALUD – Finalidad - Las cotizaciones de los pensionados resultan vitales para el financiamiento del sistema de seguridad social en salud / OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR – Girar oportunamente los aportes y cotizaciones a la entidad promotora de salud |
44737 | 23/03/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | RECURSO DE CASACIÓN, LITISCONSORCIO NECESARIO – El comparecer en tal calidad y no apelar, no afecta el interés jurídico para recurrir si la otra parte que lo integra sí lo hizo |
39391 | 22/02/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | PENSIÓN DE VEJEZ – Para su pago se requiere la desafiliación al sistema – Necesidad de estudiar las particularidades de cada caso particular y concreto / APORTES PARA PENSIÓN – El cómputo de cotizaciones realizadas después de cumplir edad y tiempo debe hacerse siempre que no se desmejoren los intereses del afiliado / PENSIÓN DE VEJEZ – Su reconocimiento procede una vez se cumplan los requisitos, así no se haya producido el retiro del servicio / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN – En pensión de vejez de beneficiario de régimen de transición que luego de haber cumplido requisitos, continuó cotizando con un salario inferior |
34162 | 05/04/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | PENSIÓN DE JUBILACIÓN ESPECIAL DE LOS INGENIEROS DE VUELO – Requisitos / RÉGIMEN DE TRANSICIÓN – Del artículo 3 del Decreto 1282 de 1994 / APORTES PARA PENSIÓN, PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE LOS INGENIEROS DE VUELO – La pensión de causa independientemente de que los empleadores haya cotizado efectivamente a Caxdac – Los aportes constituyen verdaderas contribuciones parafiscales / ANÁLISIS DE PRUEBAS – Falta de afiliación al ISS antes de la vigencia del sistema de seguridad social integral / PRESTACIONES SOCIALES – Las de los ingenieros de vuelo se asimilan a las de los aviadores civiles / PENSIÓN DE JUBILACIÓN ESPECIAL DE LOS INGENIEROS DE VUELO – A cargo del empleador por falta de afiliación a Caxdac / ANÁLISIS DE PRUEBAS – De los tiempos de servicios laborados y reportados a Caxdac |
PRESCRIPCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN MORATORIA - No se configura la renuncia a la prescripción respecto de la sanción moratoria cuando el empleador reconoce los créditos laborales / EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN - No puede ser declarada de oficio / PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES LABORALES - Para su configuración solamente se requiere de cierto lapso de tiempo durante el cual no se ejerzan las acciones | |||
PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE DOCENTES – Requisitos según el artículo 13 de la Ley 50 de 1886 – Publicación de libros de enseñanza - Es necesario acreditar la existencia de una relación o vinculación laboral | |||
PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – No procede su aplicación en pensión de invalidez estructurada en vigencia de la Ley 860 de 2003 / PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN – Requisitos según el artículo 1° de la Ley 860 de 2003, antes de la inexequibilidad parcial / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del parágrafo del artículo 115 de la Ley 100 de 1993 / BONOS PENSIONALES, TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL, APORTES PARA PENSIÓN – La exigencia de haber cotizado un número mínimo de 150 semanas para tener derecho al bono, permite no tener en cuenta esas semanas para la financiación de las prestaciones por tal vía, pero no impide que se contabilicen para efectos de definir el derecho / PENSIÓN DE INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN, APORTES PARA PENSIÓN – En el régimen de ahorro individual, si no hay lugar a la expedición de bono pensional, la prestación se financia con las cotizaciones y sus rendimientos que estén en la cuenta individual y la suma adicional a cargo de la aseguradora | |||
reconocida por Exxonmobil de Colombia S.A. / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – Monto – El límite máximo emerge de la voluntad de las partes / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – La referencia a la ley no cambia su naturaleza – Remisión a la ley respecto del monto / PENSIÓN – Monto - Tope máximo en el régimen de prima media con prestación definida / AFILIACIÓN AL ISS DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – Monto – Remisión a la ley - Beneficiario del régimen de transición / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – Monto – Tope máximo para beneficiario del régimen de transición / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – Derecho irrenunciable – No puede afectarse por acuerdo voluntario sobre el monto de la pensión voluntaria | |||
PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA, TRASLADO DE RÉGIMEN PENSIONAL – Aplicación en pensión de sobrevivientes de causante trasladado del régimen de prima media con prestación definida al de ahorro individual con solidaridad / APORTES PARA PENSIÓN, SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Suma de cotizaciones realizadas a los dos regímenes pensionales / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Requisitos - Deceso de afiliado en vigencia de la Ley 797 de 2003 / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - No procede su aplicación en pensión de sobrevivientes si el deceso ocurrió en vigencia de la Ley 797 de 1993 / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – En pensión de sobrevivientes no procede la aplicación del Acuerdo 049 de 1990 si el deceso ocurrió en vigencia de la Ley 797 de 2003 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Requisitos según el parágrafo del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 | |||
ANÁLISIS DE PRUEBAS - Naturaleza jurídica la pensión de jubilación reconocida por Exxonmobil de Colombia S.A. / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – Monto – El límite máximo emerge de la voluntad de las partes / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – La referencia a la ley no cambia su naturaleza – Remisión a la ley respecto del monto / PENSIÓN – Monto - Tope máximo en el régimen de prima media con prestación definida / AFILIACIÓN AL ISS DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA / PENSIÓN DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA – Monto – Remisión a la ley - Beneficiario del régimen de transición / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – Monto – Tope máximo para beneficiario del régimen de transición / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – Derecho irrenunciable – No puede afectarse por acuerdo voluntario sobre el monto de la pensión voluntaria | |||
APLICACIÓN DE LA LEY – Los artículos 23, 24 y 65 del CST no son aplicables a los trabajadores oficiales / PRESUNCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO – De los trabajadores oficiales / CONTRATO DE TRABAJO – Elementos esenciales - Similitud de la regulación prevista para las relaciones de trabajo del sector privado y la de los trabajadores oficiales / INDEMNIZACIÓN MORATORIA - Similitud de la regulación prevista para las relaciones de trabajo del sector privado y la de los trabajadores oficiales – Difiere en cuanto a su procedencia por no pago de indemnizaciones / CONTRATO REALIDAD, CONTRATO DE TRABAJO, SUBORDINACIÓN - La presencia de ciertas condiciones en la prestación de un servicio, como la continuidad y la obligación de cumplir lo pactado, vistas de manera aislada no determinan necesariamente la presencia de subordinación laboral, dado que son comunes a contratos de distinta naturaleza. El que confluyan algunas de ellas, de manera significativa, constituye un indicativo serio de la relación de trabajo / CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS – La continuidad en el servicio no se acompasa ésta modalidad de contratación / CONTRATO REALIDAD, SUBORDINACIÓN – El cumplimiento de horario en la prestación de servicios a una entidad oficial es indicativo de subordinación / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO REALIDAD – Celebración sucesiva de contratos de prestación de servicios / INDEMNIZACIÓN MORATORIA, BUENA FE – El estado de liquidación de la empresa no puede colegirse necesariamente como indicativo de buena fe para justificar el no pago de las prestaciones sociales | |||
PRINCIPIO A TRABAJO IGUAL SALARIO IGUAL – Nivelación salarial por ser mayor la asignación fijada en el escalafón para los cargos efectivamente desempeñados, habiendo sido vinculado en uno de menor jerarquía / SALARIO – Nivelación salarial - La demostración de las condiciones de calidad y cantidad de trabajo no son necesarias cuando se busca el pago de sueldos y prestaciones sociales correspondientes a los cargos que verdaderamente se desempeñaron en virtud de la primacía de la realidad / PRINCIPIO A TRABAJO IGUAL SALARIO IGUAL – Nivelación salarial – La demostración de las condiciones de calidad y cantidad de trabajo son necesarias cuando se demanda la discriminación salarial entre personas que cumplieron una misma función / SALARIO – Nivelación salarial – Trabajadores oficiales / SALARIO - Nivelación salarial – La omisión del trámite previsto convencionalmente para la provisión de vacantes, no es razón válida para negar el reconocimiento del pago de salarios y prestaciones por el desempeño en cargos de mayor jerarquía / ANÁLISIS DE PRUEBAS, PRINCIPIO A TRABAJO IGUAL SALARIO IGUAL – Nivelación salarial por el desempeño en cargos de mayor jerarquía al de vinculación – Extremos de la nivelación | |||
ANÁLISIS DE PRUEBAS, PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – La afirmación de la entidad administradora sobre el cumplimiento del requisito de las semanas de cotización exigidas por la ley, permite inferir que se cumple, tanto con el número de semanas como con el tiempo de afiliación al sistema / ANÁLISIS DE PRUEBAS, PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Fidelidad al sistema / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Requisitos – Deceso del afiliado en vigencia de la Ley 797 de 2003 | |||
COMPETENCIA – Fuero electivo - Proceso ejecutivo por cotizaciones en mora por parte del empleador | |||
36818 | 10/05/11 | LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS | PRINCIPIO DE LA REFORMATIO IN PEJUS – Si el fallo del ad quem confirma la decisión del primer grado totalmente absolutoria, así sea por razones distintas, la situación del apelante único no varía / RECURSO DE APELACIÓN – Objeto – Legitimación para interponerlo – El fallo totalmente absolutorio releva al demandado de tener que cuestionar las razones en funda el juez su decisión / RECURSO DE APELACIÓN – La concesión del recurso suspende no sólo la decisión atacada, sino también las consideraciones que la sustentan / PRINCIPIO DE LA REFORMATIO IN PEJUS – Requisitos para que pueda predicarse la reforma en perjuicio del apelante único – Es equivocado predicarla cuando la sentencia de segundo grado es meramente confirmatoria de la absolutoria de la de primer grado o cuando las consideraciones en que se funda la decisión son distintas / NATURALEZA JURÍDICA DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE IDRD - Establecimientos públicos - Empresas industriales comerciales del estado - La definición de la naturaleza jurídica de las entidades descentralizadas es de orden legal y no jurisprudencial / ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS – Sus servidores, por regla general, son empleados públicos / NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO – Efectos ex thunc - Diferencia con abolición de la ley / NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO – Artículo 2 del Acuerdo 21 de 1987 / JURISPRUDENCIA - Las decisiones de la Corte Suprema de Justicia tienen alcance en todo el territorio nacional / TRABAJADORES OFICIALES - La ley define su calidad – Criterios para determinar la condición de trabajador oficial / TRABAJADORES OFICIALES - En tratándose de establecimientos públicos es necesario demostrar que las funciones desempeñadas estén ligadas a la construcción y sostenimiento de obra pública / SERVIDORES PÚBLICOS – La ley es la que define el carácter de trabajador oficial o empleado público de un servidor y no la voluntad de las partes o su forma de vinculación |
NATURALEZA JURÍDICA DE LA CAJA DE BIENESTAR SOCIAL DEL BCH / BENEFICIOS EXTRALEGALES, AUXILIO A PENSIONADOS DEL BCH – Requisitos - La disolución o liquidación de la Caja de Bienestar Social del BCH no extingue las obligaciones adquiridas en forma unilateral con los pensionados del BCH | |||
INTERESES MORATORIOS - En pensión de sobrevivientes – No proceden hasta tanto la jurisdicción decida si quien tiene el derecho es la cónyuge supérstite o la compañera permanente / INTERESES MORATORIOS – Su naturaleza es resarcitoria y no sancionatoria / INTERESES MORATORIOS – En pensión de sobrevivientes – La incertidumbre acerca de si se cumplía o no el requisito de la convivencia, no exime de su imposición | |||
36238 | 31/05/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | NATURALEZA JURÍDICA DE LOS BOMBEROS VOLUNTARIOS – Asociaciones cívicas, sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica, organizadas para la prestación de un servicio público de prevención de atención de incendios y calamidades domésticas / BOMBEROS VOLUNTARIOS – En principio, la vinculación de sus integrantes no es remunerada, pues están conformados por voluntarios, de manera que su relación con la institución no es propia de los contratos de trabajo – Eventualmente dichas entidades pueden tener trabajadores a su servicio / BOMBEROS VOLUNTARIOS – Sus miembros tienen el carácter de asociados de una comunidad cívica, de utilidad común y sin ánimo de lucro, lo que descarta que tengan la condición de subordinados / CONTRATO REALIDAD, CONTRATO DE TRABAJO – De los bomberos voluntarios – No se presenta porque la institución reconozca a determinados asociados un auxilio o bonificación como estímulo / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO REALIDAD – La vinculación de los asociados a los cuerpos de bomberos voluntarios, en principio, no es de naturaleza laboral – De las actas en las que se ordenó el reconocimiento de una bonificación, no es dable inferir que la misma tenga carácter salarial / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO REALIDAD – Los comprobantes de pago de las bonificaciones reconocidas a los bomberos voluntarios no pueden ser tomadas como demostrativos de una relación laboral – Los estímulos de que trata el artículo 7 del Decreto 953 de 1997 no pueden tomarse como determinantes de la subordinación laboral / AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS BOMBEROS VOLUNTARIOS – Si bien su actividad es altruista y desprovista del interés de vincularse mediante un contrato de trabajo, su actividad es de alto riesgo, por lo que merece la protección, pues su apostolado no puede dar lugar a que estén desprovistos del cubrimiento de las contingencias a las que están sometidos / CONTRATO REALIDAD, CONTRATO DE TRABAJO – La afiliación de los bomberos voluntarios a la seguridad social no apareja la existencia de una relación laboral / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO REALIDAD – Las actas donde se comisiona a los bomberos voluntarios para realizar capacitación no implican actos de subordinación laboral – La capacitación no es una obligación sino un derecho del bombero voluntario / CONTRATO REALIDAD – El reglamento de disciplina adoptado por el cuerpo de bomberos voluntarios no puede sugerir la existencia de una subordinación laboral de los asociados a la institución |
RECURSO DE CASACIÓN – Técnica / APLICACIÓN DE LA LEY – De la Ley 4 de 1992 – Aplica para empleados públicos y no para trabajadores oficiales / SALARIO - Normas del sector privado que prevén incremento salarial con base en el IPC / PRINCIPIO DE CONSONANCIA – El ad quem no está en la obligación de pronunciarse respecto de todos y cada uno de los argumentos utilizados para persuadir al juzgador | |||
RECURSO DE CASACIÓN – Necesidad de atacar los verdaderos argumentos de la sentencia acusada / RECURSO DE CASACIÓN – Determinar qué se entiende por derecho cierto o indiscutible o cuando se está en presencia de él, es un tema que debe estudiarse por vía directa / DERECHOS ADQUIRIDOS – Derechos ciertos e indiscutibles – Naturaleza – Requisitos - Imposibilidad de conciliarlos o transarlos / EMPRESA EN EL DERECHO DEL TRABAJO - El ánimo de lucro no es un elemento de la esencia de su noción – Lo importante es que confluyan los factores de capital y trabajo / CAPITAL DE LA EMPRESA – Prueba - La única prueba idónea la constituye la declaración de renta / ERROR DE DERECHO – Concepto – Prueba del capital de la empresa / PRINCIPIO DE LA CARGA DE LA PRUEBA – Corresponde al empleador demostrar el capital de la empresa – Sino se acredita, se presume la existencia del capital necesario para cubrir las prestaciones deprecadas / ANÁLISIS DE PRUEBAS, DEMANDA Y CONTESTACIÓN – Interpretación / ERROR DE HECHO – Los raciocinios -más o menos lógicos; más o menos sensatos-, no lo configuran – El desacierto debe ser garrafal, sin que se requieran conjeturas, suposiciones, razonamientos o interpretaciones de la prueba que permitan inferir algo distinto a lo que acredita / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL – Requisitos según el artículo 260 del C. S. T. / SUBROGACIÓN PENSIONAL, COMPARTIBILIDAD PENSIONAL – De pensión de jubilación legal –artículo 260 del CST-, con la pensión de vejez a cargo del ISS | |||
COTIZACIÓN - Existencia – Surge con la actividad como trabajador, independiente o dependiente / PENSIÓN DE VEJEZ – Requisitos según el artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990 / APORTES PARA PENSIÓN , PENSIÓN DE VEJEZ - Las 500 semanas correspondientes a los últimos 20 años anteriores al cumplimiento de la edad mínima, deben cumplir con unos requerimientos especiales, como los de oportunidad de la causación, pago de las cotizaciones, y haber sido efectuadas al ISS y no a Cajas de Previsión / SISTEMA GENERAL DE PENSIONES - Sostenibilidad financiera del sistema - Cobro de las cotizaciones en mora / SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL - La garantía de pago de las prestaciones en pensiones recae sobre las entidades administradoras y no en los empleadores / AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES, APORTES PARA PENSIÓN - La responsabilidad del empleador por mora en el pago de las cotizaciones es diferente a la que asume por falta de afiliación del trabajador / SISTEMA GENERAL DE PENSIONES, APORTES PARA PENSIÓN - Mora en el pago por parte del empleador – Las reglas de los seguros comerciales no se aplica a la solución de los conflictos de seguridad social derivados del incumplimiento de las obligaciones patronales de aportar al sistema / APORTES PARA PENSIÓN – Las cotizaciones no pagadas se deben contabilizar provisionalmente hasta tanto no se declare su inexistencia / APORTES PARA PENSIÓN, COTIZACIONES INCOBRABLES - Clasificación y declaración formal - Efectos / PENSIÓN DE VEJEZ - Reconocimiento de manera provisional -
FUENTE FORMAL – Literal b) del artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990 – Artículo 24 de la Ley 100 de 1993 – Artículos 73 y 75 del Decreto 2665 de 1988 | |||
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN – Finalidad / RÉGIMEN DE TRANSICIÓN - Requisitos para ser beneficiario – Es indispensable haber estado afiliado con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993 a un sistema pensional | |||
31605 | 14/06/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | RECURSO DE CASACIÓN - Interés jurídico para recurrir del interviniente ad excluendum, respecto de quien el ad quem tomó una decisión implícita o sobreentendida / RECURSO DE CASACIÓN - La resolución del recurso interpuesto por la parte demanda no neutraliza el examen y resolución del recurso interpuesto por el interviniente ad excluendum, respecto de quien se tomó una decisión implícita o sobreentendida / REPRESENTACIÓN JUDICIAL - Prohibición de actuación simultánea de más de un apoderado de una misma persona - El apoderado principal realizó la sustitución del poder 2 veces, generando que los mandatarios judiciales presentaran sendas demandas de casación / RECURSO DE CASACIÓN, ERROR DE HECHO - Si el juez se refiere a todo el caudal probatorio, ha de concebirse que todo el acervo probatorio fue analizado, siendo obligación del recurrente demostrar que no era posible obtener la conclusión a la que llegó el ad quem / FAMILIA - Concepto - Enfoque según la Constitución de 1991 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA - Es un criterio que debe apreciarse cuando el juzgador se aplique a la tarea de definir la persona con vocación legítima para disfrutar de la prestación / PENSIÓN DE SOBREVIEINTES, CONVIVENCIA – No se presume del mero hecho del matrimonio - Prelación de la compañera permanente ante la cónyuge con vínculo matrimonial vigente / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA - No desaparece cuando los esposos o compañeros no pueden vivir bajo el mismo techo, por razones de trabajo, salud, fuerza mayor, etc. / CONVIVENCIA - Concepto / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA - No se deriva de la procreación de hijos - El nacimiento de hijo -que reemplaza la convivencia- debe ocurrir dentro de los 2 años anteriores al deceso del afiliado o pensionado / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONVIVENCIA - No es común que entre cónyuges uno de ellos no designe al otro como beneficiario de un seguro médico tomado a título meramente voluntario - La experiencia nacida el comportamiento de los hombres, deviene, de manera natural y obvia, que el compañero de vida esté llamado a ser beneficiario de un seguro médico / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, SUSTITUCIÓN PENSIONAL, CONVIVENCIA - No es necesario demostrarla para el momento en que el afiliado cumplió los requisitos para acceder a la pensión cuando las condiciones de pensionado y compañera permanente se consolidaron con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, SUSTITUCIÓN PENSIONAL - Requisitos - Deceso de pensionado en vigencia de la Ley 100 de 1993 original / RECURSO DE CASACIÓN – Se deben atacar todas las pruebas en que se soporta el fallo, así no sean calificadas / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONVIVENCIA - La inclusión como beneficiaria del seguro médico no necesariamente comporta la vida en común , afectiva y efectiva |
RECURSO DE CASACIÓN – Alcance la de la impugnación / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, FACULTADES EXTRA Y ULTRA PETITA, JUEZ LABORAL - Poder del juez para fallar en torno a súplicas jamás invocadas en el libelo genitor, o de decidir materias cuantitativamente superiores a las pedidas - "facultad de apreciar ampliamente la causa petendi de la acción a efecto de modificar el petitum, en el momento de la condena" / DEMANDA, CAUSA PETENDI - Concepto - Alma y corazón de la pretensión - Está conformada por razones de hecho y de derecho / FACULTADES EXTRA Y ULTRA PETITA - Si el demandante se equivoca en los planteamientos eminentemente jurídicos y el juzgador, apoyado en las bases fácticas de la demanda, se aleja de aquellos para acoger la correcta interpretación de la norma, no es dable hablar de fallo extra petita / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - En ningún caso quiere decir que las condenas impuestas en la sentencia deban ser un calco de las pretensiones de la demanda / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - Las normas y argumentos jurídicos sostenidos en la demanda no son vinculantes para el fallador "narra mihi factum, dabo tibi ius" - Corresponde al Juez y no a los litigantes definir el derecho que se controvierte / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, FACULTADES EXTRA Y ULTRA PETITA - No se desconocen si el juez al resolver la controversia no lo hace bajo el entendimiento que de la norma hizo el demandante en el escrito inaugural, así haya estado fundado en el criterio jurisprudencial vigente para la época / PENSIÓN DE JUBILACIÓN LEGAL - Reliquidación | |||
APORTES PARA PENSIÓN – Validez de las cotizaciones de los trabajadores independientes que no realizaron aportes para salud – No son ineficaces / APORTES PARA PENSIÓN, PENSIÓN DE VEJEZ – La ausencia de cotizaciones en salud no torna ineficaces las de pensión - Trabajador independiente | |||
39566 | 21/06/11 | CAMILO TARQUINO GALLEGO | RÉGIMEN PENSIONAL DE LOS AVIADORES CIVILES – Se les aplica el sistema general de pensiones establecido en la Ley 100 de 1993 – Su administración está a cargo de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles CAXDAC / ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES – Régimen de reservas destinadas al pago de pensiones a cargo de CAXDAC / RÉGIMEN PENSIONAL DE LOS AVIADORES CIVILES – La exención de responsabilidad pensional a cargo de las empresas de aviación, opera únicamente con la entrega íntegra del valor del cálculo actuarial de cada aviador a CAXDAC / PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE LOS AVIADORES CIVILES, CÁLCULO ACTAURIAL – La entrega del cálculo debe estar precedida de su aprobación por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte / TÍTULOS PENSIONALES – La reserva actuarial de que tratan los Decretos 1282 y 1283 de 1994, es una modalidad especial de bono pensional, específicamente denominada "título pensional", porque no encaja en la definición de bono pensional tipo B, dado que las empresas privadas no pueden emitir esa especie de bonos / TÍTULOS PENSIONALES – Se presentan cuando un afiliado al ISS estuvo vinculado a empleadores o entidades que asumían directamente al pago de pensiones, el tiempo allí trabajado se convalida con esta clase de títulos / BONOS PENSIONALES DE LOS AVIADORES CIVILES – Se presenta cuando un aviador civil se traslada al régimen de ahorro individual con solidaridad y es beneficiario del régimen de transición – El bono está a cargo de CAXDAC – Si se trata de beneficiario de una pensión transitoria, la empleadora emitirá el bono por el tiempo laborado antes del 1 de abril de 1994 y CAXDAC por el tiempo cotizado / BONOS PENSIONALES, TÍTULOS PENSIONALES – Diferencia |
INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 26 de la Ley 10 de 1990 / EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO – Clasificación de los empleos - Por regla general, sus servidores son empleados públicos - Excepciones / EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - La ausencia de prueba que acredite que sus servidores son trabajadores oficiales, irremediablemente permite catalogarlos como empleados públicos / TRABAJADORES OFICIALES – Las actividades de servicios médicos y paramédicos no encuadran en la noción de servicios generales / TRABAJADORES OFICIALES - Actividades que corresponden al mantenimiento de la planta física de los hospitales / SERVICIOS GENERALES - Concepto - Actividades comunes a todas las entidades | |||
37261 | 29/06/11 | CAMILO TARQUINO GALLEGO | ANÁLISIS DE PRUEBAS, TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUSTA CAUSA – Error de hecho en la valoración de la justa causa invocada por el empleador para terminar la relación laboral – Por violación de las prohibiciones establecidas en los estatutos de la Sociedad Colombiana de Servicios Portuarios – Serviport S.A. "celebrar contratos con personas ligadas a los administradores con parentesco…"/ AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – El empleador no puede justificar la falta de afiliación en la eventual manifestación del trabajador de marginarse de los riesgos o contingencias que asume el sistema / AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – Tratándose de afiliaciones forzosas, ninguna discrecionalidad existe para que el empleador no afilie a sus trabajadores, así medie manifestación del asalariado de marginarse del sistema / PENSIÓN SANCIÓN – Requisitos según el artículo 133 de la Ley 100 de 1993 |
ANÁLISIS DE PRUEBAS - Ausencia de cotizaciones a la Caja de Previsión del Distrito por parte de la Caja de Vivienda Popular / NATURALEZA JURÍDICA DE LA CAJA DE VIVIENDA POPULAR – Establecimiento Público - Clasificación de los trabajadores / ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS - Sus servidores, por regla general, ostentan la calidad de empleados públicos - Excepción / TRABAJADORES OFICIALES - El desempeño como "auxiliar de almacén" no tiene relación con el sostenimiento y mantenimiento de obra pública / TRABAJADORES OFICIALES - La afiliación a una organización sindical, la vinculación mediante contrato de trabajo y ser beneficiario de la convención, per se, no significa que el servidor ostente la calidad de trabajador oficial, pues es la ley la que determina la naturaleza del vínculo / EMPLEADOS PÚBLICOS - No son acreedores de beneficios convencionales / PENSIÓN SANCIÓN - No es aplicable a los empleados públicos | |||
RECURSO DE CASACIÓN – Los temas que requieren razonamientos jurídicos son ajenos a la vía indirecta / REINTEGRO – Improcedencia por disolución y liquidación de la entidad, así la demanda haya sido presentada antes de que surgiera la liquidación forzosa de la entidad - Banco del Estado S.A. / PRUEBAS – Tratándose de hechos sobrevinientes, luego de presentada la demanda, es posible tener en cuenta los documentos allegados con posterioridad a la presentación de ésta / REINTEGRO, FUERO CIRCUNSTANCIAL – Improcedencia por disolución y liquidación de la entidad, así el trabajador gozara de protección laboral reforzada / REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA – Una vez extinguida jurídicamente la entidad, la protección reforzada de la que gozan los trabajadores no encuentra fundamento para ser aplicada | |||
40570 | 12/07/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | INTERESES MORATORIOS; PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ DE TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO – No proceden si cuando se hizo la reclamación de la pensión no se reunían requisitos, máxime cuando después de haberlos cumplido no se hizo solicitud alguna para su reconocimiento |
RECURSO DE CASACIÓN, ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN - Es necesario indicar si es la totalidad o una parte de la sentencia acusada la que debe anularse y qué debe hacerse en sede de instancia con el fallo de primer grado / RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA - Es necesario acusar la norma de derecho sustancial de alcance nacional que contenga el derecho reclamado / RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA - Es necesario señalar por lo menos una disposición sustantiva que constituya la base esencial del fallo o que haya debido serlo / RECURSO DE CASACIÓN, ERROR DE HECHO - El recurrente debe hacer ver la contradicción entre el defecto valorativo de la prueba y la realidad procesal / CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL - No requiere de citación previa a las partes, como quiera que a ella se acude de manera voluntaria, pues basta la comparecencia de las partes y la libertad de apremios / CONCILIACIÓN - La ausencia de la antefirma del inspector de trabajo no es trascendente, si la calidad de funcionario público queda debidamente establecida en el encabezamiento del acta / CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL - Formalidades que deben acompañar las actas de las conciliaciones promovidas por las partes / RECURSO DE CASACIÓN - Técnica - Diferencia entre vía directa y vía indirecta / RECURSO DE CASACIÓN – Técnica – Las vías directa e indirecta son excluyentes / RECURSO DE CASACIÓN - Las normas convencionales no son normas sustanciales de alcance nacional, razón por la cual su quebranto no puede acusarse por vía directa | |||
49792 | 26/07/11 | LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS | TRANSACCIÓN – Procede en el trámite del recurso de casación / TRANSACCIÓN – Concepto – Puede llevarse a cabo en cualquier estado del proceso, incluso, con posterioridad al agotamiento de las instancias, con el fin de "transigir diferencias que surjan con ocasión del cumplimiento de la sentencia" / COMPETENCIA FUNCIONAL – No puede afectar en modo alguno la posibilidad de que las partes puedan transigir la litis en curso de las impugnaciones, ni impide la facultad de los jueces para decidir las peticiones derivadas de lo transigido / TRANSACCIÓN – Efectos / DESISTIMIENTO, TRANSACCIÓN – Conceptos que en sede de casación no se pueden separar – Efectos – No siempre el desistimiento de recurso y la transacción deben verse como figuras dependientes, es necesario analizar cada caso / TRANSACCIÓN – Acuerdo entre las partes cuyo objeto del proceso fue la indexación de la primera mesada pensional y el pago del retroactivo |
RECURSO DE CASACIÓN - Las nulidades procesales no son causal de casación en materia laboral / NULIDADES - En materia laboral deber ser alegadas antes de proferir el fallo o durante la actuación posterior a éste, si el defecto se presentó en ese momento / NULIDAD POR FALTA DE COMPETENCIA - Por sustentación extemporánea del recurso de apelación - Término para interponerla - Es necesario interponer el recurso de reposición contra el auto que admitió el recurso de apelación / RECURSO DE APELACIÓN - Termino para sustentarlo / APORTES PARA PENSIÓN – Validez de las cotizaciones de los trabajadores independientes que no realizaron aportes para salud – No son ineficaces / INGRESO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES - Validez de los incrementos del IBC en pensiones, así no se haya cotizado en salud / APORTES PARA PENSIÓN, INGRESO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES – Correlación entre el IBC y los ingresos percibidos - Antes de la Ley 797 de 2003, por ser afilados voluntarios al sistema general de pensiones, existía libertad para cotizar para los riesgos de IVM con independencia de los ingresos que percibieran, con el único límite de que el ingreso no fuera inferior al salario mínimo ni superior a 20 / APLICACIÓN DE LA LEY – Vigencia de la Ley 797 de 2003 / APORTES PARA PENSIÓN – Incrementos desproporcionados – Cotizar con una base salarial alta durante casi 5 años no constituye un cambio brusco en las cotizaciones / APORTES PARA PENSIÓN – Incrementos desproporcionados – La entidad administradora debe exigir explicaciones sobre los cambios bruscos en las cotizaciones en su momento y no después de transcurridos varios años después de haberlas aceptado sin reparo / PENSIÓN DE VEJEZ – Reliquidación por cotizaciones realizadas con una tasa salarial alta durante casi 5 años como trabajador independiente, las cuales no constituyen incrementos desproporcionados | |||
41048 | 02/08/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES - De la nulidad del acta de conciliación entre trabajador y empleador, para efectos de la terminación del contrato de trabajo / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES - No es procedente acudir al Código Civil – No es viable su aplicación analógica / PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES LABORALES – De la conciliación de trabajadores oficiales / APLICACIÓN DE LA LEY – Del C. S. T. a los trabajadores oficiales – Los servidores públicos están excluidos de la aplicación de la parte individual del C. S. T., mas no de la parte colectiva / APLICACIÓN DE LA LEY – Del artículo 151 del C. P. T. S. S. a los trabajadores oficiales - Las disposiciones instrumentales o adjetivas aplican para todo aquel que acuda ante la jurisdicción / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD – Aplicación - No procede para efectos de definir la prescripción conforme las normas del C. C. |
36745 | 02/08/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | COMPLEMENTACIÓN DE LA SENTENCIA – Procedencia / SENTENCIA, REINTEGRO – Es necesario señalar en la parte resolutiva de la providencia que la relación laboral se tiene sin solución de continuidad / INDEXACIÓN DE LAS OBLIGACIONES LABORALES – Su procedencia se fundamenta en el artículo 8 de la Ley 153 de 1887 y en el artículo 19 del CST / INDEXACIÓN DE SALARIOS Y PRESTACIONES – Procede respecto de las acreencias laborales dejadas de percibir, cuyo pago es consecuencia del reintegro / INDEXACIÓN DE SALARIOS Y PRESTACIONES – Fórmula / RECURSO DE CASACIÓN, CONDENA EN COSTAS – No proceden cuando el recurso prospera |
39954 | 09/08/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA | ERROR DE DERECHO – Concepto / RECURSO DE CASACIÓN – La simple discordancia entre la modalidad de casación invocada en la demanda de casación y lo esgrimido palmariamente en el capítulo "DEMOSTRACIÓN DEL CARGO", por tratarse de un "lapsus calami", no da al traste con la acusación / ERROR DE DERECHO – Prueba del matrimonio / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, MATRIMONIO, CONVIVENCIA – La sola afirmación de que el causante había contraído nupcias con personal distinta a la demandante, no acredita de manera idónea el estado civil de matrimonio de los mismos, ni deja fuera de debate el estudio del tema, máxime cuando la controversia gira en torno al derecho a la pensión por parte de la compañera permanente dada la separación de aquellos / MATRIMONIO – Posesión notoria del estado de matrimonio – Forma de probarla / PRUEBA DEL MATRIMONIO – Reseña histórica acerca de la forma de probar el vínculo matrimonial – Pruebas principales y supletorias – Cuando la ley habla de pruebas supletorias, no lo hace para autorizarlas en concurrencia con las principales o a elección del interesado / PRUEBA DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS – Pruebas principales y supletorias / PRINCIPIO DE LA CARGA DE LA PRUEBA, PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA – Al compañero (a) permanente del pensionado causante no le corresponde demostrar que el cónyuge sobreviviente perdió el derecho a la prestación -sustitución pensional-/ PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, SUSTITUCIÓN PENSIONAL – Pensionado fallecido en vigencia de la Ley 12 de 1975 – Sustitución a la compañera permanente - La cónyuge sobreviviente no acreditó en debida forma la existencia del vínculo matrimonial, ni la convivencia para el momento del deceso / PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES LABORALES – De los incrementos pensionales - Reajustes por salud |
RECURSO DE CASACIÓN - Alcance de la impugnación / RECURSO DE CASACIÓN – Se deben atacar todas las pruebas en que se soporta el fallo, así no sean calificadas / SOLIDARIDAD - Mientras no se imponga condena a cargo del empleador obligado, no es dable hablar de responsabilidad solidaria de los subcontratistas o contratistas y del beneficiario del trabajo o dueño de la obra / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO DE TRABAJO, EXTREMOS TEMPORALES – Ausencia de prueba que acredite el extremo inicial de la relación laboral alegado por la parte actora / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONTRATO DE TRABAJO, EXTREMOS TEMPORALES – Determinación del extremo inicial de la relación laboral a través de prueba indiciaria / PRUEBAS, INDICIO – Concepto / RECURSO DE CASACIÓN, INDICIO – No es prueba calificada / RECURSO DE CASACIÓN - Necesidad de atacar y desvirtuar todos los argumentos esenciales del fallo | |||
38578 | 09/08/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO – Facultad para terminar el contrato unilateralmente mediante aviso dado con antelación no inferior al período de pago del salario - Interpretación y alcance de la cláusula cuarta del contrato de trabajo suscrito con Transmilenio S.A. / INEXEQUIBILIDAD DE LA LEY – Inexequibilidad parcial del artículo 2 de la Ley 64 de 1946 / CLÁUSULAS INEFICACES, CLÁUSULA DE RESERVA – Si el fundamento para el pacto de la cláusula de reserva en el contrato condujo a inexequibilidad de una norma que la consagraba, se torna ineficaz, razón por la cual su no apreciación por parte del juez no puede conducir a violación alguna de la ley / RECURSO DE CASACIÓN, ERROR DE HECHO – Es necesario indicar a que conclusión habría llegado el ad quem si hubiese tenido en cuenta las pruebas que considera no valoradas / RECURSO DE CASACIÓN – Técnica / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO DE LOS TRABAJADORES OFICIALES, CLAUSULA DE RESERVA, PLAZO PRESUNTIVO – No es posible su terminación en cualquier momento mediante el preaviso – La decisión de dar por terminado el contrato debe hacerse antes del vencimiento del plazo pactado / CONTRATO DE TRABAJO – Término de duración – La firma del contrato no implica necesariamente que su duración sea a término indefinido |
37272 | 09/08/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | RECURSO DE CASACIÓN - No es una tercera instancia - Corresponde al recurrente derruir la presunción de legalidad y acierto / RECURSO DE CASACIÓN - La técnica busca facilitar en el mayor grado, el examen de legalidad de la sentencia combatida / RECURSO DE CASACIÓN –Técnica - Necesidad de identificar los pilares de la sentencia acusada, determinar si son fácticos o jurídicos y establecer con precisión la seda de ataque -directa o indirecta- / RECURSO DE CASACIÓN – Necesidad de atacar los verdaderos argumentos de la sentencia acusada |
37336 | 09/08/11 | GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA | RECURSO DE CASACIÓN PER SALTUM – Procede cuando las partes de común acuerdo deciden obviar la segunda instancia, pero únicamente para discernir asuntos jurídicos por la senda directa o de puro derecho / RECURSO DE CASACIÓN, ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN – No es procedente casar las sentencias dictadas de ambas instancias / RECURSO DE CASACIÓN – Técnica – Vía directa / RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA – Las sentencias no son normas de derecho sustancial / RECURSO DE CASACIÓN - Necesidad de atacar y desvirtuar todos los argumentos esenciales del fallo / RECURSO DE CASACIÓN – La técnica busca facilitar en el mayor grado, el examen de legalidad de la sentencia combatida / RECURSO DE CASACIÓN - No es una tercera instancia - Corresponde al recurrente derruir la presunción de legalidad y acierto / RECURSO DE CASACIÓN – Necesidad de identificar los pilares de la sentencia acusada, determinar si son fácticos o jurídicos y establecer con precisión la seda de ataque -directa o indirecta- / RECURSO DE CASACIÓN – Necesidad de atacar los verdaderos argumentos de la sentencia acusada / RECURSO DE CASACIÓN, VIOLACIÓN DE MEDIO – Concepto – Se refiere a las hipótesis en que la transgresión de leyes que no tienen alcance nacional, o de las normas procesales, o de los textos legales sustanciales de naturaleza distinta a la laboral y a la seguridad social, conduce a la violación de los preceptos sustanciales del trabajo y de la seguridad social |
35938 | 17/08/11 | LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS | CULPA PATRONAL, SOLIDARIDAD – Diferencia / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del artículo 34 del C. S. T. / SOLIDARIDAD, CONTRATISTA INDEPENDIENTE – Responsabilidad del beneficiario o dueño de la obra respecto de la indemnización total y ordinaria de perjuicios causada por la muerte del trabajador, con ocasión de accidente de trabajo por culpa patronal / SOLIDARIDAD – Concepto – Naturaleza / CULPA PATRONAL – Concepto / PRINCIPIO DE CONSONANCIA – El ad quem debe limitar su estudio a las inconformidades señaladas en el recurso de apelación / RECURSO DE CASACIÓN, PRINCIPIO DE CONSONANCIA – La Corte no puede pronunciarse respecto de temas que no fueron objeto de inconformidad en el recurso de apelación / SOLIDARIDAD, CULPA PATRONAL – Para efectos de la solidaridad en relación con indemnización total y ordinaria de perjuicios, la conducta que debe analizarse y acreditarse en el proceso es la del verdadero empleador –contratista independiente- y no la del beneficiario o dueño de la obra / SOLIDADRIDAD – La responsabilidad solidaria no fluye del convenio suscrito entre el contratista independiente y beneficiario de la obra, su fuente es la ley – Cumplido el supuesto fáctico del artículo 34 del C. S. T., ipso jure nace la solidaridad / SOLIDARIDAD, CLÁUSULAS INEFICACEZ – Ineficacia de las estipulaciones que eximen de responsabilidad al beneficiario o dueño de la obra, pactadas en contratos civiles o comerciales – La fuente de la solidaridad es la ley y no lo pactado entre las partes / ANÁLISIS DE PRUEBAS, CULPA PATRONAL – Por no suministro de los elementos necesarios para prevenir el accidente de trabajo ocurrido por contacto con energía eléctrica / ACTO INSEGURO – Concepto / CULPA PATRONAL, ACTO INSEGURO DEL TRABAJADOR – No exime al empleador de responsabilidad |
36403 | 17/08/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 712 de 2001 / SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL – Las entidades aseguradoras, en sentido amplio, hacen parte de las entidades de seguridad social / COMPETENCIA, SEGUROS PREVISIONALES – Corresponde a la jurisdicción laboral conocer de las controversias acerca de la obligación de las entidades aseguradoras de completar el capital necesario para financiar las pensiones de invalidez o de sobrevivientes en el régimen de ahorro individual con solidaridad / ENTIDADES DE SEGURIDAD SOCIAL – Las aseguradoras que gestionan seguros pensionales y los seguros previsionales de invalidez y supervivencia ostentan tal calidad / SEGUROS PREVISIONALES – Régimen aplicable - Tienen un carácter reglamentario especial - No son un seguro propiamente comercial / SEGUROS PREVISIONALES – Características - Naturaleza / COMPETENCIA – El juez del trabajo es el competente para conocer de las controversias que se susciten entre los afiliados y los entes de seguridad social, entre ellos, las compañías aseguradoras |
41782 | 30/08/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | RECURSO DE CASACIÓN, HECHO NUEVO - Por plantear temas no debatidos en las instancias – Ausencia de depósito de la convención colectiva / CONVENCIÓN COLECTIVA – Prueba – El depósito de la convención no puede exigirse cuando no existe controversia acerca de la naturaleza prestación – El derecho ha sido reconocido / RECURSO DE CASACIÓN - Necesidad de atacar y desvirtuar todos los argumentos esenciales del fallo - Las acusaciones parciales no son suficientes / INDEMNIZACIÓN MORATORIA – Por no pago de tiempos suplementarios y la condigna reliquidación prestacional y pensional, vencido el plazo de 90 días que tiene el empleador oficial para su reconocimiento y pago / INDEMNIZACIÓN MORATORIA – Presunción de mala fe del empleador estatal moroso en el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, finalizado el plazo legal de gracia de 90 días / INDEMNIZACIÓN MORATORIA – El concepto de mala fe no se restringe a la presencia dedolo, sino que incluye también factores como el desencuadernamiento administrativo, la apatía, la dejadez, la negligencia y el desinterés del empleador en el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones |
41852 | 30/08/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | INDEXACIÓN DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL – En pensión de vejez reconocida conforme al artículo 20 del Acuerdo 049 de 1990 |
40283 | 30/08/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUSTA CAUSA, FUERO DE MATERNIDAD – Diferencia entre la terminación por causa justa de la mujer en estado de gravidez y la presunción del despido por embarazo / FUERO DE MATERNIDAD – Terminación de la relación laboral con ignorancia del hecho presumido - Es necesario el conocimiento del empleador del estado de gravidez de la trabajadora antes de la finalización de la relación laboral / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO, FUERO DE MATERNIDAD – Si el empleador no conocía el estado de gravidez de la trabajadora, no había surgido a favor de ésta la protección del fuero materno / FUERO DE MATERNIADAD – La protección a la maternidad, a menos que se trate de un hecho notorio, inicia desde la noticia del estado de gravidez hasta los tres (3) meses posteriores al parto – Mientras el empleador no se encuentre enterado del estado de embarazo de la trabajadora, no es factible presumir que la decisión de terminación de la relación de trabajo obedeció al embarazo / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO, FUERO DE MATERNIDAD – Efectos de informar del estado de embarazo con posterioridad a la comunicación de la decisión de dar por terminado el contrato de trabajo / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUSTA CAUSA – Si se invoca una justa causa prevista convencionalmente, es necesario allegar la convención / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO – Por no acreditaron las justas causas invocadas para poner fin a la relación laboral – No se allegó la convención que consagra la justa causa, ni se acreditó el agotamiento del trámite previsto cuando se aduce deficiente rendimiento del trabajador / TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUSTA CAUSA – Por deficiente rendimiento del trabajador – Es necesario agotar el trámite establecido en el artículo 2 del Decreto 1373 de 1966 / INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO – Liquidación |
40942 | 06/09/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Pago – Validez y efectos liberatorios del pago de la totalidad de la mesada realizado a los hijos menores del causante, así posteriormente se hubiere extendido la prestación a la madre de éstos en calidad de compañera permanente / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, CONVIVENCIA - El causahabiente -cónyuge o compañero(a) permanente del afiliado o pensionado- debe demostrarla / RECURSO DE CASACIÓN – La prosperidad del recurso, no implica, indefectiblemente, que la Corte acceda a las pretensiones o finalidades del mismo / NULIDADES – Cuando la Corte funge como juez de instancia puede declararlas, ora de oficio, ora a petición de parte / LITISCONSORCIO NECESARIO EN PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Si la prestación se reconoció en un 100% a los hijos menores del causante y la madre, siendo su representante legal, y en su condición de compañera permanente o cónyuge del afiliado fallecido, reclama el 50% de la prestación por haber convivido con éste durante el tiempo necesario para ser beneficiaria de la misma, debe convocar al proceso a los hijos menores, previa solicitud ante el juez de familia, para que designe quien puede fungir como representante legal de éstos, como quiera que ella, al ostentar la calidad de demandante, no puede ejercitar, al unísono, su carácter de representante legal de los menores –demandados- / NULIDAD POR NO INTEGRAR EL CONTRADICTORIO CON MENOR DE EDAD / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS - El hecho de que la madre de los menores, por su calidad de representante, perciba los dineros de la prestación, no la convierte de beneficiaria de la misma / LITISCONSORCIO NECESARIO – Integración en pensión de sobrevivientes con menor de edad a quien se la había reconocido el 100% de la prestación |
41968 | 13/09/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – Normatividad aplicable para definir el beneficio cuando se trata de hijos incapacitados para trabajar por razón de sus estudios – La regulación del beneficio y su extensión se rigen por los preceptos que se aplican a la prestación / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, SUSTITUCIÓN PENSIONAL, SUSTITUCIÓN A LOS HIJOS MENORES INCAPACITADOS PARA TRABAJAR EN RAZÓN A SUS ESTUDIOS – El derecho se dirime conforme a la normatividad vigente al momento de la muerte del pensionado – Si el deceso ocurrió antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, el beneficio no puede extenderse hasta los 25 años de edad / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA – No procede para la aplicación parcial de una norma posterior y distinta a la que regula la pensión de sobrevivientes de los hijos incapacitados para trabajar por razón de sus estudios / PRINCIPIO DE INESCINDIBILIDAD – La norma debe ser aplicada en su integridad, sin que le sea permitido al beneficiario o al operador jurídico acudir a varias legislaciones y tomar de cada una lo que le sea más favorable / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES, BENEFICIARIOS – El derecho no puede ser analizado bajo la óptica de uno sólo de los beneficiarios |
41573 | 27/09/11 | CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE | PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - No procede su aplicación en pensión de sobrevivientes si el deceso ocurrió en vigencia de la Ley 797 de 2003 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - No procede su reconocimiento con fundamento en la Ley 71 de 1988 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Requisitos - Deceso de afiliado en vigencia de la Ley 797 de 2003 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – Requisitos según el parágrafo 1° del artículo 12 de la ley 797 de 2003 – Causante que dejó cotizado el número de semanas exigido para la pensión de jubilación por aportes / RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA - Es administrado por el ISS, las cajas, fondos o entidades de seguridad social, el sector público o privado, existentes a 31 de marzo de 1994 / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Causante beneficiario del régimen de transición afiliado al régimen contemplado en la Ley 71 de 1988 -Pensión de jubilación por aportes- / APORTES PARA PENSIÓN - Suma de cotizaciones realizadas al ISS y a Cajas de Previsión para la pensión de sobrevivientes prevista en el parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 / PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD - En pensión de sobrevivientes ante la concurrencia de regímenes pensionales / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Monto según el parágrafo primero del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 - Tasa de reemplazo / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 797 de 2003 |
43732 | 19/10/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | PRUEBAS – No es deber legal del fallador valorar pruebas aportadas por fuera de los términos y pautas legales – No se pueden tener en cuenta pruebas no solicitadas, decretadas ni practicadas en primera instancia / PRUEBAS – Requisitos para su práctica en segunda instancia |
41672 | 19/10/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | RECURSO DE CASACIÓN, PROPOSICIÓN JURÍDICA – Cuando de denuncia la violación de medio de normas adjetivas, es necesario citar al menos una norma de derecho sustancial que contenga el derecho pretendido o que haya sido base del derecho reclamado / RECURSO DE APELACIÓN – El escrito de impugnación debe ser analizado en su conjunto y no sustrayendo frases aisladas / PENSIÓN DE VEJEZ, SERVICIO MILITAR, APORTES PARA PENSIÓN – Para obtener la prestación conforme a los reglamentos del ISS sólo se pueden contabilizar semanas cotizadas a esa entidad – El servicio prestado como soltado no puede considerarse / PENSIÓN DE VEJEZ, APORTES PARA PENSIÓN – La suma de tiempos señalada en el parágrafo del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, aplica para la pensión de vejez regida en su integridad por dicha ley, y no la de los regímenes anteriores cuya aplicación es posible en virtud al régimen de transición / PENSIÓN DE VEJEZ – Requisitos según el Acuerdo 049 de 1990 / PENSIÓN DE VEJEZ, SERVICIO MILITAR – El tiempo del servicio obligatorio se adiciona, en el sector público, cuando el interesado ha estado vinculado a entidades oficiales y aplica sólo para la pensión de jubilación directa a cargo del Estado – No puede ser tenido en cuenta cuando se trata del régimen del ISS o de la pensión por aportes / INTERPRETACIÓN DE LA LEY – Del literal a) del artículo 40 de la Ley 48 de 1993 / PENSIÓN DE VEJEZ, SERVICIO MILITAR – Suma de tiempos servidos al sector público, con cotizaciones al ISS, Cajas, fondos o entidades de seguridad social del sector público o privado según la Ley 100 de 1993 - El tiempo del servicio obligatorio puede ser computado en cualquiera de los dos regímenes previstos en la citada ley, siendo necesario el traslado de recursos, mediante la expedición de un bono o título pensional |
38595 | 19/10/11 | ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN | ANÁLISIS DE PRUEBAS, CONVIVENCIA - Restablecimiento de la convivencia después de la separación de hecho de los esposos / SEGUROS PREVISIONALES, PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Si para la fecha del fallecimiento del pensionado no existía póliza vigente, no corresponde a la entidad aseguradora sufragar el monto adicional requerido para el pago de la prestación / SEGUROS PREVISIONALES - Para poder reclamar las obligaciones que del contrato se derivan, deben demostrarse entre otros hechos, la existencia del contrato, su término de vigencia y que el siniestro que ampara se haya presentado durante el período de cubrimiento de la póliza |
50780 | 08/11/11 | JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ | NULIDAD POR FALTA DE COMPETENCIA – Término para interponerla por hechos ocurridos antes y después de las sentencias de instancia – Falta de poder para interponer el recurso de casación / NULIDAD POR FALTA DE COMPETENCIA – Puede ser declarada de oficio / REPRESENTACIÓN JUDICIAL – Terminación del poder – Ocurre con la presentación el escrito que revoque el poder o designe un nuevo apoderado o sustituto / NULIDAD POR INDEBIDA REPRESENTACIÓN – Carencia de poder para interponer el recurso de casación – La actuación en segunda instancia no convalida la representación para iniciar el trámite en sede de casación / NULIDAD POR FALTA DE COMPETENCIA - En el trámite del recurso de casación – Carencia de poder para interponer el recurso |
43306 | 29/11/11 | FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ | PRUEBAS – Los documentos o sus reproducciones simples presentados por las partes se reputan auténticos / ANÁLISIS DE PRUEBAS, SALARIO – No hay desmejora salarial si las partes acuerdan la reducción de la jornada de trabajo / SALARIO – El salario inicialmente convenido puede rebajarse, siempre y cuando medie acuerdo entre las partes / RECURSO DE CASACIÓN, ERROR DE HECHO - Se debe demostrar respecto de cada prueba, qué es lo que acredita, el yerro en su apreciación y su incidencia en la decisión / LIBRE FORMACIÓN DEL CONVENCIMIENTO – Mientras las inferencias del juzgador sean lógicas, razonadas y aceptables quedan abrigadas de la presunción de legalidad y acierto / RECURSO DE CASACIÓN - Necesidad de atacar y desvirtuar todos los argumentos esenciales del fallo / RECURSO DE CASACIÓN – Técnica – Vía directa / RECURSO DE CASACIÓN – Si se mezclan ambas vías, la acusación termina convirtiéndose en un alegato de instancia / RECURSO DE CASACIÓN - Las modalidades de aplicación indebida e interpretación errónea son excluyentes – No es posible predicar ambas respecto de una misma norma / SALARIO – La remuneración debe estar en correlación con el tiempo efectivamente laborado, siempre y cuando se respete el salario mínimo legal |
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