En cumplimiento de lo establecido por el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011, sobre la obligatoriedad para las entidades públicas de tener a disposición un buzón de correo electrónico exclusivo para recibir notificaciones Judiciales, y del artículo 612 de la Ley 1564 de 2012, que modifica el artículo 199 de la citada Ley 1437, que determina que en los procesos que se tramiten ante cualquier jurisdicción en donde se demanda una entidad pública.
(CIRCULAR INFORMATIVA DEAJC20-46)
De igual modo, tratándose de procesos cuya competencia en primera instancia sea de autoridades o procuradurías judiciales de Bogotá, Cundinamarca y Amazonas o cuya competencia en primera o única instancia radique en el Consejo de Estado, el correo electrónico de notificaciones judiciales es el siguiente:
Correo de notificaciones Dirección Ejecutiva de Administración Judicial DEAJ: deajnotif@deaj.ramajudicial.gov.co