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Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
JUZGADO 78 CIVIL MUNICIPAL TRANSFORMADO TRASITORIAMENTE EN JUZGADO 60 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ D. C.
Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
Tener empatía con nuestros usuarios es saber escucharlos. Por eso, ponemos a tu disposición la atención virtual por video-llamada a través de Microsoft Teams. Sin perjuicio de la atención por correo institucional, un funcionario judicial te atenderá a partir del 19 de abril de 2021 de lunes a viernes entre 8:00 am y 10:00 am. Adelante, ¡te escuchamos!
JUZGADO 78 CIVIL MUNICIPAL TRANSFORMADO TRASITORIAMENTE EN JUZGADO 60 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ D. C.
Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
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EE-077 | 22-06-2021 | Estado Electrónico EE-077 |
Providencias Estado Electrónico PEE-077 |
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Se le informa a las partes y apoderados que atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, en caso de requerir el auto que ordena medidas cautelares, el mismo deberá ser solicitado por medio del correo institucional cmpl78bt@cendoj.ramajudical.gov.co.
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Estado Electrónico EE-091 |
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Estado Electrónico EE-135 |
Estado Electrónico EE-139 |
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Estado Electrónico EE-149 |
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