Señor usuario:

La información de las actuaciones correspondientes a los procesos radicados en el año 2023 será registrada en el sistema de información Siglo XXI, la cual podrá ser consultada a través de la página web de la Rama Judicial, siguiendo este enlace.

La información de los procesos radicados con anterioridad al año 2023 continuará registrándose en el sistema TYBA.

 

La notificación por ESTADO de TODAS LAS PROVIDENCIAS continuará realizándose en este micrositio. 

 

REP�BLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER P�BLICO

JUZGADO VEINTISIETE DE FAMILIA

 

 

 

 

Estado N. 013

 

FECHA DE ESTADO: 31 enero 2023

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

SUCESION DOBLE  E INTESTADA

1100131-10-027-2021-00456-00

Antonio Carvajal Vélez

30 DE ENERO DE  2023

Se aprueba Trabajo de partición
Se inscribe la decisión ente autoridades
Se fija honorarios al partidor

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO

1100131-10-027-2022-00345-00

Nohra Eneyda Valencia Jaramillo

30 DE ENERO DE  2023

Se agrega documental remitida y se ordena acreditar la vinculación del demandado, se concede término so pena de decretar desistimiento.

Auto

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00367-00

Keila Alejandra Martínez

 

27 DE ENERO DE  2023

Se requiere a la demandante para que notifique al demandado

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00369-00

Fredy Adolfo Gutierrez

27 DE ENERO DE  2023

No se propuso excepciones
Secretaria emplace a los acreedores de la sociedad conyugal

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00390-00

Flor Elena Junca

27 DE ENERO DE  2023

Se requiere a la demandante para que notifique al señor Carlos Julio Rodríguez

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00511-00

Fabio Enrique Sanchez

27 DE ENERO DE  2023

Se requiere ala demandante para que notifique a la demandada

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2022-00547-00

Carlos Arley Alba

30 DE ENERO DE  2023

Secretaria cumpla lo dispuesto en le numeral segundo de la decisión del  12  de diciembre de  2022

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00686-00

Yorlen Emilce Velasco callejas

30 DE ENRO DE  2023

Resuelve recurso de reposición

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00686-00

Yorlen Emilce Velasco callejas

30 DE ENERO DE  2023

Medidas cautelares

Reservado

OTROS ASUNTOS POR DETERMINAR

1100131-10-027-2022-00773-00

Maria Paula Castañeda

30 DE ENERO DE  2023

Rechaza demanda

Auto

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00776-00

Nubia Yasmín Buitrago

30 DE ENERO DE  2023

Rechaza demanda

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2022-00790-00

Vivian Alexandra Chapetón

30 DE ENERO DE  2023

 

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2022-00804-00

Mónica Alvarado Forero

30 DE ENERO DE  2023

 

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00802-00

Ricardo Peñaloza Lugo

 

30 DE ENERO DE  2023

Rechaza demanda

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00001-00

María Ofelia Mateus

30 DE ENERO DE  2023

 

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00020-00

Jhoana Torres Barbosa

30 DE ENERO DE  2023

 

Reservado

 

 

 

Estado N. 012

FECHA DE ESTADO: 30 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000119990137200

27-01-23

Auto decide y designa terna

Auto1

SUCESIÓN TESTADA

11001311000720080123400

27-01-23

Auto decide

Auto1

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120100120900

27-01-23

Auto decide

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120110003500

27-01-23

Auto concede término partidor

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210038900

27-01-23

Auto concede término

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131100272021000070300

27-01-23

1, Auto fija fecha audiencia

2, Auto concede término

3, Auto ordena prestar caución mc

Auto1

Auto2

Auto 3 reservado

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210078300

27-01-23

1, Auto fija fecha objeción partición

2, Auto fija fecha objeción inventarios adicionales

Auto1

Auto2

 

AUTORIZACIÓN PARA LA CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA

11001311002720220039600

27-01-23

Auto decide

Auto1

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220041700

27-01-23

Auto decide

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220047800

27-01-23

Auto decide

Auto1

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220075400

27-01-23

1, Auto admite

2, Auto decreta medidas cautelares

Auto 1

Auto 2 reservado

 

MUERTE PRESUNTA

11001311002720220079900

27-01-23

Auto decide

Auto

DECLARACIÓN JUDICIAL DE INDIGNIDAD SUCESORAL

11001311002720220081200

27-01-23

Auto tiene notificado por conducta concluyente

Auto1

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220081400

27-01-23

1, Auto ordena surtir traslado

2, Auto ordena oficiar

Auto1

Auto2

 

DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO

11001311002720220082500

27-01-23

Auto decide

Auto1

 

IMPUGNACIÓN DE LA MATERNIDAD

11001311002720230000400

27-01-23

Auto admite

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720230000200

27-01-23

Auto concede impugnación

Auto

TUTELA

11001311002720230001800

27-01-23

Fallo

Reservado

 

 

Estado N. 011

FECHA DE ESTADO: 27 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311001920120102100

26-01-23

Auto decide

Auto1

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

11001311002720190080600

26-01-23

Auto concede término

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210072600

26-01-23

Auto ordena surtir traslado

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

11001311002720220020600

26-01-23

Sentencia aprueba trabajo de partición

Auto1

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220048800

26-01-23

Auto concede término

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720220057400

26-01-23

Auto decide

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720200050300

26-01-23

1, Auto ordena surtir traslado

2, Auto ordena remitir

Auto1

Auto 2

 

PETICIÓN DE HERENCIA acumulada con REVINDICATORIO

11001311002720220055600

26-01-23

Auto ordena

Auto reservado

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220081000

26-01-23

Auto rechaza

Auto

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720230001000

26-01-23

Fallo

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120140070100

26-01-23

Auto ordena

Auto1

 

 

Estado N. 010

FECHA DE ESTADO: 26 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120110119300

25-01-23

Auto ordena entrega inmueble

Auto reservado

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120120038400

25-01-23

Auto decide

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210023800

25-01-23

Sentencia – aprueba trabajo de partición

Auto1

 

REMOCIÓN DE GUARDADOR

11001311002720210027100

25-01-23

Auto decide y requiere

Auto1

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720210062300

25-01-23

Auto corrige error mecanográfico

Auto1

 

DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO

11001311002720210062600

25-01-23

Auto decide

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210063600

25-01-23

1, Auto no tiene en cuenta citatorio

2, auto ordena oficiar

Auto1

Auto 2

 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220005200

25-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto 1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL – MUTUO ACUERDO

11001311002720220086400

25-01-23

Sentencia

Con reserva

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720230005100

25-01-23

Auto admite

Auto

 

Estado N. 009

FECHA DE ESTADO: 25 enero 2023

 

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES

11001311002720190053000

24-01-23

Auto decide

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720200031200

24-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

IMPUGNACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720200049000

24-01-23

Auto concede término

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210023100

24-01-23

Auto ordena surtir traslado

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210039500

24-01-23

Auto ordena surtir traslado

Auto1

 

PRIVACIÓN PATRIA POTESTAD

11001311002720210057900

24-01-23

Auto decide

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210073500

24-01-23

Auto concede término

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220061000

24-01-23

1, Auto decreta medidas cautelares

2, Auto decide

Auto 1 reservado

Auto 2

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720220066000

24-01-23

Sentencia – confirma

Auto reservado

 

DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS

PERMANENTES

11001311002720220078200

24-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720220088200

24-01-23

Sentencia – confirma

Auto reservado

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220091000

24-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

CUSTODIA y REGULACIÓN DE VISITAS

11001311002720220090200

24-01-23

Auto inadmite

Auto1

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220090400

24-01-23

Auto inadmite

Auto1

DECLARATORIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

y PETICIÓN DE GANANCIALES

11001311002720210063100

24-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220062500

24-01-23

Auto ordena

Auto

TUTELA

11001311002720230004600

24-01-23

Auto admite

Auto

TUTELA

11001311002720230000200

24-01-23

Fallo

 

 

Estado N. 008

FECHA DE ESTADO: 24 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720120069100

23-01-23

Auto decide

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

11001311002720210028700

23-01-23

Sentencia – aprueba trabajo de partición

Auto1

 

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

11001311002720210040100

23-01-23

Auto ordena surtir traslado

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720210057700

23-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

MEDIDA DE PROTECCION

11001311002720210068700

23-01-23

Confirma

Auto reservado

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220001200

23-01-23

Sentencia – aprueba trabajo de partición

Auto1

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220088600

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220088800

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD acumulada con

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220089000

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220089400

23-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220088400

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

CUSTODIA, ALIMENTOS y REGULACIÓN DE VISITAS

11001311002720220089600

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720220089800

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220090600

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

CUSTODIA y FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220090800

23-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

DIVORCIO y DECLARATORIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210039200

23-01-23

1,Auto tiene notificado por conducta concluyente

2, Auto ordena

Auto1

Auto2

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210050200

23-01-23

Auto designa terna

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210054100

23-01-23

1, Auto decide

2, Auto pone en conocimiento

Auto1

Auto 2

 

 

Autos cumplase

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720210068700

23-01-23

Ordena abono

Auto

TUTELA

11001311002720230004100

23-01-23

Auto admite

Auto

 

Estado N. 007

FECHA DE ESTADO: 23 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

PETICIÓN DE HERENCIA

11001311002720100106500

20-01-23

Auto ordena levantar mc

Auto reservado

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720200045400

20-01-23

Auto designa terna

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720200051300

20-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

11001311002720210016900

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210030600

20-01-23

Auto designa terna

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210070200

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720210075400

20-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220032600

20-01-23

Auto concede término

Auto1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220047300

20-01-23

Auto termina el proceso

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220088700

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220089200

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220089900

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120150023000

20-01-23

1Auto ordena surtir traslado trabajo de partición

2.Se agrega Despacho Comisorio sin diligenciar

Auto1

 

Auto2

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720180053200

20-01-23

1 Auto inadmite aumento cuota alimentaria

2 Auto inadmite ejecutivo de alimentos

Auto1

Auto 2

 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720210006600

20-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

PRIVACIÓN PATRIA POTESTAD

11001311002720220040100

20-01-23

Auto concede término

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720220001000

20-01-23

Auto vincula

Auto

TUTELA

11001311002720230001800

20-01-23

Auto vincula

Auto

 

Estado N. 006

FECHA DE ESTADO: 20 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720190041300

19-01-23

Auto ordena emplazar y oficiar

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720190089500

19-01-23

Auto requiere acreditar partición previa entrega del inmueble

Auto reservado

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220009800

19-01-23

Auto ordena

Auto1

 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220083700

19-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210058200

19-01-23

Auto decide

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210087200

19-01-23

Auto concede término

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220012700

19-01-23

Auto concede término

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220014600

19-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

DIVORCIO MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220044100

19-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220085400

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220086500

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220086700

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220088500

19-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS

11001311002720220088900

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220089100

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

INVESTIGACIÓN e IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720220089300

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220089500

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

EJECUCIÓN DE NULIDAD DE MATRIMONIO CATÓLICO

11001311002720220090100

19-01-23

Sentencia

Auto1

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO CATÓLICO

11001311002720220090700

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

LEVANTAMIENTO DE AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR

11001311002720220084000

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220084200

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220085000

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220087100

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

11001311002720220087300

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220087700

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220087900

19-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720220023000

19-01-23

Auto admite

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210029600

19-01-23

Auto ordena

Auto

 

Estado N. 005

FECHA DE ESTADO: 19 enero 2023

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311000120130141400

18-01-23

Auto decide

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMOIAL DE HECHO

11001311000620140088800

18-01-23

1 Auto ordena surtir traslado

2 No accede a solicitud embargo

Auto1

Auto 2 reservado

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720190047800

18-01-23

Auto designa amparo pobreza

Auto1

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720200046800

18-01-23

Auto inadmite LSC

Auto1

 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720210049800

18-01-23

Auto ordena surtir traslado prueba ADN

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210058900

18-01-23

Auto ordena

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720210074200

18-01-23

Auto ordena

Auto1

 

IMPUGNACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720210083600

18-01-23

Auto ordena surtir traslado prueba ADN

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220025900

18-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220040700

18-01-23

1 Auto decide

2 Auto decide mc

Auto1

Auto 2 reservado

PETICIÓN DE HERENCIA

11001311002720220041100

18-01-23

Decreta medidas cautelares

 Auto reservado

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220042300

18-01-23

1 Auto fija fecha audiencia

2 Auto agrega DC

Auto1

Auto 2

 

AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA PARTICIÓN DE PATRIMONIO EN VIDA

11001311002720220056100

18-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

ADOPCIÓN DE MAYOR DE EDAD

11001311002720220073100

18-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720220077800

18-01-23

Confirma decisión

Auto reservado

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220087200

18-01-23

Auto inadmite

Auto1

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220087600

18-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

TUTELA

11001311002720220088000

18-1-23

Fallo

Reserva

TUTELA

11001311002720230002100

18-1-23

Auto admite

Auto

 

Estado N. 004

FECHA DE ESTADO: 18 enero 2023

 

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720180067300

17-01-23

Auto requiere

Auto1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720190073000

17-01-23

Ordena levantar medidas cautelares

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720210026100

17-01-23

Auto ordena emplazar

Auto1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220017200

17-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220039700

17-01-23

Auto concede término

Auto1

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220049200

17-01-23

Auto ordena

Auto1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220055000

17-01-23

Auto designa curador ad-litem

Auto1

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220057700

17-01-23

Auto tiene notificado por conducta concluyente

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220060800

17-01-23

Resuelve recurso – declara abierto y radicado

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220062400

17-01-23

Auto admite

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220075200

17-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220075700

17-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001311002720220076200

17-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES

11001311002720220084600

17-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

REGULACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220084900

17-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220085200

17-01-23

Auto inadmite

Auto1

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220085300

17-01-23

Auto admite

Auto1

 

CUSTODIA y REGULACIÓN DE VISITAS

11001311002720220085600

17-01-23

Auto inadmite

Auto1

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES

11001311002720220087800

17-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

 

 

Autos cumplase

SEPARACIÓN DE BIENES

11001311002720220023500

17-1-23

Auto ordena surtir traslado

Auto

TUTELA

11001311002720230001800

17-1-23

Auto admite

Auto

 

Estado N. 003

FECHA DE ESTADO: 17 enero 2023

 

 

 

 

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720130091000

16-01-23

Ordena revisión sentencia 

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

11001311002720140067000

16-01-23

Auto concede término

Auto1

 

ADJUDICACIÓN DE APOYO JUDICIAL

11001311002720190027700

16-01-23

Auto concede término

Auto1

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720190077600

16-01-23

Designa curador ad litem

Auto1

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720190085800

16-01-23

Auto decide

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720200010000

16-01-23

Auto ordena

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720200040800

16-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720210023300

16-01-23

Aprueba trabajo de partición

Auto1

 

DECLARATORIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210036500

16-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720210085800

16-01-23

Designa curador ad litem

Auto1

 

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

11001311002720220012100

16-01-23

Auto decide

Auto1

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220035200

16-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

DESIGNACIÓN DE GUARDADOR

11001311002720220038100

16-01-23

Auto fija fecha audiencia

Auto1

 

FILIACIÓN

11001311002720220067500

16-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

11001311002720220068700

16-01-23

  1. Auto declara abierto y radicado

  2. Auto decreta mc

Auto1

Auto 2 reservado

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220073300

16-01-23

  1. Auto admite

  2. Auto decreta mc

Auto1

Auto 2 reservado

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220074800

16-01-23

Auto rechaza

Auto1

 

 

 EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720220084100

16-01-23

  1. Auto admite

Auto decreta mc

Auto1

Auto 2 reservado

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220084400

16-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS

11001311002720220084500

16-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

AUTORIZACIÓN CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

11001311002720220085700

16-01-23

Auto admite y fija fecha

Auto1

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220087000

16-01-23

Auto inadmite

Auto1

 

 

Autos cumplase

Medida de protección

110013110027202200722000

16-1-23

Auto ordena devolver

Auto

Tutela                            

11001311002720220067900

16-1-23

Auto no abre incidente

Auto

Tutela                            

11001311002720170066200

16-1-23

Auto no abre incidete

reserva

 

 

Estado N� 002

FECHA DE ESTADO: 16 de enero de 2023

 

 

 

 

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2009-00942-00

13 enero 2023

Auto decide

Auto1

SUCESIÓN INTESTADA

11001-31-10-001-2009-01230-00

13 enero 2023

1-Auto revoca poder. 2- Auto ordena elaboración Despacho Comisorio

Auto1

Auto 2 - con reserva

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2019-0727-00

13 enero 2023

Auto tiene not por conducta concluyente y ordena oficiar

Auto1

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-202000228-00

13 enero 2023

Auto concede término

Auto1

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001-31-10-027-2020-00549-00

13 enero 2023

Sentencia

Auto  - con reserva

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001-31-10-027-2021-00109-00

13 enero 2023

Sentencia

Auto  - con reserva

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2021-00319-00

13 enero 2023

Aprueba trabajo de partición

Auto1

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-202100448-00

13 enero 2023

Auto decide

Auto1

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO - lsc

1100131-10-027-2022-00283-00

13 enero 2023

Auto rechaza

Auto1

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-023-2022-00370-00

13 enero 2023

Auto fija fecha audiencia

Auto1

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00522-00

13 enero 2023

Auto fija fecha audiencia

Auto1

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2022-00630-00

13 enero 2023

Sentencia

Auto  - con reserva

AUTORIZACIÓN CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2022-00783-00

13 enero 2023

Auto fija fecha audiencia

Auto1

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00830-00

13 enero 2023

1-Auto libra mandamiento de pago

2- Auto medidas cautelares

Auto1

Auto 2 - con reserva

INVESTIGACIÓN de PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00866-00

13 enero 2023

Auto admite

Auto1

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00869-00

13 enero 2023

Auto inadmite

Auto1

 

AUTOS CUMPLASE

Clase de proceso

N� de proceso

Fecha de la providencia

Decisi�n

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720220037400

13 enero 2023

1- Ordena devolución del expediente

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

11001311002720220063000

13 enero 2023

Ordena compensar

Auto

 

 

Estado N� 001

FECHA DE ESTADO: 13 DE ENERO DE 2023

 

 

 

Clase de proceso N� de proceso Fecha de la providencia Decisi�n

Auto

SUCESIÓN INTESTADA 11001311002720170061000 12 enero 2023 Ordena cumplir orden de superior, releva Partidor Auto
DIVORCIO CONTENCIOSO 11001311002720210081400 12 enero 2023 Fija fecha audiencia, decreta pruebas Auto
ALIMENTOS-EJECUTIVO 11001311002720220006400 12 enero 2023 Requiere DT Auto
CESACION DE EFECTOS CIVILES CONTENCIOSO 11001311002720220022000 12 enero 2023 1- Demandado notificado personalmente, reconoce apoderado - 2 Admite demanad de reconvención

Auto

Auto

DIVORCIO CONTENCIOSO 11001311002720220034900 12 enero 2023 2 - MC Reservada
DIVORCIO CONTENCIOSO 11001311002720220040200 12 enero 2023 1- Ordena correr traslado excepciones - 2- rechaza demanda de reconvención

Auto

Auto

 

 

MEDIDA DE PROTECCION 11001311002720220042500 12 enero 2023 2 - Convierte arresto Reservada
IMPUGNACION DE MATERNIDAD 11001311002720220043700 12 enero 2023 Orden surtir traslado resultado ADN Auto
NULIDAD MATRIMONIO RELIGIOSO 11001311002720220053000 12 enero 2023 Ordena ejecutar CECMR Auto
IMPUGNACIÓN DE LA PATERNIDAD 11001311002720220055200 12 enero 2023 Se tiene a demandado en investigacion de paternidad notificado personalmente, ordena notificar a demandado en impi¿ugnación Auto
SUCESION INTESTADA 11001311002720220070400 12 enero 2023 Rechaza demanda Auto
SUCESION INTESTADA 11001311002720220075600 12 enero 2023 Rechaza demanda Auto
PETICIÓN DE HERENCIA 11001311002720220080500 12 enero 2023 Rechaza demanda Auto
SUCESION INTESTADA 11001311002720220080600 12 enero 2023 Rechaza demanda Auto
EJECUTIVO DE ALIMENTOS 11001311002720220080900 12 enero 2023 Inadmite Auto
EJECUTIVO DE ALIMENTOS 11001311002720220082000 12 enero 2023 1- Libra mandamiento de pago - 2 MC

Auto

Reservada

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA 11001311002720220082000 12 enero 2023 Inadmite Auto
DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL 11001311002720220084300 12 enero 2023 Admite Auto
INVESTIGACVIÓN DE PATERNIDAD - Mayor de edad 11001311002720220085800 12 enero 2023 Inadmite Auto
ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS 11001311002720220086300 12 enero 2023 Inadmite Auto
DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL - Mutuo acuerdo 11001311002720220086400 12 enero 2023 Admite Auto
RESTABLECMIENTO DE DERECHOS 11001311002720230000600 12 enero 2023 Devuelve Reservada

 

 

AUTOS CUMPLASE

Clase de proceso N� de proceso Fecha de la providencia Decisi�n

Auto

DIVORCIO CONTENCIOSO 11001311002720220034900 12 enero 2023 1- Ordena notificar a demandado

Auto

SE CORRIGE ERROR DE DIGITACIÓN SE ACLARA QUE EL PROVEIDO DEL PROCESO 2022-00349 ORDENÓ NOTIFICAR AL DEMANDADO AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN 11001311002720220042500 12 enero 2023 1- Ordena requerir a reparto Auto

 

 

 

 

REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

JUZGADO VEINTISIETE DE FAMILIA

 

Estado N. 033

FECHA DE ESTADO: 28 de febrero de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA

1100131-10-027-2020-00104-00

27/02/2023

Se abre a pruebas el proceso

1 AUTO

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2021-00134-00

27/02/2023

1 cúmplase. 2 Resuelve nulidad

1 AUTO

2 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2021-00263-00

27/02/2023

Ordena pago

1 AUTO

 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2021-00629-00

27/02/2023

Se señala la hora de las 08:30 am del día 11 del mes de abril del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento.

1 AUTO

 

DIVORCIO

1100131-10-027-2021-00842-00

27/02/2023

1 Se tiene a la demandada notificada. 2 Se señala la hora de las 08:30 am del día 10 del mes de abril del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento.

1 AUTO

2 AUTO

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2022-00066-00

27/02/2023

1 Se admite la reforma a la demanda de reconvención. 2 Medidas cautelares, reservado.

1 AUTO

2 RESERVADO

 

LEVANTAMIENTO DE AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR

1100131-10-027-2022-00840-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00844-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00852-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00854-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001-31-10-027-2022-00863-00

27/02/2023

ADMITE

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00870-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2022-00873-00

27/02/2023

DECLÁRESE abierto y radicado el proceso de sucesión

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00876-00

27/02/2023

ADMITE

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00884-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00886-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

INVESTIGACIÓN acumulada con IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00893-00

27/02/2023

ADMITE

1 AUTO

 

CUSTODIA Y FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00908-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS

110013-10-027-2023-00006-00

27/02/2023

RESERVADO

RESERVADO

 

RESERVADO

1100131-10-027-2023-00048-00

27/02/2023

INADMITE

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00050-00

27/02/2023

INADMITE

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00056-00

27/02/2023

INADMITE

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00063-00

27/02/2023

RECHAZA

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00094-00

27/02/2023

INADMITE

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00186-00

27/02/2023

AUTO DE CÚMPLASE

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00134-00

27/02/2023

ADMITE TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00018-00

27/02/2023

REQUIERE

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00119-00

27/02/2023

Se ordena la vinculación como accionada del Área de Procedimiento de Personal de la Dirección de Talento Humano de la Policía Nacional

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 032

FECHA DE ESTADO: 27 de febrero de 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

INVESTIGACIÓN acumulada con IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2021-00500-00

24-02-2023

Súrtase el traslado de la prueba de ADN

1 AUTO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00042-00

24-02-2023

3 AUTOS RESERVADOS

RESERVADO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001-31-10-027-2023-00060-00

24-02-2023

INADMITE

1 AUTO

 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2023-00088-00

24-02-2023

INADMITE

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

 

 ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00126-00

24-02-2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00130-00

24-02-2023

 

 ADMÍTASE

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00104-00

24-02-2023

se ordena la vinculación

1 AUTO

 

 

Estado N. 031

FECHA DE ESTADO: 24 de febrero de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2020-00261-00

23/02/2023

Ordena emplazamiento

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2021-00113-00

23/02/2023

Se requiere a la demandante

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00291-00

23/02/2023

Medidas cautelares

Reservado

 
 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00337-00

23/02/2023

Obeézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Familia del Tribunal Superior

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2021-00385-00

23/02/2023

En atención a la respuesta remitida por el Juzgado 24 de Familia de Bogotá

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2021-00502-00

23/02/2023

DECRETAR la terminación del proceso por falta de objeto

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00702-00

23/02/2023

1.ADMÍTASE la demanda de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL. 2. Medidas cautelares, reservado.

1 AUTO

2 Reservado

 

PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS

1100131-10-027-2022-00845-00

23/02/2023

Rechazar la anterior demanda

1 AUTO

 

 

REGULACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00849-00

23/02/2023

Rechazar la anterior demanda

1 AUTO

 

 

FILIACIÓN

1100131-10-027-2022-00858-00

23/02/2023

Rechazar la anterior demanda

1 AUTO

 

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00891-00

23/02/2023

1.ADMÍTASE la demanda. 2.Medidas cautelares, reservado.

1 AUTO

2 Reservado

 

NULIDAD DE MATRIMONIO CATÓLICO

1100131-10-027-2023-00053-00

23/02/2023

EJECÚTESE

1 AUTO

 

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00058-00

23/02/2023

Rechazar la demanda por falta de competencia funcional

1 AUTO

 

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00078-00

23/02/2023

Se inadmite la anterior demanda

1 AUTO

 

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2023-00084-00

23/02/2023

Se inadmite la anterior demanda

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

HABEAS CORPUS

110013110027202300125-00

23/02/2023

Reservado

Reservado

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00291-00

23/02/2023

Ordena rehacer Costas

1 AUTO

 

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00376-00

23/02/2023

Ordena rehacer Costas

1 AUTO

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2022-00679-00

23/02/2023

Súrtase el traslado a Droguerías CAFAM del INCIDENTE DE DESACATO

1 AUTO

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300089-00

23/02/2023

FALLO

1 AUTO

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300096-00

23/02/2023

FALLO

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 030

FECHA DE ESTADO: 23 de febrero de 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

Liquidación de sociedad conyugal

1100131-10-027-2020-00468-00

22-02-2023

 ADMITE

        1 AUTO

 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

110013-10-027-2021-00042-00

22-02-2023

1.Reconoce interés y requiere. 2.Medidas cautelares, reservado.

1 AUTO

2 Reservado

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-021-2021-00755-00

22-02-2023

Se nombra Terna de Partidores

1 AUTO

 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001-31-10-027-2022-00081-00

22-02-2023

Aprueba Costas

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00181-00

22-02-2023

Previo a proveer sobre la solicitud de fijación de cuota alimentaria

1 AUTO

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00241-00

22-02-2023

Se ordena surtir traslado

1 AUTO

 

CUSTODIA y FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00340-00

22-02-2023

1.Se tiene al demandado notificado por conducta concluyente. 2.Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

2 Reservado

 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00351-00

22-02-2023

Se señala la hora de las 08:30 a.m, del día 27 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento

1 AUTO

 

 

RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS

110013-10-027-2022-00387-00

22-02-2023

Reservado

Reservado

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00869-00

22-02-2023

ADMITE

 

1 AUTO

 

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00885-00

22-02-2023

Se corrige el error mecanográfico

 

1 AUTO

 

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2023-00070-00

22-02-2023

ADMITE

 

1 AUTO

 

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00073-00

22-02-2023

INADMITE

1 AUTO

 

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00082-00

22-02-2023

ADMITE

 

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00092-00

22-02-2023

ADMITE

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

TUTELA

110013110027202300090-00

22-02-2023

FALLO

1 AUTO

 

 

Estado N. 029

FECHA DE ESTADO: 22 de febrero de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-001-2014-00543-00

21-02-2023

se ordena la entrega del inmueble

     1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2019-00317-00

21-02-2023

Se deniega por improcedente el incidente propuesto

1 AUTO

 

FIJACIÓN CUOTA ALIMENTARIA, CUSTODIA Y VISITAS

1100131-10-027-2021-00740-00

 

 

21-02-2023

Para la notificación al demandado, se le concede a la parte actora treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso

1 AUTO

 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001-31-10-027-2021-00882-00

 

21-02-2023

Aprueba costas

1 AUTO

 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00359-00

21-02-2023

Respecto de la liquidación de costas condenadas al demandante

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00375-00

21-02-2023

Se requiere a la demandante para que notifique al demandado

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00435-00

21-02-2023

1.Aprueba costas. 2.Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

2 Reservado

 

FIJACIÓN CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00639-00

 

21-02-2023

No se accede a la solicitud de amparo de pobreza

1 AUTO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2022-00816-00

 

21-02-2023

Resuelve recurso, reservado.

Reservado

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00118-00

 

21-02-2023

conflicto negativo de competencia

1 AUTO

 

Autos de Cúmplase

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00119-00

 

21-02-2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00117-00

 

21-02-2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300080-00

 

21-02-2023

Fallo

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300076-00

 

21-02-2023

Fallo

1 AUTO

 

 

Estado N. 028

FECHA DE ESTADO: 21 de febrero de 2023

 

 

 

 

 

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

EJECUTIVO DE HONORARIOS

1100131-10-014-2008-00548-00

20-02-2023

Para atender la solicitud cursada por el abogado allegue poder para actuar.

        1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-005-2012-00758-00

20-02-2023

Inadmite

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2017-00189-00

20-02-2023

se ordena a la entidad aplicar el reajuste a la cuota alimentaria

1 AUTO

 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2020-00247-00

20-02-2023

Acredite la actora la notificación al demandado

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2021-00422-00

20-02-2023

Para resolver sobre la entrega de dineros pretendida por la apoderada demandante, informe previamente…

1 AUTO

 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00120-00

20-02-2023

Notificado personalmente el demandado

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2022-00324-00

20-02-2023

No se accede por improcedente a la solicitud de designación de Curador Ad- litem

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00557-00

20-02-2023

se señala la hora de las 08:30 am del día 23 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento.

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00612-00

20-02-2023

se tiene en consecuencia al demandado notificado por conducta concluyente

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00633-00

20-02-2023

se señala la hora de las 08:30 am del día 15 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento.

1 AUTO

 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2022-00821-00

20-02-2023

1.Se declara abierto y radicado el proceso de sucesión doble e intestada. 2.Medidas Cautelares, reservado.

1 AUTO

2 Reservado

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN – APELACIÓN

1100131-10-027-2023-00040-00

20-02-2023

Resuelve apelación, reservado.

Reservado

 

 

Estado N. 027

FECHA DE ESTADO: 20 de febrero de 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2019-00287-00

MARIA EMMA ISABEL DE JESUS NARVAEZ Y NMARCELA AGUIRRE NARVAEZ

17 de febrero de 2023

 

 Estese la apoderada Rosa Hurtado Avella a lo dispuesto en sentencia del 10 de febrero de 2021 (c. digitalizado #01) respecto de la solicitud de levantamiento de medida cautelar (c. digital 09).

Atienda secretaria la orden contenida en el numeral cuarto auto del 10 de febrero de 2021 (fl. 77 c. digital 01) y en lo sucesivo cumpla fielmente las órdenes dispuestas en las decisiones emitidas por el despacho evitando ingresos innecesarios de los asuntos.

Cumplida la orden dispuesta en el inciso anterior, archívense las diligencias.

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2021-00753-00

YENNY GARCÍA ROBLES Y LUIS FERNANDO LOTE FANDIÑO

17 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2021-00753-00

YENNY GARCÍA ROBLES Y LUIS FERNANDO LOTE FANDIÑO

17 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

IMPUGNACION DE MATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00486-00

ALEJANDRA ATILIO PICA

17 de febrero de 2023

SENTENCIA

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2022-00802-00

RICARDO PEÑALOZA LUGO Y OTROS

17 de febrero de 2023

 So pena de rechazo de la demanda se concede a la demandante el término de ejecutoria de esta providencia para que se manifieste conforme con las reglas del inciso 1° del numeral 1 y numeral 2° artículo 85 del CGP, en cuanto a dar información sobre la dependencia donde puede ubicarse el registro civil de nacimiento de la interesada VIVIANA PEÑALOZA RODRÍGUEZ o manifestarse de la forma autorizada por la norma en cita. Secretaría controle los términos.

Auto

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00839-00

JOHANNA ANDREA VILLANUEVA GÓMEZ

17 de febrero de 2023

Vencido en silencio el término concedido por auto del 12 de enero de 2023 y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias

Auto

 

Estado N. 026

FECHA DE ESTADO: 17 de febrero de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

MUERTE PRESUNTA

1100131-10-027-2011-00844-00

CLAUDIA NOELIA ÓRTIZ GÓMEZ

16 de febrero de 2023

 Se requiere a la demandante para que informe el trámite dispensado al despacho comisorio No. 031 del 01 de septiembre de 2022.

Respecto de la solicitud de pago de los honorarios cursada por la auxiliar de la justicia (c. digital 18) estese la petente a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 1309 de 2006 en concordancia con el artículo 363 CGP, y a la orden del inciso primero de este auto.

Auto

NULIDAD DE LA PARTICION

1100131-10-027-2022-00065-00

MYRIAM ROMERO MORENO

16 de febrero de 2023

in lugar a tener en cuenta la notificación personal a los demandados (c. digital 17), en razón a que no se acreditaron las manifestaciones y evidencias de que trata el inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022.

Se requiere a la demandante para que notifique a los demandados, para lo cual se concede treinta (30) días, so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término y vencido el mismo, ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

DISMINUCION DE CUOTA ALIMENTARIA Y REGLAMENTACION DE VISITAS

 

1100131-10-027-2022-00070-00

CRISTIAN ANTONIO GARCÍA LÓPEZ

16 de febrero de 2023

 

 Sin lugar a tener en cuenta la notificación personal a la demandada (c. digital 21), en razón a que no se acreditaron las manifestaciones y evidencias de que trata el inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022.

Se requiere al demandante para que vincule a la demandada, para lo cual se concede treinta (30) días, so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término y vencido el mismo, ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00329-00

MARIA FANNYA AGUIRRE

16 de febrero de 2023

 Sin lugar a tener en cuenta la notificación por aviso al demandado José Isidro Aldana Martínez (c. digital 16), en razón a que en el citatorio se designó de manera incompleta la parte demandada en tanto no se incluyó a los herederos indeterminados del causante José Isidro Aldana Aldana, la dirección a la que se remitieron las comunicaciones es diferente a la informada en la demanda, no se adjuntó el certificado de entrega de las mismas y no se remitió copia de la demanda y los anexos (art 291 y 292 CGP).

Se requiere a la demandante para que vincule a la demandada, para lo cual se concede treinta (30) días, so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término y vencido el mismo, ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00476-00

JUAN PABLO QUINTERO MANTILLA

16 de febrero de 2023

 De conformidad al poder aportado (c. digital 19), se reconoce al abogado Néstor Miguel Pulecio Espinosa como representante judicial de Jhohan Fernando Quintero Veha, y se tiene en consecuencia al demandado notificado por conducta concluyente del auto admisorio de la demanda (numeral 2° art 301 CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem y vencidos los mismos ingrese el expediente al despacho para proveer.

 

Auto

CANCELACION DE REGISTRO CIVIL

1100131-10-027-2023-00043-00

ALEXIS PALOMINO FLORIAN

16 de febrero de 2023

 Revisado el escrito de demanda encuentra el despacho que carece de competencia para el conocimiento del asunto, en virtud de lo reglado por el numeral 6 del artículo 18 del CGP en concordancia con el numeral 2° del artículo 22 ibídem, en razón a que lo pretendido es la cancelación de registro civil por error en la casilla del lugar de nacimiento, situación que no sugiere modificación del estado civil del solicitante, de donde el competente para conocer del proceso es el Juzgado Civil Municipal de Bogotá, teniendo en cuenta que el actor registra domicilio en esta ciudad, por lo que se dispone:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda por falta de competencia funcional.

SEGUNDO: Remítase la actuación al Juzgado Civil Municipal de Bogotá - reparto. Ofíciese y remítase.

 

 

 

 

 

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2023-00047-00

YAQUELINE SALCEDO GUERRERO

16 de febrero de 2023

Como quiera que este asunto corresponde a idéntica causa mortuoria que de conocimiento de este despacho se radica bajo el No. 11001311002720230044-00 donde se anuncian los mismos interesados, se resuelve:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: Archívese el expediente.

 

 

 

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2023-00052-00

LIGIA GONZALEZ VEGA

16 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Informe en qué consiste la vulneración de los derechos que se pretenden proteger al señor CÉSAR ALEXANDER PARRA GONZÁLEZ (art. 38 de la Ley 1996 de 2019).

Acredite la demandante el envío de la demanda y los anexos a CÉSAR ALEXANDER PARRA GONZÁLEZ (Inciso 4 art. 6 Ley 2213 de 2022).

 

 

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00057-00

RAYNALDO BLANCO GÓMEZ

16 de febrero de 2023

 Por reunir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de Fijación de Cuota Alimentaria, incoada a través de abogado por REYNALDO BLANCO GÓMEZ contra REYNALDO BLANCO ARENAS, RICARDO FABIÁN BLANCO ARENAS y ANA MARÍA BLANCO ARENAS.

Tramítese el proceso conforme lo dispuesto por el artículo 390 CGP. Notifíquese a los demandados conforme al CGP y el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase el traslado respectivo.

Se reconoce al abogado Herlig Cruz Moreno como apoderado del demandante (fl. 4 c. digital 1).

 

 

 

 

 

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00059-00

ALEJANDRA MONTAÑEZ ROBAYO

16 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio del NNA Marco Alejandro Parada Montañez. (art. 28 y 82 CGP).

 

 

Auto

 

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2023-00062-00

MARTHA LUCIA TRIVIÑO LUENGAS

16 de febrero de 2023

Revisado el libelo encuentra el despacho que carece de competencia para el conocimiento del asunto, como quiera que el único bien relicto relacionado en el escrito de inventarios no supera en su avalúo la menor cuantía (art. 26-5 CGP) por lo que se impone el rechazo de la demanda por falta de competencia funcional y su remisión para la distribución entre los Jueces Civiles Municipales - Reparto de Bogotá, para lo de su cargo, en tanto se informa que fue esta ciudad el último domicilio de la causante, en consecuencia, con base en lo ordenado por el artículo 90 CGP, se dispone:

PRIMERO: Rechazar la demanda por falta de competencia funcional.

SEGUNDO: Remítase el asunto a los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá - Reparto. Ofíciese.

 

 

 

 

Auto

 

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00065-00

NELSON ENRIQUE SABOGAL VÉLEZ

16 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Informe si se ha iniciado proceso de sucesión de Luz Yanira Gómez Rodríguez, en caso afirmativo indique en cuál juzgado se surte el trámite y quiénes están reconocidos como herederos (art 87 CGP).

Excluya la pretensión 5 encaminada a la liquidación de la sociedad patrimonial, en razón a que tal decurso no se tramita por esta cuerda procesal (art. 22-3° y 88 CGP).

Acredite el demandante el envío de la demanda y los anexos a la demandada (inciso 5 art. 6 de la Ley 2213 de 2022).

 

 

 

 

 

 

Auto

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2023-00100-00

JOSÉ UBLADO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

 

 Notificada personalmente la demandada del auto admisorio (c. digital 08) dejó vencer en silencio el término para presentar excepciones.

Secretaría emplace a los acreedores de la sociedad conyugal (arts. 108, 523 del CGP y art. 10 de la Ley 2213 de 2022). Vencido el término respectivo ingrese el expediente al despacho para proveer.

 

 

 

 

Auto

ADOPCION DE MENOR DE EDAD

1100131-10-027-2023-00103-00

HECTOR ISMAEL CHACON CASTRO

 

Revisado el asunto encuentra el despacho que carece de competencia para el trámite del proceso en virtud de lo reglado por el inciso 1° del artículo 124 de la Ley 1098 de 2006 modificado por el canon 10 de la Ley 1878 de 2018, pues conforme con la información plasmada en el libelo, el domicilio del adoptante es el municipio de La Vega - Cundinamarca, por lo que se dispone:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda por falta de competencia territorial.

SEGUNDO: Remítase la actuación al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Villeta - Cundinamarca. Ofíciese y envíense las diligencias.

TERCERO: Secretaría comunique a la Oficina de Reparto con el fin de que se efectúe la COMPENSACIÓN en los términos del artículo 90 CGP.

 

 

 

 

 

 

 

Auto

 

Estado N. 025

FECHA DE ESTADO: 16 de febrero de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2019-00777-00

 

15 de febrero de 2023

El traslado del informe de valoración de apoyos respecto del señor CARLOS ALBERTO BENAVIDES LEÓN venció en silencio.

Al tenor del artículo 38-7 de la Ley 1996 de 2019, en concordancia con el artículo 392 del CGP, se señala la hora de las 08:30 am del día 22 del mes de marzo del 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia para el trámite. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2020-00134-00

MELBA ROCIO ARDILA

15 de febrero de 2023

De conformidad con lo previsto en el numeral 2° del artículo 509 del CGP., y considerando que el trabajo de partición presentado (c. digital 40) se ajusta a derecho, hay lugar a impartirle aprobación.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad

de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR el trabajo de partición de los bienes de la sucesión del causante ALFONSO ARDILA TÉLLEZ

Auto

IMPUGNACION E INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2021-00218-00

XIANGCHENG WU

15 de febrero de 2023

Sin lugar a tener en cuenta la vinculación a la demandada Gao Shuting (c. digital 20), en razón a que no se aportó copia de la comunicación, no se designó la clase de notificación intentada y no se adjuntó la constancia de entrega de la misiva. (art. 291 y 292 CGP).

Auto

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00652-00

CAROLINA MORA ACOSTA

15 de febrero de 2023

 

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00400-00

JENNY PAOLA FORNES GUERRERO

15 de febrero de 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00400-00

JENNY PAOLA FORNES GUERRERO

15 de febrero de 2023

Sentencia

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00474-00

ADOLFO LEON DAZA FERNANDEZ

15 de febrero de 2023

De las excepciones de mérito propuestas por la demandada (c. digitales 14 y 15), se ordena surtir el traslado respectivo

Auto

IMPUGNACION E INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00670-00

YIMMY ANDRES ROSAS CERVERA

15 de febrero de 2023

Sin lugar a tener en cuenta las notificaciones personales a los demandados (c. digital 15), en razón a que se indicó de manera errada el término que cuentan para contestar la demanda (art 369 CGP) y no se acreditaron las manifestaciones y evidencias de que trata el inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 (Inciso 4 artículo 8 ibídem).

Auto

AUTORIZACION PARA LA CANCELACION DE PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00003-00

ANTONIO JOSÉ ÁVILA VARGAS

15 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Acredite el demandante la propiedad del predio objeto del proceso, como quiera que la documental que anexa no da cuenta de esta circunstancia. (art 84 CGP).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP.

Auto

SUCESION DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2023-00011-00

CLARA INES TINJACÁ DE AVELLANEDA

15 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Allegue el inventario de los bienes relictos, de las deudas de la herencia y de la sociedad conyugal. (art. 84, 444 y 489- 5° del CGP).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP.

 

 

Auto

 

LEVANTAMIENTO AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR

1100131-10-027-2023-00016-00

CONJUNTO RESIDENCIAL SOTILEZA PROPIEDAD HORIZONTAL

15 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Acredite el demandante el envío de la demanda y los anexos a la demandada (Inciso 4 art. 6 Ley 2213 de 2022).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP y el inciso 5 del artículo 6 Ley 2213 de 2022.

 

 

 

 

Auto

 

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00019-00

 

15 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00031-00

JENIFHER DAJANA RODRIGUEZ SANABRIA

15 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio del NNA LUIS GABRIEL AMAYA RODRÍGUEZ (art. 28 CGP).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP.

 

Auto

 

CUSTODIA, VISITAS Y AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00038-00

DAYAN ANDREA CORREDOR VARGAS

15 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Auto

 

 

AUTOS DE CUMPLASE

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2018-00059-00

 

15 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

Estado N. 024

FECHA DE ESTADO: 15 de febrero de 2023

 

CONSTANCIA SECRETARIAL:

 

Febrero 15 de 2023

Se deja constancia que la(s) providencia (s) proferida en el presente asunto con fecha 9 de febrero de 2023 se notifica(n) por estado No. 024 de 15 de febrero de 2023 fijado en el micrositio del juzgado el día de hoy, dado que por circunstancias ajenas no quedaron cargados y notificados por estado en el micrositio el día 10 de febrero de 2023.

Los términos de ejecutoria y aquellos que se hayan concedido en dichas providencias, correrán a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en el art. 118 del C.G del P.

 

La secretaria

Clarena Quintero Montenegro

 

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-027-2012-00534-00

EDILSA CRUZ SALAZAR

09 de febrero de 2023

 Se reconoce al abogado Benigno Rodríguez González como apoderado del demandando (c. digital 13).

Conforme al poder allegado se reconoce al togado José Camilo Porras Balanguera como representante judicial de la demandante (c. digital 18) y, en consecuencia, se tiene revocado el mandato al abogado Héctor Raúl Ortega Pérez.

Estese la demandante a lo resuelto en sentencia del 01 de junio de 2015 en lo que hace a adjudicación de los bienes de la sociedad (c. digitales 12, 14 y 15).

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2013-00698-00

JOSÉ EVANGELISTA LOPEZ

09 de febrero de 2023

Se reconoce al abogado Francisco Orlando Fajardo Jiménez como apoderado de José Evangelista López Castillo (c. digital 03).

No se accede por improcedente la petición radicada por el apoderado últimamente citado (c. digital 03), en razón a que su poderdante no tiene interés reconocido en la causa.

Auto

SUCESION DOBLE E INTESTADA

 

1100131-10-027-2017-00611-00

MELQUISEDEC CUBILLOS

 

09 de febrero de 2023

Del trabajo de partición presentado por los apoderados Ricardo David Barreto Pineda, Yab Leidy Soto Reyes y Luis Agapito Moreno Moreno (c. digitales 29, 32 y 33), súrtase el traslado de que trata el artículo 509 del CGP.

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

 

1100131-10-027-2018-00073-00

SANDRA MILENA ANGARITA VARGAS

09 de febrero de 2023

  Por reunir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL presentada a través de apoderada por SANDRA MILENA ANGARITA VARGAS contra CARLOS ARTURO OSORIO GAVIRIA.

Tramítese por el proceso de liquidación previsto por el artículo 523 del CGP.

Notifíquese al demandado conforme al CGP en concordancia con la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase traslado respectivo

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2018-00476-00

TERESA DEL PILAR GARNDUR GUTIERREZ

09 de febrero de 2023

 Sin lugar a tener en cuenta la vinculación del demandado (c. digital 14), en razón a que no se anexó acuse de recibido o certificación de entrega de la comunicación. (art 291 CGP y ley 2213 de 2022).

Conforme el acta vista en cuaderno digital 19 se tiene notificado personalmente al demandado y se reconoce al abogado Julio Andrés Lozano Lopera como su apoderado (c. digital 16).

No se imparte trámite a las excepciones previas propuestas (c. digital 21) como quiera que no se presentó en escrito separado. (inciso 1° art. 101 CGP).

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2019-00393-00

HERNANDO MONTOYA MONTOYA

09 de febrero de 2023

 En virtud al desistimiento frente a la aclaración que había sido propuesta por el apoderado demandante, (c. digitales 112 y 113), nada se resuelve sobre el particular.

Secretaría cumpla lo dispuesto en la decisión del 11 de noviembre de 2022 (c. digital 109) y en lo sucesivo atienda fielmente la ordenes contenidas en las providencias evitando ingresos innecesarios de los asuntos.

Auto

DECLARATORIA DE UNION MARITAL DE HECHO

 

1100131-10-027-2020-00126-00

ENCARNACIÓN ARÉVALO

09 de febrero de 2023

En mérito de lo expuesto el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, RESUELVE:

PRIMERO: Declarar no probada la nulidad propuesta por la demanda Luz Nelly Peña Rivera.

SEGUNDO: Se reconoce al profesional del derecho Pedro Pablo Parra Duarte como apoderado de la señora Luz Nelly Peña Rivera (c.digital 66).

Auto

DECLARATORIA DE UNION MARITAL DE HECHO

 

1100131-10-027-2020-00126-00

ENCARNACIÓN ARÉVALO

09 de febrero de 2023

RECURSO DE REPOSICION Y APELACION

 

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00533-00

SANDRA MARCELA HERRERA

 

09 de febrero de 2023

 De las excepciones de mérito propuestas (c. digital 12), se ordena surtir el traslado respectivo. (art. 370 CGP en concordancia con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).

En tanto la demandante no cumplió lo dispuesto en auto anterior no se acumula la pretensión de privación de patria potestad contra el demandado.

Notifíquese al señor Defensor de Familia para lo de su cargo, como quiera que la demandante actúa a través de dicha agencia.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00008-00

CECILIA MONTOYA LONDOÑO

09 de febrero de 2023

 Sin lugar a tener en cuenta las notificaciones por aviso al demandado (c. digitales 53 y 59), en razón a que se consignó erradamente la fecha del auto admisorio y no se acreditó la remisión del citatorio (art 291 y 292 CGP).

Se reconoce al abogado Manuel Fernando González Mesa como apoderado de la demandante (c. digital 58) y, en consecuencia, se tiene revocado el mandato a la togada Yenni Rocío Aldana Ramírez.

Estese la demandante a lo resuelto en esta providencia respecto de la revocatoria peticionada (c. digital 57).

De conformidad al poder aportado (c. digital 63), se reconoce a la abogada Diana Marcela Cruz como representante judicial de John Jairo Pabón, y se tiene en consecuencia al demandado notificado por conducta concluyente del auto admisorio de la demanda (numeral 2° art 301 CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem y vencidos los mismos ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00008-00

CECILIA MONTOYA LONDOÑO

09 de febrero de 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

 

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2021-00132-00

GERARDO MARIA LAUREANO ESCOBAR

09 de febrero de 2023

 Cumplido el término de la suspensión del proceso (c. digital 86), se reanudan las actuaciones.

Para la continuación de la audiencia convocada por auto del 17 de agosto de 2022 (c. digital 67) se señala la hora de las 02:30 pm del día _08_del mes de marzo del año 2023, en los términos del auto en cita.

La Secretaría informará a los interesados y sus apoderados el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00133-00

YOLANDA SANCHEZ MARCHENA

09 de febrero de 2023

 Se corrige el error mecanográfico en la providencia del 11 de noviembre de 2022 (c. digital 69) en cuanto al apellido del partidor es GACHA y no como se consignó en la decisión en cita (art. 286 CGP).

Sin lugar a considerar la corrección a la partitiva, propuesta por el auxiliar de la justicia (c. digital 74), en razón a que tal proceder le está vedado al juez conforme con el mandato del artículo 285 del CGP.

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA Y VISITAS

1100131-10-027-2021-00224-00

FLOR ANGELICA ROJAS RODRIGUEZ

 

09 de febrero de 2023

 Conforme con el acta vista en cuaderno digital 24 se considera al Curador Ad- Litem del demandado notificado personalmente y que contestó la demanda proponiendo excepciones de mérito, de las cuales se ordena surtir el traslado respectivo. (c. digital 26) (art. 391 CGP en concordancia con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022)

Auto

FILIACION EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00137-00

LUZ MIRIAM NAVARRO MACIAS

09 de febrero de 2023

 Agregase la respuesta dirigida por la Notaria 73 del Círculo de Bogotá (c. digital 38).

No se tiene en cuenta la notificación por aviso a los demandados, Boris Guevara Posada, Paola Ximena Guevara Posada y Nubia Posada de Guevara (c. digitales 23, 27 y 30) en tanto con el citatorio no se aportó certificación de entrega y con el aviso no se allegó la copia cotejada de la providencia. (art. 291 y 292 CGP).

Se agrega la documental remitida por la EPS Famisanar (c. digital 34) y se ordena a la actora acreditar la notificación a Diego Hernán Guevara Posada teniendo en cuenta la información allí señalada.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00205-00

MARCO ANTONIO OTERO OLAYA

09 de febrero de 2023

 Agregase la respuesta dirigida por la Notaria 73 del Círculo de Bogotá (c. digital 38).

No se tiene en cuenta la notificación por aviso a los demandados, Boris Guevara Posada, Paola Ximena Guevara Posada y Nubia Posada de Guevara (c. digitales 23, 27 y 30) en tanto con el citatorio no se aportó certificación de entrega y con el aviso no se allegó la copia cotejada de la providencia. (art. 291 y 292 CGP).

Se agrega la documental remitida por la EPS Famisanar (c. digital 34) y se ordena a la actora acreditar la notificación a Diego Hernán Guevara Posada teniendo en cuenta la información allí señalada.

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2023-00012-00

ZULLY JOHANA HERNANDEZ GARCÍA

09 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Aporte prueba del avalúo de los bienes relictos. (art. 84, 444, 487 y 489 num. 6 del CGP).

Aclare y complemente el acápite de peticiones en cuanto no se advierte secuencia en los numerales. (arts. 82 CGP).

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00014-00

EDWIN ALFONSO PINILLA LÓPEZ

09 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP., se inadmite la anterior demanda, para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Aclare el poder, el encabezado de la demanda y las pretensiones, si además de la declaratoria de unión marital de hecho persigue la existencia de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes su disolución y liquidación. (art. 82 y 84 CGP y Ley 54 de 1990).

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00034-00

MARIBEL NAVARRO CASTILLO

09 de febrero de 2023

 Revisado el libelo encuentra el despacho que carece de competencia para el conocimiento del asunto, como quiera que los bienes relictos relacionados en el escrito de inventarios no superan en su avalúo la menor cuantía (art. 26-5 CGP) por lo que se impone el rechazo de la demanda por falta de competencia funcional y su remisión para la distribución entre los Jueces Civiles Municipales - Reparto de Bogotá, para lo de su cargo, en tanto se informa que es esta ciudad el último domicilio de la causante, en consecuencia, con base en lo ordenado por el artículo 90 CGP, se dispone:

PRIMERO: Rechazar la demanda por falta de competencia funcional.

SEGUNDO: Remítase el asunto a los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá - Reparto. Ofíciese.

Auto

DECLARACIÓN  DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITA DE HECHO

1100131-10-027-2023-00036-00

GLORIA ESTER GALINDO PINEDA

09 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP., se inadmite la anterior demanda, para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Adecue el poder, el encabezado de la demanda y la pretensión primera como quiera que la unión marital de hecho no es susceptible de disolución. (art. 74, 82 y 84 CGP y Ley 54 de 1990)

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

 

1100131-10-027-2023-00045-00

HENRY DUARTE RODRÍGUEZ

09 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Acredite el actor el envío de la demanda y los anexos a la demandada (Inciso 4 art. 6 Ley 2213 de 2022).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP en concordancia con el inciso 5 del artículo 6 de la Ley 2213 de 2022

Auto

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN DOBLE MIXTA

1100131-10-027-2012-00955-00

LUZ MARINA SERRANO HERNANDEZ

14 de febrero de 2023

Sin lugar a tramitar por extemporánea la objeción a la distributiva propuesta por el apoderado Harold Giovany Hurtado Murcia (c. digital 86).

De conformidad con el numeral 3° del artículo 509 CGP en concordancia con el artículo 129 ibídem, tramítense como incidente las objeciones al trabajo de partición propuestas por los apoderados Elder F. Peralta M., Efrén Fernández Fernández, César Fabián Fernández Cárdenas y Claudia Elena Soto Escobar (c. digitales 82 a 85 respectivamente).

Bajo las previsiones del artículo 129 del CGP, súrtase el traslado por el término de tres (3) días de los escritos de objeción (c. digitales 82 a 85). Secretaría dé apertura al cuaderno para el trámite inclúyase este auto y las documentales en cita.

Respecto a la solicitud de pago de los honorarios cursada por Martha Lucia Contreras Herrera (c. digital 81) estese la petente a la regla del inciso 3° art. 363 del CGP.

Auto

SUCESIÓN DOBLE MIXTA

1100131-10-027-2012-00955-00

LUZ MARINA SERRANO HERNANDEZ

14 de febrero de 2023

Medidas Cautelares

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2019-00850-00

CARMEN ELENA DUQUE GUEVARA

14 de febrero de 2023

Revisada las diligencias se dispone dejar sin efecto el auto del 04 de agosto de 2022, en su lugar se tiene notificado por aviso al ejecutado en virtud a la certificación postal de rehusado (c. digital 19) y que no propuso excepciones de mérito, por lo que atendiendo los parámetros del inciso 2º del artículo 440 del CGP el despacho RESUELVE:

PRIMERO: SEGUIR adelante la ejecución contra OSCAR HERNANDO CASTRO ZAMORA, y a favor de los jóvenes DEIVIS STEVEN y ZAHIRA SELENE CASTRO DUQUE y la menor EYSHEL ARIANA CASTRO DUQUE, esta última representada por su progenitora CÁRMEN ELENA DUQUE GUEVARA, en la forma y términos del mandamiento ejecutivo librado por auto de 08 de noviembre de 2019 (fl. 18 c. digital 01).

SEGUNDO: Efectúese la liquidación de crédito (art. 446 CGP).

TERCERO: CONDENAR en costas al ejecutado, TÁSENSE. Inclúyanse como agencias en derecho la suma equivalente al cinco (5%) del monto que se ordena seguir adelante la ejecución. Liquídense.

CUARTO: REMITIR las diligencias a los Juzgados de Ejecución en Asunto de Familia de esta ciudad, para lo de su cargo. Ofíciese.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2019-00850-00

CARMEN ELENA DUQUE GUEVARA

14 de febrero de 2023

Medidas Cautelares

Reservado

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2020-00163-00

 

14 de febrero de 2023

Secretaría cumpla lo dispuesto en la decisión del 04 de noviembre de 2022 (c. digital 29) y en lo sucesivo atienda fielmente las órdenes contenidas en las providencias evitando ingresos innecesarios de los asuntos.

Auto

SUCESION DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2020-00364-00

ALVARO ROBERTO SUAREZ REVELO

14 de febrero de 2023

Se tiene acreditado el emplazamiento ordenado respecto de las interesadas Diana Marcela y Olga Patricia Brito Suárez (c. digital 54), por lo que de conformidad con lo reglado por los artículos 293, 108 y 492 del CGP en concordancia con el artículo 10 de la ley 2213 de 2022, se designa como Curador Ad-litem de las herederas citadas al abogado (a) JUAN PABLO SANCHEZ SEPULVEDA. Comuníquese para que proceda a notificarse del auto de apertura de la sucesión. (art. 48-7 CGP).

Para la vinculación de Juan Carlos Brito Suárez heredero en representación de la obitada Olga Teresa Suárez, cuenta el demandante con el término de treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

SUCESION DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2020-00364-00

ALVARO ROBERTO SUAREZ REVELO

14 de febrero de 2023

Medidas Cautelares

Reservado

 

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2020-00406-00

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

14 de febrero de 2023

Sin lugar a aprobar la distributiva (c. digital 47), en razón a que la partidora adjudicó hijuela de pasivos, no obstante, estos no fueron relacionados en inventarios, por lo que deberá la abogada rehacer el trabajo de partición. Para la rehechura de la partitiva so pena de su relevo se le concede cinco (5) días a la togada para que allegue la distributiva con el ajuste señalado en esta providencia. Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

PETICION DE HERENCIA Y REIVINDICATORIO

1100131-10-027-2021-00432-00

LEIDY SORANYI BARINAS FONSECA

14 de febrero de 2023

Sin lugar a tener en cuenta la vinculación de los demandados Ninfa Olimpo Vanegas y Olimpo Vanegas Gutiérrez (c. digital 17), en razón a que la comunicación no tiene fecha de diligenciamiento, para la época del envío el Decreto 806 de 2020 había perdido vigencia y las notificaciones personales de que trataba el Decreto en cita dicen en relación al envío de mensaje de datos.

No se tiene en cuenta la notificación por aviso al demandado Olimpo Vanegas Gutiérrez (c. digital 17), hasta tanto allegue constancia del envío del citatorio (art 291 y 292 CGP).

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2021-00657-00

ANA LEONOR LANCHEROS

14 de febrero de 2023

Se agregan las direcciones de notificaciones aportadas por el apoderado demandante (c. digital 23) respecto de Esperanza Lancheros Morales, a quien se ordena vincular al trámite (art. 291, 292 CGP, Ley 2213 de 2022 y núm. 5 art 38 Ley 1996 de 2019).

Acredítese la vinculación del titular del acto jurídico, Fredy Arcenio Lancheros Morales. (art 38 Ley 1996 de 2019).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00708-00

KAROL JERALDINE LOPEZ OROZCO

14 de febrero de 2023

Como quiera que la liquidación de costas practicada por la Secretaría del Juzgado no se ajusta a derecho (c. digital 24) se ordena a la Secretaría rehacerla. Cumplido lo anterior ingrese el expediente para proveer.

Auto

 

 

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00736-00

HELIODORA CAMELO CASTILLO

14 de febrero de 2023

Notificada personalmente del auto admisorio la Curadora Ad-litem de los herederos indeterminados del causante Pedro Luis Ávila Garzón (c. digital 25), contestó la demanda sin proponer excepciones (c. digital 26).

No se imparte trámite a la excepción previa propuesta por el demandado Pedro Luis Ávila Bustos (c. digital 18) como quiera que no se presentó en escrito separado, en él no se expresan las razones y hechos en que se fundamentan las exceptivas (inciso 1° art. 101 CGP).

De las excepciones de mérito propuestas por los demandados Daniel Santiago Ávila Ballén y Pedro Luis Ávila Bustos (c. digitales 17 y 18), se ordena surtir el traslado respectivo. (art. 370 CGP en concordancia con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00736-00

HELIODORA CAMELO CASTILLO

14 de febrero de 2023

Medidas Cautelares

Reservado

DISMINUCION DE CUOTA ALIMENTARIA Y REGLAMENTACION DE VISITAS

1100131-10-027-2022-00008-00

WILLIAM RODRIGUEZ GALVEZ

14 de febrero de 2023

Como quiera que la liquidación de costas practicada por la Secretaría del Juzgado se ajusta a derecho se imparte aprobación (c. digital 44) (art 366 CGP).

Cumpla Secretaría lo dispuesto en el ordinal 8° de la decisión del 27 de septiembre de 2022 (c. digital 40).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00130-00

JEINY SOLANLLEY TORRES SALINAS

14 de febrero de 2023

Sin lugar a tener efectivas las diligencias para la notificación personal al ejecutado (c. digitales 13 y 26), en razón a que tal vinculación conforme lo reglaba el artículo 8 del Decreto 806 2020 es únicamente para la remisión como mensaje de datos.

Conforme con el acta vista en cuaderno digital 22 se considera al ejecutado notificado personalmente y que propuso excepciones de mérito (Fl. 43 a 48 c. digital 25), por lo que se ordena surtir el traslado respectivo. (art. 443 CGP en concordancia con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).

Se reconoce a la abogada TATIANA LUCERO TAMAYO SILVA como apoderada del demandado (Fl. 42 c. digital 25).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00809-00

WENDY ALEJANDRA JIMENEZ TORRES

14 de febrero de 2023

Cumpla Secretaría la notificación al señor Defensor de Familia dispuesta en el inciso final de la providencia del 12 de enero de 2023 (c. digital 9) y en lo sucesivo atienda fielmente las órdenes contenidas en autos y absténgase de hacer ingresos innecesarios

Auto

Estado N. 023

FECHA DE ESTADO: 14 de febrero de 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2013-00510-00

CARMEN JUDITH RODRIGUEZ

13 de febrero de 2023

Incorporado el informe de valoración de apoyo del señor Miguel Alfonso Rodríguez (c. digital 12), se informa como posible persona a designar como garante a favor del titular del acto jurídico a Andrea Amaya.

Conforme con el registro de las actuaciones, se cita para los fines del artículo 56 de la Ley 1996 de 2019 a Miguel Alfonso Rodríguez, titular de acto jurídico, Cármen Judith Rodríguez guardadora y Andrea Amaya atendiendo lo dispuesto en el inciso anterior, a la hora de las 08:30 am del día 21 del mes de marzo del año 2023. Secretaría cite a los mencionados. Comuníquese por el medio más expedito a los citados. (c. digital 14).

 

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-027-2018-00022-00

CAROLINA MEDINA LUCUARA

13 de febrero de 2023

Obedézcase y cúmplase lo resuelto por el Superior, mediante providencia del 05 de octubre de 2022 (c. digital 36).

Como quiera el partidor designado por auto del 07 de septiembre de 2022 no aportó la distributiva encomendada en el término conferido (c. digital 18), se le releva del cargo y en su lugar, se nombra a los Drs. (as) 1. OLGA ALICIA GÓMEZ CASANOVA, 2. RAMIRO MAYORGA HERRERA, 3. GIOMAR QUITIAN ANGULO de la lista oficial en la especialidad de PARTIDOR de la lista oficial de auxiliares de la justicia, para efectuar la labor ordenada en providencia del 22 de febrero de 2022 (c. digital 18) cuenta el designado con el término de diez 10 días, a partir de la aceptación al cargo (art. 48 -1º CGP). Comuníquese.

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2018-00475-00

JENNIFER PAOLA RODRIGUEZ APARICIO

13 de febrero de 2023

No se tiene en cuenta la notificación por aviso al demandado (c. digital 39) hasta tanto se aporte evidencia de la remisión de las providencias a notificar, dado que la documental patente a folio 169 del cuaderno digital 39 es ilegible (inciso 2 art. 292 CGP).

Se requiere a la demandante para que acredite la notificación al demandado, para lo cual se le conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso de privación de patria potestad, (art. 317 CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2018-00621-00

MAGADALENA MARIA DE LA MERCED

13 de febrero de 2023

El informe técnico de valoración de apoyos respecto de la señora Magdalena María de la Merced Sarria Ruiz (c. digitales 8 y 9), se mantiene agregado y sobre su trámite se resolverá en oportunidad.

Acredítese la vinculación de Magdalena María de la Merced Sarria Ruiz. (art 38 Ley 1996 de 2019).

Secretaría atienda la solicitud de certificación del proceso cursada por el Juzgado 37 Laboral del Circuito de esta ciudad (c. digital 7).

Auto

FILIACION EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2019-00075-00

OSCAR ABRIL

13 de febrero de 2023

Se rechaza por extemporáneo el recurso de apelación propuesto por el togado ELMAN GONZALO ABRIL BARRERA (c. digital 33) contra la sentencia emitida el 11 de noviembre 2022 (c. digital 31) (inciso 2 numeral 1° art. 322 CGP), como quiera que si bien la comunicación del 18 de noviembre de 2022 no dio cuenta de inaccesibilidad de los usuarios al sistema sino de falla interna de conectividad.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2019-00374-00

YACKELINE CARDENAS RUEDA

13 de febrero de 2023

Vencido en silencio el traslado de la objeción a la partición y conforme con lo reglado por el inciso 3º del artículo 129 del CGP, en concordancia con el artículo 107 ibídem y el Acuerdo PCSJA20-11567 del CSJ, se convoca a la audiencia para resolver el incidente propuesto, para lo cual se fija el día 6 del mes de marzo del año 2023, a las 02:30 pm.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2019-00955-00

MARIA INES VARGAS OCHICA

13 de febrero de 2023

Por reunir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL presentada a través de apoderada por MARÍA INÉS VARGAS OCHICA contra SAMUEL CORONADO IBÁÑEZ.

Tramítese por el proceso de liquidación previsto por el artículo 523 del CGP.

Notifíquese al demandado conforme al CGP en concordancia con la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase traslado respectivo.

Se tiene a la abogada LILIA JUDITH GONZÁLEZ NEME como apoderada de la demandante.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2019-00955-00

MARIA INES VARGAS OCHICA

13 de febrero de 2023

Medidas cautelares

Reservado

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2021-00494-00

DIANA PAOLA REYES SANCHEZ

13 de febrero de 2023

Transcurrido el término de suspensión autorizado el 8 de agosto de 2022 (C. digital 38), se reanuda el proceso (art 163 CGP).

Para la continuación de la diligencia de inventarios y avalúos (art. 501 CGP) se señala la hora de las 02:30 pm del día 20 del mes de febrero del año 2023.

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2021-00494-00

DIANA PAOLA REYES SANCHEZ

13 de febrero de 2023

Medidas cautelares

Reservado

PETICION DE HERENCIA

1100131-10-027-2022-00480-00

ANA MERCEDES BOJACA NOVA

13 de febrero de 2023

Medidas cautelares

Reservado

PETICION DE HERENCIA

1100131-10-027-2022-00480-00

ANA MERCEDES BOJACA NOVA

13 de febrero de 2023

Se requiere a la actora para que acredite la notificación a los demandados, para lo cual se concede treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00724-00

LILIANA CRUZ VARGAS

13 de febrero de 2023

Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 28 de octubre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

TERCERO: ARCHIVAR las diligencias

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00728-00

KARINA ANDREA LATORRE GALINDO

13 de febrero de 2023

Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 28 de octubre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

TERCERO: ARCHIVAR las diligencias.

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2022-00905-00

ERNESTO FABIAN PEREZ MISATH

13 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Como quiera que sea cita como cónyuge supérstite a LUZ CARIME ÁLVAREZ YACUB, allegue registro civil de matrimonio de ésta y del causante ÓSCAR ENRIQUE PÉREZ HERNÁNDEZ. (art. 82, 84 y 489-8 CGP).

Aporte los registros civiles de nacimiento de los herederos Cristhian David, Juan Pablo y Óscar Pérez Álvarez. (Art 84 y 489-3 CGP)

Como quiera que en el acápite de notificaciones se cita como interesado al menor Daniel Pérez Jiménez, en representación del fallecido Delwin Enrique Pérez Misath, aporte el registro civil de nacimiento que acredite el parentesco con el obitado. (arts. 488 – 3º, 489 – 3º CGP).

Auto

 

 

Estado N. 022

FECHA DE ESTADO: 13 de febrero de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2011-00089-00

MARTIN JIMENEZ PULIDO

10 de febrero de 2023

Se reconoce al togado DARÍO ALEXANDER ALBARRACÍN VALDERRAMA como apoderado de ÓSCAR ALFONSO SPATH GRASS, conforme al memorial obrante en cuaderno digital 41.

Sin lugar a acceder a la solicitud de oficios presentado por el apoderado Emmanuel Guillermo Carreño Bernal en razón a que no está el peticionario reconocido para actuar en la causa.

Auto

SUCESION DOBLE MIXTA ACUMULADA

1100131-10-027-2011-01003-00

RAFAEL CAYCEDO LOZANO

10 de febrero de 2023

Se revoca el ordinal tercero del auto dictado el 15 de junio de 2022. (c.digital 79) 

Se concede en el efecto DEVOLUTIVO la apelación propuesta como subsidiaria por el heredero Marco Rafael Caycedo Gutiérrez, contra el auto dictado el 25 de abril 2022 (c. digital 61) para que se surta su trámite ante la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá. Remítanse al superior las copias de los cuadernos digitales 57 a 83. El apelante deberá sufragar el costo de las copias ordenadas dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierto el recurso. Proceda Secretaría en los términos de las normas procesales y a la remisión dispuesta por el artículo 324 del CGP.

Auto

SUCESION DOBLE MIXTA ACUMULADA

1100131-10-027-2011-01003-00

RAFAEL CAYCEDO LOZANO

10 de febrero de 2023

Obedézcase y cúmplase lo resuelto por el Superior mediante providencia del 05 de septiembre de 2022 (c. digital 220).

Se pone en conocimiento de las partes las documentales remitidas por la Secretaria de Haciendo Distrital y por la DIAN (c. digitales 224 y 228).

Estese la Auxiliar de Justicia estrictamente a los inventarios y avalúos aprobados dentro de la causa, respecto de la solicitud (c. digital 223). Se requiere a la partidora con el término de diez (10) días para elaborar la distributiva so pena de su relevo (art 510 CGP).

Estese la heredera Juana Patricia Caycedo Gutiérrez a lo resuelto en el inciso anterior respecto del plazo para la presentación de la partición (c. digital 222) y en lo sucesivo actúe a través de apoderado.

No se accede a la solicitud allegada por el heredero Marco Rafael Alfonso Enrique Ernesto Caycedo Gutiérrez (c. digital 227) respecto de corrección del valor de la partida segunda del pasivo aprobado mediante providencia del 9 de noviembre de 2021(c. digital 111) en tanto la circunstancia que describe es sobreviniente a la conformación de los inventarios y avalúos y por tal razón no se advierte error en la providencia (art. 286 CGP).

Estese el heredero últimamente citado al auto del 5 de septiembre de 2022 y a la providencia de la fecha, respecto de la solicitud de cancelación de las anotaciones del folio de matrícula inmobiliaria No. 17 y 18 No. 50C 5389 de la Oficina de Registro de la Zona Centro de Bogotá (c. digital 229).

No se accede a la solicitud de instruir sobre la gestión administrativa ante la Agencia Nacional de Infraestructura (c. digital 238) como quiera que tal facultad no es de competencia de este estrado.

Estese la apoderada Mery Yanet Fajardo Velasco a lo resuelto en la presente providencia, respecto de la solicitud de impulso procesal (c. digital 240).

Auto

SUCESION DOBLE MIXTA ACUMULADA

1100131-10-027-2011-01003-00

RAFAEL CAYCEDO LOZANO

10 de febrero de 2023

  Medidas Cautelares

Reservado

SUCESION DOBLE MIXTA ACUMULADA

1100131-10-027-2011-01003-00

RAFAEL CAYCEDO LOZANO

10 de febrero de 2023

Se tiene vencido en silencio el traslado del incidente (c. digital 5) en razón a que la documental obrante en cuaderno digital 7 es extemporánea.

Conforme a lo reglado por el inciso 3º del artículo 129 del CGP, en concordancia con el artículo 107 ibídem, se convoca a los interesados a la audiencia para resolver el incidente propuesto el día 15 del mes de marzo del año 2023, a las 02:30 pm.

La Secretaría informará el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial.

Se abre a pruebas el incidente:

INCIDENTANTE

Las documentales obrantes a folios 20 a 225 del cuaderno digital 2.

INCIDENTADA

No aportó ni solicitó

De OFICIO

Las obrantes dentro del expediente

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2017-00469-00

MARIA ZULIMA ORTIZ  CHICUE

10 de febrero de 2023

Se agrega el informe de valoración de apoyo (c. digitales 11 y 12) donde se informa como posibles personas a designar como garantes a favor de la titular del acto jurídico a Jenny Johanna Guzmán Ortiz y Brayan Cuellar Ortiz.

Conforme con el registro de las actuaciones, se cita para los fines del artículo 56 de la Ley 1996 de 2019 a María del Cármen Chicué de Ortiz, titular de acto jurídico, Zulima Ortiz Chicué guardadora principal y Luis Alfonso Ortiz Chicué guardador suplente, Jenny Johanna Guzmán Ortiz y Brayan Cuellar Ortiz atendiendo lo dispuesto en el inciso anterior, a la hora de las 02:30 pm del día 22 del mes de febrero del año 2023. Secretaría cite a los mencionados. Comuníquese por el medio más expedito a los citados. (c. digital 01).

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2021-00198-00

JUAN MAURICIO SIERRA MOYANO

10 de febrero de 2023

Sin lugar a tener efectivas las diligencias para la notificación personal a Deyanira Moyano Virgüez y Angie Lizeth Sierra Moyano (c. diigital 44) tenga en cuenta el apoderado demandante que la vinculación conforme lo reglaba el artículo 8 del Decreto 806 2020 es únicamente para notificación como mensaje de datos.

Acredite la actora la notificación a Deyanira Moyano Virgüez y Angie Lizeth Sierra Moyano en la forma prevista en el CGP en concordancia con la Ley 2213 de 2022. (núm. 5 art 38 Ley 1996 de 2019).

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO PETICION DE GANANCIALES Y NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA

1100131-10-027-2021-00529-00

MARIA TERESA  MANCILLA VELASQUEZ

10 de febrero de 2023

 

 Se corrige el error mecanográfico de la providencia del 08 de noviembre del 2022, en tanto el radicado del expediente es 2021-00529 y no como se consignó en la decisión en cita (art 286 CGP).

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO PETICION DE GANANCIALES Y NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA

1100131-10-027-2021-00529-00

MARIA TERESA  MANCILLA VELASQUEZ

10 de febrero de 2023

Medidas Cautelares

Reservado

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00569-00

JHON JAIRO BETANCOURT SANTOFIMIO

10 de febrero de 2023

Secretaría notifique al señor Defensor de Familia del auto del 13 de octubre de 2022 (c. digital 30), en tanto se advierte que el demandante actúa a través de dicha agencia y en lo sucesivo atienda fielmente las órdenes contenidas en las providencias.

Como quiera que el cuaderno digital 31 de la carpeta principal no corresponde a esta causa, se ordena a la Secretaría glosar la documental al proceso correspondiente y en lo sucesivo disponga la conformación del expediente en la forma debida y evite el ingreso innecesario de los asuntos al despacho.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00613-00

ANGIE JULIETH VILLALOBOS MARULANDA

10 de febrero de 2023

Con el fin de resolver la petición cursada por la apoderada del demandado (c. digital 28), respecto de la entrega de dineros al señor FÉLIX ORLANDO RAFAEL VILLALOBOS, se ordena a la Secretaría emitir un informe de depósitos judiciales recaudados con referencia a esta causa, especialmente los pagados y los que están pendientes de pago. Una vez se cuente con tal documental ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2021-00739-00

MARIA FERNANDA MONTOYA CERÓN

10 de febrero de 2023

Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá mediante providencia del 09 de diciembre de 2022 (c. digital 04, carpeta Tribunal).

Secretaría cumpla lo dispuesto en la sentencia del 02 de noviembre de 2022 (c. digital 47).

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2021-00830-00

YEIMY YESMID FANDIÑO CABALLERO

10 de febrero de 2023

No se accede por extemporáneas a las solicitudes de aclaración y/o corrección de la providencia del 15 de septiembre de 2022 (c. digital 32), en razón a que las réplicas contra la confección de inventarios y avalúos tienen lugar en la oportunidad y términos señalados por el artículo 501 CGP.

Como quiera que la auxiliar designada por auto del 9 de noviembre de 2022 (c. digital 29) no allego la labor encomendada, se le releva del cargo y en su lugar, se nombra a los Drs. (as) 1. CESAR DELGADO, 2. SANDRA MILENA LOTERO GIRALDO, 3. JULIO CESAR PARDO BARRIOS de la lista oficial en la especialidad de PARTIDOR. Para efectuar la labor ordenada en auto del 15 de septiembre de 2022 (c. digital 26), cuenta el designado con el término de diez 10 días, a partir de la aceptación al cargo (art. 48 -1º CGP). Comuníquese.

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2022-00073-00

ALVARO BELTRAN SAAVEDRA Y OTOS

10 de febrero de 2023

Del trabajo de partición presentado por las apoderadas Edna Soraya Beltrán Sánchez y Claudia Patricia Martínez (c. digital 39), súrtase el traslado de que trata el artículo 509 del CGP.

Auto

CUSTODIA Y AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00171-00

LIZETTE ESMERALDA GIRALDO ACEVEDO

10 de febrero de 2023

Vencido en silencio el traslado otorgado por auto anterior respecto de las excepciones de mérito (c. digital 27), a l tenor del art. 392 del CGP se señala la hora de las 08:30 am del día 16 del mes de marzo del año 2023, para llevar a cabo audiencia para el trámite. En esa oportunidad las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

DISMINUCION DE CUOTA ALIMENTARIA Y REGLAMENTACION DE VISITAS

1100131-10-027-2022-00183-00

CESAR ALEJANDRO URBINA DUARTE

 

Vencido el término concedido en auto anterior, la demandada no contestó, como quiera el memorial visto en cuaderno digital 24 es extemporáneo.

Agotado el ritual procesal se señala la hora de las 08:30 a.m, del día 14 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento (art.392 del CGP). En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00306-00

HOLMER FABIAN HERNANDEZ SANCHEZ

 

Como el demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 5 de octubre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00709-00

LUIS  EDUARDO PULIDO MORENO

 

Se requiere a la demandante para que notifique al ejecutado, para lo cual se le conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00709-00

LUIS  EDUARDO PULIDO MORENO

 

Medidas Cautelares

Reservado

 

 

Estado N. 021

 

FECHA DE ESTADO: 10 de febrero de 2023

 

 

AUTOS DE CUMPLASE

 

 

Clase de proceso

No de proceso

 

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00011-00

 

09 de febrero de  2023

09 de febrero de 2023

 Secretaría remita el enlace del expediente al partidor JULIO CÉSAR PARDO BARRIOS (c. digital 43), con el fin de que lleve a cabo la labor encomendada en auto del 9 de noviembre 2022 (c. digital 41) y en lo sucesivo cumpla fielmente las órdenes dispuestas en las providencias evitando el ingreso innecesario de los asuntos al despacho.

Auto

MEDIDA DE PROTECCION  

1100131-10-027-2022-00881-00

 

09 de febrero de  2023

09 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION  

1100131-10-027-2023-00009-00

 

09 de febrero de  2023

09 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

 

Estado N. 020

 

FECHA DE ESTADO: 09 de febrero de 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-1999-01372-00

JORGE ALTUZARRA LEZAMA

08 de febrero de 2023

 Para atender la petición (c. digital 51) y conforme el mandato del artículo 285 del CGP aclarase el inciso 3 de la providencia del 27 de enero de 2023 el cual quedará así:

"No se accede a la solicitud de corrección de la providencia del 25 de agosto de 2022, propuesta por el apoderado Jimmy Rojas Suárez en tanto no se advierte error que indica en escrito visto en cuaderno digital 44 (art. 286 CGP).

Auto

DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2020-00312-00

MARIA DEL SOCORRO CERON LASSO

08 de febrero de 2023

Conforme lo solicitado por el apoderado de los demandados (c. digitales 42 y 43) se reprograma la audiencia convocada por auto del 24 de enero de 2023 (c. digital 40) y para el efecto, se fija el día 23 de febrero de 2023 a las 08:30 am, para llevar a cabo la vista judicial.

 

Auto

IMPUGNACION E INVESTIGACION DE PATERNIDAD ACUMULADA CON PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00154-00

ADRIANA MARCELA MONROY BOLIVAR

08 de febrero de 2023

 De conformidad a la manifestación de la demandante (c. digitales 31 y 33) se ordena emplazar en la forma prevista en el artículo 293 del CGP en concordancia con el artículo 395 ibídem a los parientes por línea paterna de la NNA SARA VALENTINA VANEGAS MONROY. Proceda Secretaría en la forma establecida en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022 en concordancia con el artículo 108 del CGP y vencido el término respectivo ingrese el expediente para proveer.

Auto

SUCESION DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2021-00456-00

ANTONIO CARVAJAL VELEZ

08 de febrero de 2023

 Para atender la petición del abogado Luis Giovanny Figueroa Veloza (c. digital 46) y conforme el artículo 285 del CGP aclarase el numeral 2 de la providencia del 30 de enero de 2023 el cual quedará así:

"SEGUNDO: INSCRIBIR esta decisión ante las autoridades pertinentes. Ofíciese".

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00469-00

SERGIO ARMANDO BARRERA CARREÑO

08 de febrero de 2023

 Descorrido el traslado de las excepciones de mérito (c. digital 26), al tenor del artículo. 443 – 2º del CGP, en concordancia con los artículos 392, 372, 373 ibídem, se señala la hora de las _08:30am__del día _9_ del mes de _marzo_ del 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00177-00

SANDRA MILENA GAMBOA RODRIGUEZ

08 de febrero de 2023

 Al tenor del artículo 443 – 2º del CGP, en concordancia con los artículos 392, 372, 373 ibídem, se señala la hora de las _08:30am__del día _7_ del mes de _marzo_ del 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00177-00

SANDRA MILENA GAMBOA RODRIGUEZ

08 de febrero de 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reserva

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00326-00

EMMA DEL SOCORRO ERIRA ASCUNTAR

08 de febrero de 2023

Se accede al desistimiento expresado por la apoderada de la demandante, respecto del recurso de reposición propuesto contra auto anterior. (c.digitales 19 y 21).

Acredite la demandante las notificaciones ordenadas en el auto admisorio, para lo cual se concede el término de treinta días so pena de tener desistida tácitamente la demanda. Secretaría contabilice el término vencido éste ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

EJECUTIVO DE ALIEMENTOS

1100131-10-027-2022-00334-00

LILIANA MILENA BUITRAGO PERDOMO

08 de febrero de 2023

 Secretaría atienda la solicitud del demandado (c. digital 16) respecto de la notificación personal del auto admisorio

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00394-00

DIVORCIO CONTENCIOSO

08 de febrero de 2023

Conforme con el acta vista en cuaderno digital 18 se considera al demandado notificado personalmente a través del abogado, CÉSAR AUGUSTO COLLAZOS GARZÓN, a quien se reconoce como su apoderado (c. digital 17) y que contestó la demanda proponiendo excepciones de mérito, las cuales se mantienen agregadas y sobre su trámite se resolverá en oportunidad. (c. digitales 21 y 22).

Se reconoce al abogado VÍCTOR RODOLFO BARRERA BENAVIDES, como apoderado de la demandante, conforme la sustitución aportada (c. digital 19).

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00394-00

DIVORCIO CONTENCIOSO

08 de febrero de 2023

 Por reunir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de RECONVENCIÓN para el Divorcio Matrimonio Civil instaurada a través de apoderado por JOSÉ HENRY CASTRO CERQUERA contra LUCERO GIRALDO MÁRQUEZ. (c. digitales 23 y 24).

Dese a la presente acción el trámite contenido en el artículo 368 y 371 del CGP.

Notifíquese por estado esta providencia a la demandada en reconvención, y súrtase el traslado de la demanda, (inciso final art. 371 CGP). Secretaría contabilice el término señalado y, vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2020-00413-00

GABRIEL MANCERA ZAMORA

08 de febrero de 2023

 Conforme con el acta vista en cuaderno digital 24 se considera al demandado notificado personalmente a través del abogado, RAHAB GIOVANNI RICO ESCOBAR, a quien se reconoce como su apoderado (c. digital 23) y que contestó la demanda proponiendo excepciones de mérito, de las cuales se ordena surtir el traslado respectivo. (c. digital 26) (art. 391 CGP en concordancia con el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).

Auto

IMPUGNACION DE MATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00581-00

DAVID BITTON

08 de febrero de 2023

 Vencido el término de traslado de la demanda (c. digital 19) la pasiva contestó allanándose a los hechos y pretensiones del libelo (c. digital 17).

Del resultado de la prueba de ADN practicado por el Laboratorio de Genética Molecular de Colombia GMC (Fl. 6 a 8 c. digital 3), súrtase el traslado de que trata el artículo 386 numeral 2 inciso 2 del CGP. Vencido el término respectivo ingrese el expediente al despacho para resolver.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00737-00

DERLY CAROLINA SUTA

08 de febrero de 2023

EJECUTIVO DE ALIMENTOS LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00737-00

 

08 de febrero de 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2022-00740-00

DORIS MORENO ULLOA

08 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado (2)

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00035-00

ALIX CRISTINA MEINA RAMIREZ

08 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio de los NNA Sara Valentina y Diego Alejandro Peláez Medina (art. 28 y 82 CGP CGP).

Informe cuál es la ciudad de domicilio de la ejecutante y del ejecutado (art. 82 CGP).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP.

Auto

FILIACION

1100131-10-027-2023-00037-00

JOHAN DAVID LOPEZ MUÑOZ

 

08 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Informe cuál es la ciudad de domicilio de los demandados (art. 28 y 82 CGP).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP en concordancia con el inciso 5 art. 6 de la Ley 2213 de 2022

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00039-00

 

08 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Adecue el poder y el encabezado de la demanda para manifestar que la demandante actúa en representación de la NNA Alicia García Rodríguez (art 74 y 82 CGP).

Indique cuál es la ciudad de domicilio de la NNA Alicia García Rodríguez (art. 28 y 82 CGP CGP).

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2023-00044-00

YAQUELINE SALCEDO GUERRERO

08 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique puntualmente cuál era el estado civil del causante (art. 82, 87 y 487 CGP).

Como se anuncia el interés que le asistiría a la menor hija del causante allegue su registro civil de nacimiento con el respectivo reconocimiento paterno a fin de acreditar el parentesco. (arts. 488 – 3º, 489 – 8º CGP).

Manifieste la demandante si acepta la herencia pura y simple o con beneficio de inventario (art. 82 y 488-4 CGP).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00049-00

MARIA CONSUELO MEZA ESCOBAR

08 de febrero de 2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Informe cuál es la ciudad del domicilio de las NNA Juliana e Isabella Gutiérrez Meza (art. 28 y 82 CGP).

Indique la ciudad de domicilio de la ejecutante y del ejecutado (art. 82 CGP).

Allegue subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP.

Auto

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2023-00054-00

DAILYN YARLEDY PACHON MARTINEZ

08 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio del menor Ian Felipe Puerto Pachón (art 28 y 82 CGP).

Informe cuál es la ciudad de domicilio de la demandante (art 82 CGP).

Acredite la demandante el envío de la demanda y los anexos al demandado (Inciso 4 art. 6 Ley 2213 de 2022).

Aporte subsanación de conformidad a lo normado por los artículos 82 y 89 del CGP y el inciso 5 del artículo 6 Ley 2213 de 2022.

Auto

 

AUTOS DE CUMPLASE

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2022-00740-00

DORIS MORENO ULLOA

08 de febrero de 2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado (2)

 

Estado N. 019

FECHA DE ESTADO: 08 de febrero de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2020-00591-00

 

07 de febrero de 2023

 En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D. C., RESUELVE: Ejecutivos de alimentos. Rad.1100131-10-027-2020002022-00591-00 (Reposición)

 

PRIMERO: NO REPONER el auto dictado el 14 de diciembre de 2022 (c.digital 17).

SEGUNDO: Secretaría cumpla las órdenes dispuesta en la providencia recurrida.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE

 

 

Auto

DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00463-00

CAMILO ANDRES MAYORGA MAHECHA

07 de febrero de 2023

 

 No se accede por extemporánea a la solicitud frente al auto del 12 de julio de 2022 (c. digital 25).

Secretaria cumpla lo dispuesto en el ordinal 4 de la decisión del 12 de julio de 2022 (c. digital 23).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00686-00

JUANA  MARIA BELEN CANCINO

07 de febrero de 2023

 

 No se tiene en cuenta la notificación personal al ejecutado (c. digital 22), en razón a que no se acreditaron las manifestaciones y evidencias de que trata el inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 y no se aportó el acuse de recibo de la comunicación. (Inciso 4 artículo 8 ibídem).

Acredite la actora la notificación al demandado, para lo cual se le conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso (art. 317 CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00074-00

DIEGO EDISSON CONDE RAMIREZ

07 de febrero de 2023

 No se tiene en cuenta la notificación personal al ejecutado (c. digital 22), en razón a que no se acreditaron las manifestaciones y evidencias de que trata el inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 y no se aportó el acuse de recibo de la comunicación. (Inciso 4 artículo 8 ibídem).

 

Acredite la actora la notificación al demandado, para lo cual se le conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso (art. 317 CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00142-00

VIVIANA PAOLA PULIDO PULIDO

07 de febrero de 2023

 Conforme con el acta vista en folio 58 del cuaderno digital 14 se considera al ejecutado notificado personalmente a través del abogado, ANDRÉS AUGUSTO GACHA SUÁREZ, a quien se reconoce como su apoderado (Fl. 55 c. digital 14) y que no propuso excepciones de mérito, por lo que atendiendo los parámetros del inciso 2º del artículo 440 del CGP el despacho RESUELVE:

PRIMERO: SEGUIR adelante la ejecución contra CÉSAR ANDRÉS VELASCO TORRES, y a favor de JUAN CAMILO VELASCO PULIDO y SAMUEL VELASCO PULIDO, este último representado por su progenitora VIVIANA PAOLA PULIDO PULIDO, en la forma y términos del mandamiento ejecutivo librado por auto de 11 de mayo de 2022 (c. digital 13).

SEGUNDO: Efectúese la liquidación de crédito (art. 446 CGP).

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00170-00

NESTOR LÓPEZ ROBAYO

07 de febrero de 2023

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad

de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR el trabajo de partición de los bienes de la sociedad conyugal surgida entre NÉSTOR LÓPEZ ROBAYO y MYRIAM CERÓN de LÓPEZ.

SEGUNDO: INSCRIBIR esta decisión ante las autoridades pertinentes. Ofíciese.

TERCERO: PROTOCOLÍCESE el trabajo de partición y la presente sentencia ante una Notaría del Círculo de esta ciudad, a elección de las partes.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00185-00

LEONARDO RAMIREZ CARDOZO

07 de febrero de 2023

 Obedézcase y cúmplase lo resuelto por el Superior, mediante providencia del 19 de diciembre de 2022 (c. digital 42).

Secretaría liquide las costas autorizadas por el Superior en el ordinal segundo de la decisión del 19 de diciembre de 2022 (Fl. 4 c. digital 42).

Como quiera que los interesados no nombraron partidor de consuno y en término otorgado por auto del 13 de octubre de 2022 (c. digitales 31, 35 y 36), el despacho designa a los Drs(as) 1. RAFAEL ANDRÉS GARCÍA PABÓN, 2.CELMIRA AMARIS ECHAVEZ, 3. RAQUEL SOFÍA VILLAREAL CONTRERAS, de la lista oficial en la especialidad de PARTIDOR. Para realizar la labor encomendada en auto del 13 de octubre de 2022 (c. digital 31), cuenta el auxiliar de la justicia con el término de diez (10) días, a partir de la aceptación al cargo (art. 48 -1º CGP). Comuníquese.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00449-00

MARITZA SUESCUN MODESTO

07 de febrero de 2023

Cumplido el ritual procesal al tenor del artículo 523 del CGP en concordancia con el 501 ibídem se señala la hora de las 02:30 pm del día 15 del mes de febrero del año 2023, con el fin de llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos.

La Secretaría informará a los interesados el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial.

Auto

FILIACION

1100131-10-027-2023-00005-00

NESTOR YOBANY HERRERA

07 de febrero de 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio del demandante y de los demandados (art 28 y 82 CGP).

Manifieste si se ha iniciado proceso de sucesión del causante LIBARDO PARDO VILLAMIL, en caso afirmativo indique en cuál juzgado se surte el trámite y quiénes están reconocidos como herederos (art 87 CGP).

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2023-00032-00

EL VIA MARIA QUINTERO AVENDAÑO

 

07 de febrero de 2023

 Revisado el libelo encuentra el despacho que carece de competencia para el conocimiento del asunto, como quiera que el bien relicto relacionado como partida única no supera en su avalúo la menor cuantía (art. 26-5 CGP) por lo que se impone el rechazo de la demanda por falta de competencia funcional y su remisión para la distribución entre los Jueces Civiles Municipales - Reparto de Bogotá, para lo de su cargo, en tanto se informa que fue esta ciudad el último domicilio de la causante, en consecuencia, con base en lo ordenado por el artículo 90 CGP, se dispone:

PRIMERO: Rechazar la demanda por falta de competencia funcional.

SEGUNDO: Remítase el asunto a los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá - Reparto. Ofíciese.

Auto

 

Estado N. 018

FECHA DE ESTADO: 07 de febrero de 2023

 

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2022-00159-00

MARIA CAROLINA GOMEZ HERNANDEZ

06 de febrero de 2023

 

 No se tiene en cuenta la renuncia al poder arrimada por el abogado LUIS ERNESTO MORA RODRÍGUEZ (c. digital 67) hasta tanto cumpla con lo reglado por el inciso 4 el artículo 76 del CGP.

Del trabajo de partición presentado por Auxiliar de Justicia (c. digital 68), súrtase el traslado de que trata el artículo 509 del CGP.

Auto

LIQUIDACION SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00169-00

JAIRO ERNESTO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

06 de febrero de 2023

 

 Se tiene en cuenta la dirección aportada por el apoderado del demandante para la notificación de la ejecutada (c. digital 21), con todo, no es efectiva la notificación por aviso a la ejecutada (c. digital 22), en tanto la comunicación carece de fecha (art 291 y 292 CGP).

Auto

LIQUIDACION SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00174-00

LIZETH KARINA VALENCIA ALONSO

06 de febrero de 2023

 

 De conformidad con lo previsto en el numeral 2° del artículo 509 del CGP., y considerando que el trabajo de partición presentado por Auxiliar de la Justicia (c. digital 29) se ajusta a derecho, hay lugar a impartirle aprobación.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad

de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR el trabajo de partición de los bienes de la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes, LIZETH KARINA VALENCIA ALONSO y JOSÉ REINEL MONTAÑA MONTAÑA.

SEGUNDO: INSCRIBIR esta decisión ante las autoridades pertinentes. Ofíciese.

Auto

PETICION DE HERENCIA

1100131-10-027-2022-00315-00

JUAN DE JESUS BOHORQUEZ CAMACHO

06 de febrero de 2023

 

 Sin lugar a tener en cuenta el citatorio al demandado (c. digital 22) en tanto en la comunicación no se indicó la naturaleza del asunto, la fecha de la providencia admisoria, el término con que cuenta el pasivo para comparecer a notificarse personalmente, a más de que no se aportó la certificación de entrega de las misivas. (art. 291 CGP).

No se accede al emplazamiento de Edwin de Jesús Bohórquez Villegas (Fl. 2 c. digital 22) en razón a que la certificación postal no cumple con la exigencia del artículo 293 CGP.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00487-00

JUAN DAVID NIETO CASTIBLANCO

06 de febrero de 2023

 

 Sin lugar a tener en cuenta la notificación personal a la demandada (c. digitales 21 y 22), como quiera que el Decreto 806 de 2020 que se alude se halla derogado a más de que no se acreditaron las manifestaciones ni evidencias de que trata la Ley 2213 de 2022, respecto de la dirección electrónica de la pasiva.

De conformidad al poder aportado (Fl. 6 c. digital 24), se reconoce al abogado EDISON ALEXIS CASTRO BARRERA como apoderado de MÓNICA ANDREA LOZADA BERNAL, y se tiene en consecuencia a la demandada notificada por conducta concluyente del auto admisorio de la demanda (núm. 2° art. 301 CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem y vencidos los mismos ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00487-00

JUAN DAVID NIETO CASTIBLANCO

 

06 de febrero de 2023

Medidas cautelares

Reserva

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00538-00

NANCY ESPERANZA PALACIOS RUBIANO

06 de febrero de 2023

 

 Conforme con el acta vista en cuaderno digital 18 se considera al demandado notificado personalmente.

Como quiera que lo pedido por el pasivo (c. digital 18) se ajusta a lo dispuesto por los artículos 151 y 152 del CGP, se le concede amparo de pobreza y se designa al Dr. doctor (a) WILSON MENA MORENO para que actúe como su apoderado y cúrsesele el traslado de la demanda (a). Comuníquese por el medio más expedito, (arts. 48 numeral 7º y 49 del CGP). Adviértase al designado (a) que la no aceptación injustificada del cargo da lugar a las sanciones de que tratan los artículos 50 y el inciso 3 del artículo 154 ibídem.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNM

1100131-10-027-2022-00732-00

NOHORA LILIANA TORO BAUTISTA

06 de febrero de 2023

 

 Subsanada, ADMÍTASE la demanda de DECLARACIÓN de EXISTENCIA de UNIÓN MARITAL de HECHO entre COMPAÑEROS PERMANENTES incoada a través de apoderado por NOHORA LILIANA TORO BAUTISTA contra DIANA MARCELA y RAQUEL ZAMBRANO TORO y los herederos indeterminados del causante REINEL ZAMBRANO ALDANA.

Dese a la presente demanda el trámite del proceso verbal (art. 368 CGP). Notifíquese a las demandadas conforme el CGP y la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase el traslado respectivo.

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2022-00815-00

NANCY LEONOR WILCHES SANCHEZ

06 de febrero de 2023

 

 Subsanada, ADMÍTASE la demanda de ADJUDICACIÓN DE APOYOS incoada a través de apoderado por GIOVANNA WILCHES SÁNCHEZ, ALEXANDRA WILCHES SÁNCHEZ, ANNETH CONSTANZA WILCHES SÁNCHEZ, NANCY LEONOR WILCHES SÁNCHEZ, LILIANA WILCHES SÁNCHEZ y HERLY DANIEL WILCHES SÁNCHEZ respecto de la señora LEONOR SÁNCHEZ.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00900-00

KARINA GÓMEZ BORJA

06 de febrero de 2023

 

 Por reunir los requisitos de ley, se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO a favor de los ÁNGEL JERÓNIMO CORONA GÓMEZ, representados por su progenitora KARINA GÓMEZ BORJA, contra DAVID CORONA BERNARDO, con base en acta de conciliación suscrita ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá el 12 de diciembre de 2019 así:

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00900-00

KARINA GÓMEZ BORJA

06 de febrero de 2023

MEDIDAS ACUTELARES

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00903-00

MARIA NUBIA ROMERO DAZA

06 de febrero de 2023

 

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP., se inadmite la anterior demanda, para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Aclare el poder en cuanto a identificar los extremos demandante y demandado lo mismo que respecto de la acción de Unión Marital de Hecho que persigue (art. 82 y 74 CGP).

Informe si se ha iniciado proceso de sucesión de los fallecidos Enrique Romero Forigua y María Elvira Vicenta Daza Rodríguez, en caso afirmativo indique en cuál juzgado se surte el trámite y quiénes están reconocidos como herederos (art 87 CGP).

 

Buena tarde

Acuso recibido.

 

Cordialmente,

Leidy Johanna Tolosa Rojas

Asistente Socialtarde

Acuso recibido.

 

Cordialmente,

Leidy Johanna Tolosa Rojas

Asistente SocialCESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00013-00

MIRYAM JANETH CEBALLOS FIESCOS

06 de febrero de 2023

 

 Por reunir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO incoada a través de apoderado por MYRIAM YANETH CEBALLOS FIESCO contra FABIO WILYAM ZAMBRANO RICO.

Dese a la presente demanda el trámite del proceso verbal (art. 368 CGP). Notifíquese al demandado conforme el CGP y la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase el traslado respectivo.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00013-00

MIRYAM JANETH CEBALLOS FIESCOS

06 de febrero de 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2023-00015-00

ECCEHOMO CRUZ CRUZ

06 de febrero de 2023

 

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP se inadmite la anterior demanda para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Aporte relación de parientes por línea materna y paterna de la NNA Erika Julieth Cruz Villegas e informe las direcciones para sus notificaciones (art. 84 y 395 CGP y 61 C.C).

Auto

IMPUGNACION DE MATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00030-00

CARL MAGNUS JONSSON

06 de febrero de 2023

 

 Por cumplir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de IMPUGNACIÓN DE MATERNIDAD instaurada a través de apoderado por CARL MAGNUS JONSSON, en representación de la NNA INGRID CORNELIA JONSSON ZUÑIGA contra LAURA JOHANNA ZUÑIGA CAMPO.

Dese a la presente demanda el trámite del proceso verbal, (artículo 368 CGP). Notifíquese a la demandada conforme al CGP y la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase traslado respectivo.

Auto

 

Estado N. 017

FECHA DE ESTADO: 06 de febrero 2023

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2019-00753-00

EDILBERTO FOERO VILLALOBOS

3 de febrero de  2023

 

 No se tiene en cuenta la corrección al trabajo de partición presentada por el apoderado Esneyder Carranza Ortiz, (c. digital 27), hasta tanto obre suscrito también por el abogado Edgar Fernando Rodríguez Castiblanco, comoquiera que fueron ellos designados para la elaboración de la distributiva.

Auto

LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00529-00

DIANA ROCIO ALVAREZ OSPINA

3 de febrero de  2023

Conforme con elacta vista en cuaderno digital 16 se considera a la demandada notificada  personalmente  a  través  de  la  abogada,  MARÍA  CAROLINA  LÓPEZ MERCHÁN,  a  quien  se  reconoce  como  su  apoderada  (c.  digital  15)  y  que intervino sin proponer excepciones previas. (c. digital 18).

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2021-00190-00

YEIMI LORENA JIMENEZ MANCERA

3 de febrero de  2023

 Subsanada, ADMÍTASE la demanda de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL presentada a través de apoderado por YEIMI LORENA JIMÉNEZ MANCERA contra RICARDO ANDRÉS MUÑOZ ROJAS.

 

Tramítese por el proceso de liquidación previsto por el artículo 523 del CGP.

 

Notifíquese al demandado conforme al CGP en concordancia con la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase traslado respectivo.

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00749-00

DIVANI PAOLA RODRIGUEZ SALGADO

3 de febrero de  2023

Como quiera que el escrito subsanatorio (c. digital 10) no atiende la orden del auto de inadmisión en tanto no se indicó cual es la ciudad de domicilio de la demandante y de los NNA LIAM TOMÁS y WILMAR JULIÁN RODRÍGUEZ SALGADO, no se adecuó el encabezado de la demanda para acumular la petición de privación de patria potestad y no se acreditó el envío de la demanda, de los anexos y de la subsanación al demandado, con base en la autorización del artículo 90 del CGP, el despacho dispone:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: Archívese el expediente.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-0753-00

SUSANA MONTOYA BEDOYA

3 de febrero de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de DECLARACIÓN de EXISTENCIA de UNIÓN MARITAL de HECHO y de la SOCIEDAD PATRIMONIAL entre COMPAÑEROS PERMANENTES incoada a través de apoderado por SUSANA MONTOYA BEDOYA contra los herederos indeterminados del causante CAMILO IGNACIO PULIDO NOPE.

Dese a la presente demanda el trámite del proceso verbal (art. 368 CGP).

Con fundamento en el art. 293 del CGP, se ordena el emplazamiento de los HEREDEROS INDETERMINADOS del causante CAMILO IGNACIO PULIDO NOPE, proceda Secretaría en la forma establecida en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022 en concordancia con el artículo 108 del CGP.

Auto

EJECUTIVO POR OBLIGACION DE HACER

1100131-10-027-2022-00897-00

DAVID CARDONA TAMAYO

 

3 de febrero de  2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Informe cuál es la ciudad del domicilio de la NNA Olivia Cardona Eilers Smith (art. 28 y 82 CGP).

Aporte el registro civil de nacimiento de la NNA Olivia Cardona Eilers Smith. (art. 82 CGP).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00909-00

ERIKA LO RENA HERNANDEZ MORA

3 de febrero de  2023

 

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada de la siguiente manera:

Indique cuál es la ciudad de domicilio del NNA Ángel Daniel Barriga Hernández (art. 28 y 82 CGP).

Informe la ciudad de domicilio de la ejecutante y del ejecutado. (art. 82 CGP).

Allegue las direcciones para las notificaciones de la demandante y del demandado (art. 82 CGP).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00911-00

LUZ NELLY RODRIGUEZ PEÑA

 

3 de febrero de  2023

Libra mandamiento de pago

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00911-00

LUZ NELLY RODRIGUEZ PEÑA

 

3 de febrero de  2023

M.C

Reservado

 

Estado N. 016

FECHA DE ESTADO: 03 de febrero 2023

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2021-00178-00

LUIS ALFONSO AGUILAR OBANDO

02 de febrero de  2023

SOCIEDAD CONYUGAL presentada a través de apoderada por LUIS ALFONSO AGUILAR OBANDO contra YESENIA CASTRO SABID.

Tramítese por el proceso de liquidación previsto por el artículo 523 del CGP.

Auto

SUCESION INTESTADA

1100131-10-027-2021-00255-00

MONICA MARIA ANZOLA HENAO

 

 Se tiene notificada por aviso a la cónyuge supérstite del causante, señora MIRYAM ELSA HENAO GRANADOS, se le requiere para que manifieste si opta por porción conyugal o por gananciales, elección que deberá hacer antes de la diligencia de inventarios y avalúos, so pena de asumir que optó por gananciales (inciso 1 art 495 CGP).

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL Y DEMANDA DE RECONVENCION

1100131-10-027-2021-00286-00

CARLOS FERNANDO BALLESTEROS

 

 

 El traslado de las excepciones de mérito a la demanda principal venció en silencio (c. digital 33).

Al tenor de lo dispuesto por los artículos 372 (parágrafo) y 373 del CGP, se señala la hora de las _08:30 am del día 06 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente con la prevención de que se practicarán sus interrogatorios. Se les advierte asimismo que su inasistencia o su retiro injustificado, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

ADJUDICACION DE APOYOS JUDICIALES

1100131-10-027-2021-00566-00

MARIA GLADYS ZAMORA

 

 El traslado de los informes de valoración de apoyos respecto de los señores NILTON y MARÍA MERY ZAMORA venció en silencio.

Al tenor del artículo 38-7 de la Ley 1996 de 2019, en concordancia con el artículo 392 del CGP, se señala la hora de las 08:30 am del día 02 del mes de marzo del 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-0635-00

LUYER MILGREY BUENO

 

 El traslado de las excepciones de mérito propuestas por el Curador Ad-litem de los herederos indeterminados del causante Camilo Andrés Lagos Dalemán venció en silencio (c. digital 33).

Al tenor de lo dispuesto por los artículos 372 (parágrafo) y 373 del CGP, se señala la hora de las 08:30 am del día 01 del mes de marzo del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente con la prevención de que se practicarán sus interrogatorios. Se les advierte asimismo que su inasistencia o su retiro injustificado, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO Y DEMANDA DE RECONVENCION

1100131-10-027-2022-00031-00

FABIO AUGUSTO MARROQUIN

 

 Descorrido el traslado a la demanda principal y en silencio el traslado de las exceptivas a la de reconvención (c. digital 27).

Al tenor de los arts. 372 (parágrafo) y 373 del CGP, se señala la hora de las 8:30 am del día 27 del mes de febrero del año 2023, para llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento respecto de la demanda principal y de reconvención. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la audiencia con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios de parte. Se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la audiencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el art. 372 numeral 4º del CGP.

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00352-00

MILENE CALDERON MIELES

 

 

 Conforme lo manifestado por la demandante (c. digital 29) se reprograma la audiencia convocada por auto del 16 de enero de 2023 y para el efecto, se fija el día 28 de febrero de 2023 a las 08:30 am, para llevar a cabo la vista judicial.

La Secretaría informará el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial

Auto

 

Estado N. 015

FECHA DE ESTADO: 02 de febrero 2023

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2019-00281-00

JOHANNA TOVAR VASQUEZ

01 de Febrero de  2023

Para la notificación al demandado, se le concede a la parte actora treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Notifíquese al señor Defensor de Familia y ténganse en cuenta que la demandante actúa a través de dicha agencia.

Auto

REGLAMENTACION DE VISITAS

1100131-10-027-2019-00505-00

MONICA LILIANA BENAVIDES MORA

01 de Febrero de  2023

Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 6 de octubre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

TERCERO: Notifíquese al señor Defensor de Familia y ténganse en cuenta que la demandante actúa a través de dicha agencia

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2020-00494-00

HECTOR MANUEL OTALORA GACHA

01 de Febrero de  2023

Acredite la actora la notificación al demandado, para lo cual se conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

 

Auto

PRIVACION  DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00274-00

JOHANNA ROMERO CUEVAS

01 de Febrero de  2023

Se requiere a la demandante para que acredite la notificación al pasivo, para lo cual se conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Notifíquese al señor Defensor de Familia, en tanto se advierte que la demandante actúa a través de dicha agencia.

Auto

PERMISO PARA SALIR DEL PAIS

1100131-10-027-2021-00542-00

TANIA YISELA SALAZAR TAMAYO

01 de Febrero de  2023

 Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 10 de octubre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

TERCERO: Notifíquese al señor Defensor de Familia y ténganse en cuenta que la demandante actúa a través de dicha agencia

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00158-00

DEICY SOOIR BOLAÑOS VALDES

01 de Febrero de  2023

 Se deja sin efecto el auto dictado el 12 de octubre de 2022 (c.digital 20) y en su lugar se resuelve con base en lo normado por el artículo 523 del CGP, no imprimir trámite al escrito de contestación de demanda radicado por la Curadora Ad Litem de la demandada en cuanto no es esta actuación concebida dentro del trámite que se ventila

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00382-00

ROS JINNETH ALEJANDRA MONTAÑO

01 de Febrero de  2023

Se rechazan por extemporáneos los recursos de reposición y apelación formulados conforme los escritos glosados en cuadernos digitales 4 de la carpeta de medidas cautelares y 17 del cuaderno principal.

Frente al deber de asistencia alimentaria, custodia y visitas, deberán atender las partes el sentido y alcance de los acuerdos vigentes a la fecha y aquellas decisiones emanadas de autoridad competente.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00436-00

MARIA ESPERANZA IBAÑEZ NOVOA

01 de Febrero de  2023

Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 01 de septiembre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

 

Auto

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00463-00

JENNY JOHANNA ANDRADE TELLEZ

01 de Febrero de  2023

Se tiene acreditado el emplazamiento de los parientes por línea paterna de la NNA MARÍA VICTORIA GARCÍA ANDRADE. (c. digital 17).

Se requiere a la demandante para que acredite la notificación de los parientes por línea materna de la NNA MARÍA VICTORIA GARCÍA ANDRADE y la vinculación del pasivo, para lo cual se conceden treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término respectivo y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer

Auto

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00539-00

LUZ MARINA ANGEL CORREDOR

01 de Febrero de  2023

784Acredítese la vinculación de la titular del acto jurídico, CARMEN JULIA CORREDOR de ÁNGEL. (art 38 Ley 1996 de 2019).

Ofíciese a la Personería de Bogotá en solicitud de información sobre el trámite del oficio No.1349 conforme con la comunicación dirigida el 30 de septiembre de 2022. Adjúntese copia de la misiva y del correo en comento. (c. digital 14).

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00784-00

NELSON DANIEL MARTINEZ GOMEZ

01 de Febrero de  2023

Se agrega el escrito de subsanación de demanda (c. digital 9).

So pena de rechazo de la demanda se concede el término de ejecutoria de esta providencia a los solicitantes para que informen la ciudad del último domicilio conyugal en el territorio nacional (art. 28 CGP).

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00785-00

WILLIAM RICARDO VALENCIA VAQUERO

01 de Febrero de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL incoada de MUTUO ACUERDO a través de apoderado por WILLIAM RICARDO VALENCIA BAQUERO y CRISNET LIZETH MORA BEJARANO.

A esta acción imprímasele el trámite de jurisdicción voluntaria establecido en el artículo 577 del CGP.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00788-00

NILFA PILAR MORENO NEUSA

01 de Febrero de  2023

 

 Por extemporáneo el escrito de subsanación de demanda (c. digital 11), con base en lo dispuesto por el artículo 90 del CGP, el juzgado dispone:

PRIMERO: Rechazar la demanda.

SEGUNDO: archívese el expediente.

TERCERO: Secretaría solicite la COMPENSACIÓN de este proceso.

Auto

CUSTODIA Y REGULACION DE VISITAS

1100131-10-027-2022-00832-00

SANDRA MILENA LUNA CORTES

01 de Febrero de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de Custodia y Reglamentación de Visitas, incoada a través de apoderada por la señora SANDRA MILENA LUNA CORTÉS, en representación de la NNA EVELIN MARIANA LADINO LUNA contra YOVANNY ALEXANDER LADINO GARZÓN.

Auto

FILIACION EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00841-00

LUZ CLARA GUERRA

01 de Febrero de  2023

Conforme lo manifestado por el Curador Ad-litem designado (c. digital 29), se le releva del cargo (art 49 CGP), y en su lugar, se nombra al abogado (a) SOL MARINA BARRETO. Comuníquese para que proceda a notificarse del auto admisorio de la demanda. (art. 48-7 CGP).

Auto

MP

1100131-10-027-2023-00033-00

COMISARIA QUINTA DE FAMILIA USME

01 de Febrero de  2023

 

Reservado

 

AUTOS DE CUMPLASE

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00008-00

LUISA FERNANDA SAAVEDRA CAITA

01 de Febrero de  2023

 

Reservado

 

 

Estado N. 014

 

FECHA DE ESTADO: 01 de febrero 2023

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00524-00

EDGAR DAVID GARZON VEGA

31  de Enero de  2023

Se inadmite la demanda so pena de rechazo

Auto

INVESTIGACION DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00524-00

EDGAR DAVID GARZON VEGA

31  de Enero de  2023

Estese la demandante a lo resuelto en sentencia del  24  de enero de  2022

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2021-00484-00

BLADIMIR SALAS DIAZ

31  de Enero de  2023

Como quiera que le curador ad litem designado para el cargo no manifestó aceptación se releva del cargo.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00507-00

YOLANDA ROSA LORA MOOGROVEJO

31  de Enero de  2023

Se agrega la comunicación remitida por Nueva EPS y administrador de Fondos de pensiones y cesantías Protección
Se ordena a la demandante acreditar la vinculación del demandado.

Auto

DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00560-00

YOSELINNE DENNISE QUINTERO

31  de Enero de  2023

Conforme a lo manifestado por el Curador Ad litem se releva del cargo y se designa a Andrés Angarita Gómez

Auto

SANCION POR OCULTAMIENTO DE BIENES

1100131-10-027-2021-00779-00

ERIKA LILIANA PINTO CARDENAS

31  de Enero de  2023

Declarar impróspera la excepción previa de "ineptitud de la demanda por falta de requisitos formales propuesta por los demandados.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00004-00

SULMA YOLIMA GAURIN

31  de Enero de  2023

 De conformidad con el memorial del abogado JONATHAN MIGUEL DURÁN DUARTE (c. digital 25), se reconoce como apoderado de CARLOS ALBERTO GÓMEZ ROJAS y se tiene en consecuencia al ejecutado notificado por conducta concluyente (numeral 2° del art 301 del CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem.

Auto

ADJUDICACION DE APOYOS JUDICIALES

1100131-10-027-2022-00024-00

SOFIA MATEUS TRIVALDOS

31  de Enero de  2023

 Se tiene notificados a POLIODORO MATEOS TRIVALDOS y ERNESTINA MATEUS TRIBALDOS, según las documentales vistas en cuaderno digital 14 (art. 291 y 292 CGP).
 

El informe técnico de valoración de apoyos respecto de POLIODORO MATEOS TRIVALDOS y ERNESTINA MATEUS TRIBALDOS (c. digital 16), se mantiene agregado y sobre su trámite se resolverá en oportunidad.

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00173-00

LUZ ELENA BELTRAN CASTRO

31  de Enero de  2023

 Estese la apoderada del demandado (c. digital 33) a la regla procesal respecto de la solicitud de inventarios adicionales (art 502 CGP).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS MAYOR DE EDAD

1100131-10-027-2022-00194-00

ANGELICA VANESA MARTINEZ MATEUS

31  de Enero de  2023

Se decreta: El embargo del 50% de la mesada pensional que percibe el ejecutado GREGORIO MARTÍNEZ MUÑOZ, identificado con C.C. No.5.745.941, sumas que deberán ser descontadas por el pagador o quien haga sus veces de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – CASUR, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes y puestos a disposición de este despacho, en la cuenta de depósitos judiciales No.110012033027 del Banco Agrario, con referencia a este proceso y a nombre de la demandante ANGÉLICA VANESA MARTÍNEZ MATEUS, identificada con la C.C. 1.016.592.252. OFÍCIESE y remítase por el medio más expedito.

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00238-00

PAOLA CAROLINE RODRIGUEZ

31  de Enero de  2023

De conformidad al poder aportado (c. digital 44), se reconoce a la abogada DIANA MIRENA ESPINOSA NARVÁEZ como apoderada de JUAN CARLOS BARRERO GONZÁLEZ, y se tiene en consecuencia al demandado notificado por conducta concluyente del auto admisorio de la demanda (núm. 2° art. 301 CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem y vencidos los mismos ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00270-00

SANTIAGO VALBUENA SARMIENTO

31  de Enero de  2023

 Descorrido el traslado de las excepciones de mérito (c. digital 21), al tenor de lo dispuesto por los artículos 372 (parágrafo) y 373 del CGP se señala la hora de las 08:30 am del día 23 de febrero del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00301-00

YULI NATALIA GONZALEZ HURTADO

31  de Enero de  2023

 Se reconoce a la abogada DORA LIGIA GONZÁLEZ PÁEZ, como apoderada de IOANIS ALFONSO VALENCIA AMAYA, conforme el de poder aportado (c. digital 16).

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00301-00

YULI NATALIA GONZALEZ HURTADO

31  de Enero de  2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00364-00

 

ALVARO RUIZ SIERRA

31  de Enero de  2023

 Sin lugar a tener en cuenta el citatorio remitido a la demandada (c. digital 13) en tanto no se identificó el juzgado junto con la dirección, la comunicación no tiene fecha de diligenciamiento y no se indicó el término con el que cuenta la demandada para comparecer a notificarse personalmente (art 291 CGP).

Auto

AUTORIZACION JUDICIAL PARA PARTICION EN VIDA

1100131-10-027-2022-00800-00

HERNANDO JOSUE MERIN MORALES

31  de Enero de  2023

Vencido en silencio el término concedido por auto del 28 de noviembre de 2022 y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias.

Auto

PETICION DE HERENCIA

1100131-10-027-2022-00824-00

RUCKY JOESEEPH CIFUENTES GONZALEZ

31  de Enero de  2023

Vencido en silencio el término concedido por auto del 28 de noviembre de 2022 y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00829-00

MARY JOHANNA VALBUENA RAMÍREZ

31  de Enero de  2023

Vencido en silencio el término concedido por auto  y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00831-00

YEIMMY ANDREA MEJÍA LINARES

31  de Enero de  2023

Vencido en silencio el término concedido por auto y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias.

Auto

 

AUTOS DE CUMPLASE

 

Clase de proceso

N de proceso

Demandante / Casante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisin

Auto

ADJUDICACION DE APOYOS

1100131-10-027-2021-00781-00

ENRIQUE MONROY CIFUENTES Y RAFAEL EDUARDO AVELLA BONILLA

31  de Enero de  2023EJE

 

 Cumpla Secretaría la notificación al señor Agente del Ministerio Público dispuesta en el inciso 3 de la providencia del 12 de octubre de 2022 y en lo sucesivo atienda fielmente las órdenes contenidas en autos y absténgase de ingresos innecesarios.

CÚMPLASE,

Auto

 

DIANA PAOLA REYES SANCHEZ

 

 

 

REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

JUZGADO VEINTISIETE DE FAMILIA

 

 

 

Estado N. 034

FECHA DE ESTADO: 01 de marzo de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

INDIGNIDAD PARA SUCEDER

1100131-10-027-2022-00452-00

28/02/2023

Aprueba costas

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00899-00

28/02/2023

Admite

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00904-00

28/02/2023

Rechaza

1 AUTO

 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2022-00907-00

28/02/2023

Rechaza

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA 

1100131-10-027-2023-00140-00

28/02/2023

Admite

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 035

FECHA DE ESTADO: 02 de marzo de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2019-00410-00

01/03/2023

Se requiere a la apoderada demandante

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00727-00

01/03/2023

No se tiene efectiva la notificación por aviso

1 AUTO

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD

1100131-10-027-2021-00829-00

01/03/2023

DECRETAR la terminación del proceso

1 AUTO

 

PATRIMONIAL

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00219-00 01/03/2023 Acredite la actora la notificación al ejecutado 1 AUTO  
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00249-00

01/03/2023

Se acepta la sustitución de poder

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00305-00

01/03/2023

Acredite la actora la notificación al demandado

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE MATERNIDAD

11001-31-10-027-2022-00438-00

01/03/2023

SENTENCIA

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00525-00

01/03/2023

1 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

2 Reservado

 

DIVORCIO

1100131-10-027-2022-00677-00

01/03/2023

1 Ordena surtir traslado. 2 Medidas cautelares, reservado.

1 AUTO

2 Reservado

 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00811-00

01/03/2023

Ordena surtir traslado

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00820-00

01/03/2023

Se requiere a la actora

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00842-00

01/03/2023

So pena de rechazo de la demanda se concede el término de ejecutoria

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00850-00

01/03/2023

1 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

 

2 Reservado

 

 

 

 

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00871-00

01/03/2023

1 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

 

2 Reservado

 

 

 

 

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00879-00

01/03/2023

DECLÁRESE abierto y radicado el proceso de sucesión

1 AUTO

 

INVESTIGACIÓN de PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00890-00

01/03/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00892-00

01/03/2023

So pena de rechazo de la demanda se concede el término de ejecutoria

1 AUTO

 

CUSTODIA y FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00896-00

01/03/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00898-00

01/03/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00902-00

01/03/2023

Rechazar la anterior demanda

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00906-00

01/03/2023

1 ADMÍTASE la demanda. 2 Medidas cautelares, reservado

1 AUTO

2 Reservado

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2023-00023-00

01/03/2023

Se tiene acreditado el envío del citatorio al titular del acto jurídico

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

TUTELA

110013110027202300104-00

01/03/2023

FALLO

1 AUTO

 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-006-2014-00888-00

01/03/2023

Sin lugar a tener en cuenta el traslado

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 036

FECHA DE ESTADO: 03 de marzo de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2010-00044-00

02/03/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2019-00277-00

02/03/2023

se reconoce al abogado RAFAEL GILBERTO GUZMÁN MELO

1 AUTO

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2019-00756-00

02/03/2023

Medidas cautelares

Reservado

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00524-00

02/03/2023

Rechaza

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2022-00264-00

02/03/2023

Se señala la hora de las 08:30 am del día 12 del mes de abril del 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia.

1 AUTO

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00275-00

02/03/2023

DECRETAR la terminación del proceso

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00489-00

02/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00807-00

02/03/2023

Notificado personalmente el demandado

1 AUTO

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00036-00

02/03/2023

1 Admite. 2 Medidas cautelares

1 AUTO

2 Reservado

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00105-00

02/03/2023

Inadmite

1 AUTO

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00107-00

02/03/2023

Inadmite

1 AUTO

NULIDAD DE MATRIMONIO CATÓLICO

1100131-10-027-2023-00113-00

02/03/2023

EJECÚTESE

1 AUTO

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00115-00

02/03/2023

Inadmite

1 AUTO

RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS

110013-10-027-2023-00150-00

02/03/2023

Avocase conocimiento

Reservado

INCIDENTE DE DESACATO #9

110013110027201700662-00

02/03/2023

Resuelve desacato

1 AUTO

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00151-00

02/03/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300117-00

02/03/2023

FALLO

1 AUTO

 

 

Estado N. 037

FECHA DE ESTADO: 06 de marzo de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00356-00

03/03/2023

Se tiene notificado personalmente el demandado

1 AUTO

 

EJECUCIÓN DE NULIDAD DE MATRIMONIO CATÓLICO

1100131-10-027-2022-00901-00

03/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00074-00

03/03/2023

Se inadmite la anterior demanda

1 AUTO

 
 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00157-00

03/03/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00076-00

03/03/2023

Se ordena la remisión del expediente a la Sala de Familia del Tribunal Superior

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300119-00

03/03/2023

FALLO

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 038

FECHA DE ESTADO: 07 de marzo de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2018-00055-00

06/03/2023

DECRETAR la terminación del proceso

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2020-00317-00

06/03/2023

Se requiere a los demandantes para que notifiquen al demandado

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-020-2020-00504-00

06/03/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2021-00452-00

06/03/2023

Ordena correr traslado

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00113-00

06/03/2023

Notifique la demandante a la titular del acto jurídico

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00135-00

06/03/2023

Se señala la hora de las 02:30 pm del día 13 de marzo del año 2023, con el fin de llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos.

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2022-00363-00

06/03/2023

Ordena correr traslado

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2022-00765-00

06/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00774-00

06/03/2023

DECRETAR la terminación del proceso

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00784-00

06/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2022-00787-00

06/03/2023

Se requiere a la actora para que acredite la notificación al pasivo

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00864-00

06/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE LA MATERNIDAD

1100131-10-001-2023-00004-00

06/03/2023

Se tiene a la demandada notificada por conducta concluyente

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00031-00

06/03/2023

1 Se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas Cautelares.

1 AUTO

2 Reservado

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00065-00

06/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001-31-10-027-2023-00069-00

06/03/2023

Se Inadmite

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00071-00

06/03/2023

1 DECLÁRESE abierto y radicado. 2 Medidas Cautelares

1 AUTO

2 Reservado

 

CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00083-00

06/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00091-00

06/03/2023

1 ADMÍTASE. 2 Medidas Cautelares

1 AUTO

2 Reservado

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-001-2023-00133-00

06/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2023-00138-00

06/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00119-00

06/03/2023

Se ordena la remisión del expediente a la Sala de Familia del Tribunal Superior

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00600-00

06/03/2023

Remítase a la Secretaría de la Sala de Familia del Tribunal Superior

1 AUTO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00017-00

06/03/2023

Reservado

RESERVADO

 

 

 

Estado N. 039

FECHA DE ESTADO: 08 de marzo de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN DOBLE MIXTA

1100131-10-001-2010-00284-00

07/03/2023

Designa Terna de Partidores

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2018-00673-00

07/03/2023

Se requiere a la actora

1 AUTO

DIVORCIO

1100131-10-027-2021-00778-00

07/03/2023

1 Resuelve recurso. 2 Admite reconvención. 3 Medidas cautelares

1 AUTO

2 AUTO

3 Reservado

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00420-00

07/03/2023

Ordena emplazar

1 AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2022-00503-00

07/03/2023

Acredite la actora la notificación al pasivo

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00651-00

07/03/2023

Se requiere a la demandante

1 AUTO

CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00067-00

07/03/2023

Inadmite

1 AUTO

NULIDAD DE TESTAMENTO

1100131-10-027-2023-00075-00

07/03/2023

Inadmite

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00077-00

07/03/2023

Inadmite

1 AUTO

CUSTODIA Y REGLAMENTACIÓN DE VISITAS

1100131-10-027-2023-00081-00

07/03/2023

Inadmite

1 AUTO

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2023-00085-00

07/03/2023

Se concede a la actora treinta (30) días, so pena de declarar el desistimiento tácito

1 AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00086-00

07/03/2023

Inadmite

1 AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00087-00

07/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00160-00

07/03/2023

ADMÍTASE

1 AUTO

 

 

Estado N. 040

FECHA DE ESTADO: 09 de marzo de 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

SUCESIÓN TESTADA

1100131-10-007-2008-01234-00

08/03/2023

1 Se concede en el efecto SUSPENSIVO el recurso de APELACIÓN. 2 Estese el apoderado  a lo resuelto

1 AUTO

2 AUTO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2021-00623-00

08/03/2023

1 Cúmplase. 2 Resuelve Consulta. 3 Cúmplase. 4 Resuelve apelación.

Reservados

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2021- 00705-00

08/03/2023

1 Cúmplase 2 Resuelve.

Reservados

 
 

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00412-00

08/03/2023

Se señala la hora de las 08:30 am del día 17 del mes de abril del año 2023, para llevar a cabo audiencia virtual

1 AUTO

 

PRIVACIÓN PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00760-00

08/03/2023

Se señala el día 13 del mes de abril del año 2023, a la hora de las 8:30 a.m., a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento.

1 AUTO

 

DIVORCIO

1100131-10-027-2022-00766-00

08/03/2023

Acredite la actora la notificación al pasivo.

1 AUTO

 

INDIGNIDAD SUCESORAL

1100131-10-027-2022-00812-00

08/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00895-00

08/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00898-00

08/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00093-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

NULIDAD DE TESTAMENTO

1100131-10-027-2023-00095-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00098-00

08/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001-31-10-027-2023-00101-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

PETICIÓN DE HERENCIA

1100131-10-027-2023-00106-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00108-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00110-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00112-00

08/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001-31-10-027-2023-00116-00

08/03/2023

Inadmite

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE LA MATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00121-00

08/03/2023

Admítase

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

TUTELA

110013110027202300130-00

08/03/2023

Fallo

1 AUTO

 

TUTELA

110013110027202300126-00

08/03/2023

Fallo

1 AUTO

 

 

Estado N. 041

FECHA DE ESTADO: 10 de marzo de 2023

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-001-2017-00508-00

09/03/2023

Ordena correr traslado

1 AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2021-00314-00

09/03/2023

Se rechazan los recursos formulados

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00424-00

09/03/2023

Acredite la demandante la notificación al pasivo

1 AUTO

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

 

 1100131-10-027-2021-00785-00

09/03/2023

Se requiere a la demandante para que notifique

1 AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2021-00853-00

09/03/2023

Se rechaza la solicitud de nulidad

1 AUTO

LEVANTAMIENTO DE AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR

1100131-10-027-2022-00350-00

09/03/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2022-00408-00

09/03/2023

Acredite la actora la notificación a la pasiva

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2022-00446-00

09/03/2023

Ordena correr traslado

1 AUTO

DIVORCIO

1100131-10-027-2022-00507-00

09/03/2023

Acredite la demandante la notificación por aviso a la pasiva

1 AUTO

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00846-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-001-2022-00865-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00877-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

EJECUTIVO POR OBLIGACIÓN DE HACER

1100131-10-027-2022-00897-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00009-00

09/03/2023

Resuelve consulta

Reservado

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2023-00015-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2023-00035-00

09/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

 MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2022-00750-00

09/03/2023

Ordena devolver

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00172-00

09/03/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00018-00

09/03/2023

Incidente de Desacato

1 AUTO

 

 

Estado N. 042

FECHA DE ESTADO: 13 de marzo de 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2020-00454-00

10/03/2023

Ordena correr traslado

1 AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00375-00

10/03/2023

DECLARAR terminadas las actuaciones

1 AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

1100131-10-027-2021-00434-00

10/03/2023

DECLARAR terminadas las actuaciones

1 AUTO

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001-31-10-027-2021-00458-00

10/03/2023

Se designa como curador ad-litem

1 AUTO

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

11001-31-10-027-2021-00505-00

10/03/2023

Señala la hora de las 02:30 pm del día 29 del mes de marzo del año 2023

1 AUTO

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00903-00

10/03/2023

Rechaza

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00909-00

10/03/2023

Rechaza

1 AUTO

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00157-00

10/03/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

 

Estado N. 043 

FECHA DE ESTADO: 14 DE MARZO 2023 

 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha de la providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESION INTESTADA 

 
 

11001311002720210030600 

 
 

13-03-23 

 
 

Auto designa terna 

 
 

 

 
 
 
 

DECLARATORIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO acumulada DIVORCIO 

 
 

11001311002720210065600 

 
 

13-03-23 

 
 

1, resuelve recurso 

2,fija fecha audiencia 

 
 
 
 
 
 

DIVORCIO 

 
 

11001311002720220051100 

 
 

13-03-23 

 
 

Resuelve recurso 

 
 

 

 
 
 
 

DIVORCIO 

 

 
 

11001311002720220068300 

 
 

13-03-23 

 
 

Designa curador ad-litem 

 
 

 

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

11001311002720230004500 

 
 

13-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 
 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720230004900 

 
 

13-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 
 
 
 
 

AUTORIZACIÓN PARA LEVANTAMIENTO DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE 

 
 

11001311002720230008300 

 
 

13-03-23 

 
 

Sentencia 

 
 

 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230017600 

 
 

13-03-23 

 
 

Auto admite 

 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230017700 

 
 

13-03-23 

 
 

Auto admite 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 

 
 

11001311002720220067900 

 

 
 

13-03-23 

 
 

Niega incidente 

 
 

 

Estado N. 044 

FECHA DE ESTADO: 15 DE MARZO 2023 

 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha de la providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

1100131100272019002100 

 
 

14-03-23 

 
 

1, ordena abono 

2, confirma incumplimiento 

 
 

Auto1-

Auto2 reservado 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

11001311002720190065100 

 
 

14-03-23 

 
 

1, ordena abono 

2, Convierte multa en arresto 

 

Auto

Auto2 reservado 

 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720220037600 

 
 

14-03-23 

 

 
 

Fija fecha audiencia 

 

 Auto

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230014000 

 
 

14-3-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto reservado

 

 

Estado N. 045 

FECHA DE ESTADO: 16 DE MARZO 2023 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha de la providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

FILIACIÓN 

 
 

11001311002720210049800 

 
 

15-03-23 

 
 

Sentencia 

 
 

Auto reservado 

 
 
 
 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL 

 
 

11001311002720220022900 

 
 

15-03-23 

 
 

Sentencia 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

11001311002720220027000 

 
 

15-03-23 

 
 

Sentencia 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL 

 
 

11001311002720220034900 

 

 
 

15-03-23 

 
 

1, Auto decide.  

2, Reconoce personería. 3, Admite reconvención  

 
 
 
 
 
 

IMPUGNACIÓN DE MATERNIDAD 

 
 

11001311002720220043700 

 
 

15-03-23 

 
 

Sentencia 

 
 

Auto reservado 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230013000 

 
 

15-03-23 

 
 

Concede impugnación 

 
 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCION 

 
 

11001311002720200044000 

 
 

15-03-23 

 
 

Ordena devolver 

 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230015100 

 
 

15-03-23 

 
 

Fallo 

 
 

 

Estado N. 046 

FECHA DE ESTADO: 17 DE MARZO 2023 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha de la providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO 

 
 

11001311002720210050400 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto decide 

 
 

Auto 

 
 
 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS 

 
 

11001311002720210060800 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto requiere 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720210076500 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto concede término 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720210084700 

 

 
 

16-03-23 

 
 

1, Auto ordena 

2, Resuelve recurso 

 
 
 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

11001311002720220013400 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto fija fecha 

 
 

Auto 

 
 
 
 

INVESTIGACIÓN e IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD 

 
 

11001311002720220029500 

 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto ordena surtir traslado 

 
 

Auto 

 
 
 
 

AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA PARTICIÓN DE PATRIMONIO EN VIDA 

 
 

11001311002720220056100 

 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto decide 

 
 

Auto 

 
 
 
 

LEVANTAMIENTO DE AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR 

 
 

11001311002720220059400 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto designa curador ad-litem 

 
 

Auto 

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

11001311002720220061800 

 
 

16-03-23 

 

 
 

Auto reconoce personería 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720220082100 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto corrige error mecanográfico 

 
 

Auto 

 
 
 
 

CUSTODIA y REGLAMENTACIÓN DE VISITAS 

 
 

11001311002720220085600 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto admite, ordena entrevista y visita social 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720220087200 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto concede término de ejecutoria so pena de rechazo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720220088700 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto concede término de ejecutoria so pena de rechazo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS 

 
 

11001311002720230005200 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720230005400 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720230010900 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

11001311002720230012000 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

11001311002720230012200 

 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230018600 

 
 

16-03-23 

 
 

Auto admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 

 
 

11001311002720230015700 

 
 

16-03-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230013400 

 
 

16-03-23 

 
 

Concede impugnación 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230019100 

 
 

16-03-23 

 
 

Ordena remitir 

 
 

 

 

Estado N. 047 

FECHA DE ESTADO: 21 DE MARZO 2023 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311000120100121900 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto decide 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720180021100 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto no tiene en cuenta notificación 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720180049300 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto rechaza incidende de honorarios por improcedente 

 
 

Auto 

 
 
 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 

 
 

11001311002720180053200 

 
 

17-03-23 

 
 

1, (Aumento cuota alimentaria) Admite 

2, (Ejecutivo de alimentos) Libra mandamiento de pago 

3, (Ejecutivo de alimentos) Decreta medidas cautelares 

 
 

Auto 1 

Auto 2 

Auto 3 reservado 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720180059600 

 
 

17-03-23 

 
 

1, Auto ordena 

2, Sentencia aprueba trabajo de partición 

 
 
 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720200013500

 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto ordena remitir expediente a partidora 

 
 

Auto 

 
 
 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 

 
 

11001311002720200042500 

 

 
 

17-03-23 

 
 

1, Auto decide 

2, (Disminución cuota alimentaria) Auto inadmite 

 
 
 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720210054100 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto ordena seguir ejecución 

 
 

Auto 

 
 
 
 

IMPUGNACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD 

 
 

11001311002720210073800 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto ordena surtir traslado 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

11001311002720210080400 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto releva curador adlitem 

 
 

Auto 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720220010500 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto concede término 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720220026800 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto ordena surtir traslado 

 

 
 

Auto 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720220032600 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto concede término 

 
 

Auto 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720220044200 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto concede término 

 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

11001311002720220054600 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto concede término 

 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

11001311002720220056300 

 
 

17-03-23 

 
 

1, Auto decide 

2, Ordena oficiar 

 
 
 
 
 
 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO 

 
 

11001311002720230002400 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto declara desistimiento tácito 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720230009700 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

NULIDAD DE ESCRITURA PÚBLICA 

 
 

11001311002720230009900 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

11001311002720230011100 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 

 
 

11001311002720220021600 

 
 

17-03-23 

 
 

Auto decide 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 

 
 

11001311002720230001800 

 
 

17-03-23 

 
 

Resuelve incidente 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720220067900 

 
 

17-03-23 

 
 

Requiere - incidente 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230016000 

 
 

17-03-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230016700 

 
 

17-03-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230019900 

 
 

17-03-23 

 
 

Admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

11001311002720230014000 

 
 

17-03-23 

 
 

Concede impugnación 

 
 

Auto 

 

Estado N. 048

FECHA DE ESTADO: 22 DE MARZO 2023 

 

 

Clase de proceso N. de proceso Fecha de providencia Decisión Auto
SUCESIÓN INTESTADA 11001311002720090136700 21/03/2023 Se tiene notificado por conducta concluyente a las partes, ordena contabilizar termino de traslado, vencido el termino ingresar el expediente al despacho
Auto
INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD  11001311002720200014500 21/03/2023 Auto rezhaza demanda-archivar (ejecutivo de alimentos)
Auto
IMPUGNACIÓN  DE PATERNIDAD 11001311002720200054900 21/03/2023 Imparte aprobación de liquidacion de credito-Corrige error del texto de la sentencia
Auto reservado
NULIDAD DE ESCRITURA PÚBLICA 11001311002720210039600 21/03/2023 Revoca auto recurrido-Contabilizar termino, vencido el mismo ingresar el expdiente al Despacho
Auto
EJECUTIVO DE ALIMENTOS 11001311002720210063600 21/03/2023 No repone auto atacado
Auto
CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE - verbal 11001311002720210081300 21/03/2023 Auto ordena emplazar-Estarse a lo dispuesto
Auto
EJECUTIVO DE ALIMENTOS 11001311002720220000400 21/03/2023 Auto ordena seguir adelante la ejecución-Efectuar liquidación del  credito-Condena en costas-Remitir a los Juzgados de Ejecución en Asunto de Familia-En caso de existir 
Auto
DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL 11001311002720220040200 21/03/2023

1. Pone en conocimiento

2. Revoca auto-Concede termino, ejecutoriando ingresar al Despacho-Niega por improcedente recuso

Auto 1 

 

Auto 2 
FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 11001311002720220061300 21/03/2023 Obedezcase y cúmplase lo resuelto por la corte- Inadmite demanda-requiere para subsanar 
Auto
RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS  11001311002720230000600 21/03/2023 Declara en vulneracoín de derechos- Mantener provisionalmente medida de ubicacón-Ordena a cargo- Notificar-Remitir expediente a la Defensoria de Familia de Origen
Auto reservado
SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA 11001311002720230001100 21/03/2023

1. Declarese abierto el proceso de sucesión- Ordena liquidación conjunta-Notificar,Concede termino-Emplazar- Oficiar- Decreta formación inventarios y avaluos-Tiene como apoderado

2. Decreta embargo y secuestro-Librar Despacho Comisorio,Oficiar-Apertura de cuaderno de medidas (medidas cautelares)

Auto 1

 

Auto 2 reservado
LEVANTAMIENTO DE AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR 11001311002720230001600 21/03/2023 Auto admite demanda- Notificar- Reconoce personeria 
Auto
SUCESIÓN INTESTADA 11001311002720230007800 21/03/2023 Auto rechaza demanda- Archivar
Auto
LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL  11001311002720230012400 21/03/2023 Emplazar acreedores, vencido termino ingresar expediente al depacho
Auto

 

AUTO DE CÚMPLASE

ACCIÓN DE TUTELA  11001311002720230017700 21/03/2023 Auto que ordena vinculación-Notificar, adjuntar copia 
Auto

 

Estado N. 049

FECHA DE ESTADO: 23 DE MARZO 2023 

CLASE DE PROCESO

NO DE PROCESO

FECHA DE LA PROVIDENCIA

                          DECISIÓN

AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2019-00203-00

22-03-2023

 

Se tiene por notificado al titular del acto jurídico-Agrega autos-Requiere demandantes.

AUTO

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2020-00312-00

22-03-2023

 

Auto que fija fecha audiencia.

AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2021-00169-00

22-03-2023

 

Auto que admite demanda-Notificar parte pasiva-Oficiar.

AUTO

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00568-00

22-03-2023

 

Auto que ordena correr traslado.

AUTO

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

1100131-10-027-2022-00572-00

22-03-2023

 

1. Pone en conocimiento-Tiene por notificadas herederas-Reconoce personería-Requiere parte-Ordena emplazamiento-No imparte tramite-Estarse a lo dispuesto.

 

2. Agrega autos, pone en conocimiento.

1 AUTO

 

 

2 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00610-00

22-03-2023

 

Tiene por notificado parte demandada.

AUTO

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00619-00

22-03-2023

 

1. Auto que corrige providencia.

 

2.Reprograma entrevista.

 

AUTO

 

2 AUTO RESERVADO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00755-00

22-03-2023

 

Auto que designa curador ad-litem, librar comunicación.

AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00888-00

22-03-2023

 

Auto que rechaza demanda-Solicitar compensación-Notificar Defensor de Familia.

AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00905-00

22-03-2023

1. Declárese abierto-Ordena liquidación conjunta-Notificar auto-Concede termino-Ordena emplazar-Oficiar-Decretar-Tiene como apoderado.

 

2. No accede por improcedente.

 

1 AUTO

 

 

2 AUTO

AUTORIZACIÓN CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00003-00

22-03-2023

Auto que admite demanda-Fija fecha  de audiencia- Reconoce apoderada-Notificar al Defensor de Familia.

AUTO

MPUGNACIÓN acumulada con INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00037-00

22-03-2023

Auto que admite demanda-Notificar a la parte pasiva-Decreta prueba-Reconoce apoderado.

AUTO

CUSTODIA, VISITAS y AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00038-00

22-03-2023

Auto que admite demanda-Notificar a la parte pasiva -Reconoce apoderado-Notificar Defensor de Familia.

AUTO

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00039-00

22-03-2023

1. Auto que admite demanda-Notificar a la parte pasiva-No accede-Reconoce apoderado-Notificar Defensor de Familia

 

2. No accede a medida cautelar

1 AUTO

 

2 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00059-00

22-03-2023

Auto que libra mandamiento de pago-Notificar a la parte pasiva- Reconoce apoderada-Notificar Defensor de Familia.

 

2. Auto que ordena oficiar(2)-Ingresar al despacho

1 AUTO RESERVADO

 

2 AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00084-00

22-03-2023

Auto que rechaza demanda-Archivar

AUTO

 

AUTO DE CÚMPLASE

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00203-00

22-03-2023

Admite tutela-Notificar.

AUTO

 

 

Estado N. 050

FECHA DE ESTADO: 24 DE MARZO 2023 

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720210006600

23-03-2023

Auto que admite demanda-Notificar demandado-Reconoce apoderado-Oficiar-Notificar Defensor de Familia-Apertura de cuaderno M.C

AUTO RESERVADO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720210044100

23-03-2023

Imparte aprobación de la liquidación del crédito

AUTO

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA y REGLAMENTACIÓN DE VISITAS

11001311002720220018300

23-03-2023

Auto que ordena oficiar

 

AUTO

DECLARATORIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220021300

23-03-2023

Despacha impróspera-Declara surgida sociedad patrimonial-Declara disuelta y el liquidación-Oficiar-Sin condena en costas-Expedición de copias-Archivar

AUTO

FAMILIA

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220023200

23-03-2023

Tiene en cuenta-Ejecutoriada ingresar al despacho

AUTO

SUCESIÓN

11001311002720220027100

23-03-2023

Tiene en cuenta-Requiere parte actora

AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220036400

23-03-2023

1.Contestación a la demanda

2.Auto que inadmite la demanda

1 AUTO

2 AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220037800

23-03-2023

Auto que acredita emplazamiento-Agrega autos

Inadmite demanda

AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220050100

23-03-2023

Auto notificación por conducta concluyente-Oficiar

AUTO RESERVADO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720220052000

23-03-2023

No accede a solicitud-Se tiene acreditado emplazamiento-

AUTO RESERVADO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220057300

23-03-2023

Auto que corrige providencia-Tiene acreditado emplazamiento-Concede termino

AUTO

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720220057700

23-03-2023

Auto que contesta demanda-Señala fecha de audiencia-Decreta pruebas-Requiere partes

AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN–CONSULTA INCUMPLIMIENTO

11001311002720220071200

23-03-2023

Revoca Decisión-Declara no probado-Devolver expediente

AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220001200

23-03-2023

Revoca Decisión-Declara no probado-Devolver expediente

AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN–CONSULTA INCUMPLIMIENTO

11001311002720230010700

23-03-2023

Auto que rechaza la demanda-Archivar-Oficiar

AUTO

NULIDAD DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720230011400

23-03-2023

Auto que inadmite demanda

AUTO

 

AUTO DE CÚMPLASE

ACCIÓN DE TUTELA

11001311002720230017200

23-03-2023

Niega por improcedente-Notificar a las partes

AUTO

 

 

Estado N. 051

FECHA DE ESTADO: 27 DE MARZO 2023 

 

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2012-00963-00

24-03-2023

Auto que ordena librar despacho comisorio

AUTO

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2013-01052-00

24-03-2023

Auto que concede termino

AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2015-00230-00

24-03-2023

Aprueba trabajo de petición-inscribir decisión-Protocolícese-Levantar medidas cautelares-Archivar

 

AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2018-00507-00

24-03-2023

Auto que concede termino

AUTO

SANCIÓN POR OCULTAMIENTO DE BIENES

1100131-10-027-2021-00779-00

24-03-2023

Ordena surtir traslado

AUTO

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00185-00

24-03-2023

Auto que aprueba liquidación-Ordena  correr traslado

AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00842-00

24-03-2023

Auto que rechaza demanda-Archivar

AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00892-00

24-03-2023

Declara abierto proceso-Reconoce interés-Ordena emplazar-Oficiar-Tiene firma como apoderada

AUTO

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00048-00

24-03-2023

Auto que rechaza demanda-Archivar

AUTO

NULIDAD DE TESTAMENTO

1100131-10-027-2023-00075-00

24-03-2023

Auto que rechaza demanda-Archivar

AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN–CONSULTA INCUMPLIMIENTO

1100131-10-027-2023-00127-00

24-03-2023

Confirma decisión-Devolver expediente

RESERVADO

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00142-00

24-03-2023

Ordena remisión del expediente, oficiar

AUTO

MEDIDA DE PROTECCIÓN–APELACIÓ

1100131-10-027-2023-00149-00

24-03-2023

Confirma decisión-Ordena devolver, oficiar

RESERVADO

 

AUTOS DE CÚMPLASE

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00208-00

24-03-2023

Admite tutela-concede termino-Notificar

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00209-00

24-03-2023

Admite tutela-concede termino-Notificar

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA INCIDENTE DESACATO No 4

1100131-10-027-2022-00679-00

24-03-2023

Concede termino-Notifíquese

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

INCIDENTE DE DESACATO

1100131-10-027-2023-00157-00

24-03-2023

Requiere parte

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00176-00

24-03-2023

Tutelar-Notificar

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00177-00

24-03-2023

Desvincular-Niega tutela-Notificar

AUTO

 

Estado N. 052

FECHA DE ESTADO: 28 DE MARZO 2023 

 

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2021-00132-00

GERARDO MARÍA LAUREANO ESCOBAR

27 de marzo de  2023

 Como quiera que la solicitud cursada por los apoderados de las partes cumple con lo dispuesto por el numeral 2° del artículo 161 del CGP (c. digital 110), se decreta la suspensión del proceso por treinta (30) días.

Auto

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00136-00

LUIS HORACIO GIRALDO PELAEZ

27 de marzo de  2023

 Para la práctica del nuevo dictamen solicitado por la apoderada de la demandada (Fl. 8 c. digital 16) se fija la hora de las 09:00 am, del día doce (12) del mes de abril del año 2023, para efectos de la toma de muestras biológicas de ADN, al demandante LUIS HORACIO GIRALDO PELÁEZ y a la demandada JESSICA YESENIA GIRALDO CAMPOS. Secretaría elabore el Formato Único de Solicitud (FUS) y preste la parte demandante colaboración con el diligenciamiento ante el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Líbrense las comunicaciones a las partes con la debida antelación (c. digitales 4 y 16), adviértase a la demandada que su renuencia a la práctica de la prueba hará presumir cierta la impugnación alegada. (art. 386 núm. 2 del CGP).

Auto

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00137-00

LUZ MARINA NAVARRO MACIAS

27 de marzo de  2023

 Sin lugar a considerar la notificación del demandado Diego Hernán Guevara Posada (c. digital 45) en razón a que no se allego certificación de entrega del citatorio y la documental no da cuenta del envío

 No se tiene efectiva la notificación de los demandados Boris Guevara Posada, Paola Ximena Guevara Posada y Nubia Posada de Guevara (c. digital 41) comoquiera que la certificación aportada no da cuenta del envío del citatorio y con el aviso no se allegó la copia cotejada de la providencia.  del aviso.

No se reconoce al abogado YESID ALEJANDRO GÓMEZ SOLER hasta tanto aclare con la documental respectiva de quien recibió el mandato para la representación judicial, como que la información consignada en escriturales del cuaderno digital 47 no coinciden con los datos del texto del poder y de no se presenta firmado.

 

Auto

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00137-00

LUZ MARINA NAVARRO MACIAS

27 de marzo de  2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00147-00

JENNY LILIANA JEREZ SUAREZ

27 de marzo de  2023

Notificado el demandado del auto admisorio de la demanda (c. digital 16) propuso excepciones de mérito (c. digital 27 y 28), las cuales fueron descorridas por la demandante (c. digital 29).

Sin lugar a tramitar por improcedente la demanda de reconvención presentada por el demandado (fls. 15 a 20 c. digital 27), en razón a que tal actuación no se encuentra autorizada para este asunto (art 390 CGP).

Al tenor del art. 392 del CGP se señala la hora de las 8:30 am del día 27 del mes de abril del año 2023, para llevar a cabo audiencia de instrucción y juzgamiento. En esa oportunidad las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP.

La Secretaría informará el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial.

Se abre a pruebas el proceso

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00050-00

CLAUDIA CATALINA GUASCA CANO

27 de marzo de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de fijación de cuota alimentaria, incoada a través de apoderado por la señora CLAUDIA CATALINA GUASCA CANO, en representación del adolescente CRISTIAN DAVID TORRES GUASCA contra LUCAS OCTAVIO TORRES VANEGAS

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00050-00

CLAUDIA CATALINA GUASCA CANO

27 de marzo de  2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2023-00060-00

HELBERT ROJAS SARMIENTO

27 de marzo de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de ADJUDICACIÓN DE APOYOS incoada a través de apoderada por HELBERT ROJAS SARMIENTO respecto de la señora MARÍA STELLA SARMIENTO de ROJAS

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00131-00

ROSALBA MEJIA DE FONSECA

27 de marzo de  2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00132-00

YURY ANDREA OCHOA GARCÍA

27 de marzo de  2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00135-00

YEIMY DAYAN PACHECHO PARRA

27 de marzo de  2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2023-00137-00

SANDRA LILIANA ESCUDERO SERNA

27 de marzo de  2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

ADOPCIÓN DE MAYOR DE EDAD

1100131-10-027-2023-00141-00

KATALINA SALAZAR CLEVES

27 de marzo de  2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

RESTABLECIMIENT DE DERECHOS

1100131-10-027-2023-00150-00

 

27 de marzo de  2023

RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS

Reservado

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00154-00

DIANA CONSTANZA AMAYA FAJARDO

27 de marzo de  2023

Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00156-00

 

27 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00164-00

JHON JAIRO MARTÍNEZ

27 de marzo de  2023

 Reunidos los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO incoada de MUTUO ACUERDO a través de apoderada por SILDANA OLARTE GAMBOA y JHON JAIRO MARTÍNEZ

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00169-00

FERNANDO ÓRTIZ VILLAMIZAR

27 de marzo de  2023

 Por reunir los requisitos de ley ADMÍTASE la demanda de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO incoada a través de apoderada por FERNANDO ORTIZ VILLAMIZAR contra PATRICIA VALDIVIESO MARTÍNEZ

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00171-00

GUSTAVO ADOLFO QUINTERO FAJARDO

27 de marzo de  2023

En cuanto a las diligencias remitidas por el Centro Zonal Usme – ICBF de Bogotá, cumplen con las exigencias del artículo 111 de la Ley 1098 de 2006, se dispone

Auto

Estado N. 053

 

FECHA DE ESTADO: 29 DE MARZO 2023 

 

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

CESACION DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2022-00685-00

DIANA ESTRELLA RINCON ORTIGOZA

 

28 de MARZO DE 2023

En virtud del escrito aportado por el apoderado demandante, respecto de la solicitud de terminación del proceso conforme con lo dispuesto por el artículo 388 numeral 1 (c. digitales 17 y 18), se dispone:

PRIMERO: DECRETAR la terminación del proceso por falta de objeto.

SEGUNDO: LEVÁNTENSE las medidas cautelares que se hubieren decretado. Secretaría libre los oficios del caso y tenga en cuenta cualquier embargo de remanentes.

TERCERO: Sin condena en costas.

CUARTO: se autoriza la expedición de copias auténticas a costa de los interesados, y del desglose de los documentos aportados.

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00690-00

ROSA ISABELIA PÉREZ DE RPDRÍGUEZ

28 de MARZO DE 2023

Conforme con la documental vista en cuadernos digitales 14 y 15 se tiene a los demandados Víctor Daniel, Carlos Andrés y Clemencia Carolina Rodríguez Pérez notificados personalmente.

Se agrega el escrito aportado por la abogada LAURA VALENTINA PARDO ARGOTE (c. digital 16), y se le concede el término de ejecutoria de esta providencia para que allegue el poder conferido por los demandados, so pena de desestimar la contestación de la demanda.

Acreditado el emplazamiento de los herederos indeterminados del causante VÍCTOR HERNANDO RODRÍGUEZ (c. digital 17), se designa como curador (a) ad-litem de los citados al abogado (a) DIANA RAQUEL HURTADO CUELLAR. Secretaría comunique al togado (a) para la notificación del auto admisorio de la demanda. (art. 48-7 CGP)

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00732-00

NOHORA LILIANA TORO BAUTISTA

28 de MARZO DE 2023

Conforme con la solicitud aportada por el apoderado demandante (c. digital 13), se corrige el error mecanográfico en el inciso tercero de la providencia del 06 de febrero de 2023 (c. digital 12) en cuanto el nombre del causante es REINEL ZAMBRANO ALDANA y no como se consignó en la decisión en cita (art. 286 CGP).

Secretaría atienda lo ordenado en auto del 06 de febrero de 2023 (c. digital 12), para cual debrá tener en cuenta la corrección anunciada en el inciso anterior.

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00754-00

ANGELICA DEL PILAR MILQUEZ

28 de MARZO DE 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00758-00

LORENA BERNAL CRUZ

28 de MARZO DE 2023

Notificado personalmente el ejecutado (c. digital 11) no propuso excepciones de mérito, por lo que atendiendo los parámetros del inciso 2º del artículo 440 del CGP el despacho RESUELVE:

PRIMERO: SEGUIR adelante la ejecución contra CHERLYN ANDRÉS BERNAL DÍAZ, y a favor de la menor ISABELLA BERNAL BERNAL representada por su progenitora LORENA BERNAL CRUZ, en la forma y términos del mandamiento ejecutivo librado por auto de 11 de noviembre de 2022 (c. digital 09).

SEGUNDO: Efectúese la liquidación de crédito (art. 446 CGP).

TERCERO: CONDENAR en costas al ejecutado, TÁSENSE. Inclúyanse como agencias en derecho la suma equivalente al cinco (5%) del monto que se ordena seguir adelante la ejecución. Liquídense.

CUARTO: REMITIR las diligencias a los Juzgados de Ejecución en Asunto de Familia de esta ciudad, para lo de su cargo. Ofíciese.

QUINTO: En caso de existir títulos de depósito judicial, Secretaría convierta los mismos a la Oficina de Ejecución de Asuntos en Familia.

SEXTO: EXPEDIR copia autentica de esta providencia a costa de las partes.

SÉPTIMO: Notifíquese al señor Defensor de Familia.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00758-00

 

28 de MARZO DE 2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00003-00

ANTONIO JOS´R AVILA VARGAS

28 de MARZO DE 2023

SENTENCIA

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2023-00026-00

LILAIAN ÓRTIZ HERNÁNDEZ

28 de MARZO DE 2023

 Acreditado el emplazamiento al demandado (c. digital 10), se designa como curador ad-litem de JESÚS DAVID VILLALOBOS DUARTE al abogado (a) JHON ANDERSON BOLAÑOS VIVAS (arts. 293 y 108 del CGP). Comuníquesele para que proceda a notificarse del auto admisorio de la demanda. (art. 48-7 ibídem).

Auto

IMPUGNACIÓN DE MATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00030-00

CARL MAGNUS JONSSON

28 de MARZO DE 2023

 De conformidad al poder aportado (Fl. 4 c. digital 12), se reconoce al abogado NICOLÁS ARANGUREN CUBILLOS como apoderado de LAURA JOHANNA ZUÑIGA CAMPO, y se tiene en consecuencia a la demandada notificada por conducta concluyente del auto admisorio de la demanda (numeral 2° art 301 CGP). Secretaría contabilice los términos de que trata el inciso 2º del artículo 91 ibídem y vencidos los mismos ingrese el expediente al despacho para proveer.

El escrito allegado por el apoderado de la demandada (c. digital 12), se mantiene agregado y sobre su trámite se resolverá en oportunidad.

Auto

CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE

1100131-10-027-2023-00067-00

EINERE BARRETO GUTIERREZ

28 de MARZO DE 2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE incoada a través de apoderado por EINER BARRETO GUTIÉRREZ contra MARLENY SIERRA BOTERO

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2023-00088-00

HEATHLER DIXE DIAHANNA

28 de MARZO DE 2023

 Por cumplir los requisitos de ley, ADMÍTASE la demanda de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO instaurada a través de apoderado por HEATHLER DIXE DIAHANN CARRILLO FORERO contra DAVID ALEJANDRO VARGAS DÍAZ.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00094-00

SILVIA CAROLINA BERMUDEZ

28 de MARZO DE 2023

 Revisado el escrito subsanatorio y sus anexos se observa que se pretende el cobro ejecutivo de obligación alimentaria con base en la decisión proferida por el Juzgado Once Familia de Bogotá del 23 de noviembre de 2010 (Fl. 10 y 11 c. digital 10), por lo que de conformidad con lo normado por el inciso 1º del artículo 306 del CGP el despacho dispone:

PRIMERO: Rechazar la demanda por falta de competencia funcional.

SEGUNDO: Remítase la actuación al Juzgado Once de Familia de Bogotá para lo de su cargo Ofíciese.

TERCERO: Secretaría remita comunicación a la Oficina de Reparto, con el fin de que se efectúe la COMPENSACIÓN (art. 90 CGP).

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00115-00

LIZETH MAYERLY RUBIO VEGA

28 de MARZO DE 2023

So pena de rechazo de la demanda se concede el término de ejecutoria de esta providencia a la demandante, para que aporte la certificación del consultorio jurídico de la Universidad a la que pertenece el practicante IVÁN FELIPE BAQUERO HERNÁNDEZ (arts. 73, 74, 82 y 84 CGP y el inciso 2° del art. 30 Decreto 196 de 1971). Ejecutoriado ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00129-00

GUILLERMO JAVIER TOVAR OSPINA

28 de MARZO DE 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00136-00

MARÍA DEL AMPARO MENESES ORTEGA

28 de MARZO DE 2023

 Acorde con lo previsto por el artículo 90 del CGP, se inadmite la anterior demanda, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00174-00

 

28 de MARZO DE 2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

Reservado

 

Estado N. 054

 

FECHA DE ESTADO: 30 DE MARZO 2023 

 

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2017-00508-00

CARMEN LUPE RINCÓN DE MARÍN

29 de marzo de  2023

 De conformidad con lo previsto en el numeral 1° del artículo 509 del CGP., y considerando que el trabajo de partición allegado por los apoderados de los interesados se ajusta a derecho (c. digital 75), hay lugar a impartirle aprobación.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR el trabajo de partición de los bienes de la sucesión de la causante CARMEN LUPE RINCÓN de MARTÍN.

Auto

NULIDAD DE LA PARTICIÓN

1100131-10-027-2022-00065-00

MYRIAM ROMERO MORENO

29 de marzo de  2023

RECURSO DE REPOCISIÓN

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00159-00

MARIA CAROLINA GÓMEZ HERNÁNDEZ

29 de marzo de  2023

 No se imparte trámite a la propuesta de incidente de regulación de honorarios, en razón a que para el caso no se dan los presupuestos de que trata el artículo 76 del CGP en tanto no obra revocatoria al poder o providencia que la resuelva en los términos que allí se señalan y conforme con los registros de las actuaciones (c.digitales 48 y 49).

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00159-00

MARIA CAROLINA GÓMEZ HERNÁNDEZMARCO

29 de marzo de  2023

Se reconoce al togado FABIO HERNÁN VÉLEZ ACEVEDO como apoderado de la

señora María Carolina Gómez, quien actúa en representación del interesado

menor de edad NICOLÁS VALENCIA GÓMEZ. (C.digital 76).

Conforme con el poder acopiado en el cuaderno digital 78, se reconoce al

abogado JUAN CARLOS MARTÍN DÍAZ, como mandatario judicial de la interesada

Liceth Fernanda Valencia González.

En virtud al pronunciamiento anterior, estese el profesional del derecho Luis

Ernesto Mora Rodríguez a lo resuelto en cuanto a los argumentos expuestos

como réplica a la decisión del 6 de febrero de 2023. (C.digital 73).

Cumpla secretaría la orden de traslado dispuesta en auto anterior. (C.digital 71).

Sobre la propuesta de objeción al trabajo de partición (c.digital 74) se resolverá

en la oportunidad procesal.

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00205-00

MARCO ANTONIO OTERO

29 de marzo de  2023

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR el trabajo de partición de los bienes de la sociedad conyugal surgida entre MARCO ANTONIO OTERO OLAYA y MARÍA CRISTINA MAHECHA.

SEGUNDO: INSCRIBIR esta decisión ante las autoridades pertinentes. Ofíciese.

TERCERO: PROTOCOLÍCESE el trabajo de partición y la presente sentencia ante una Notaría del Círculo de esta ciudad, a elección de las partes.

CUARTO: LEVÁNTENSE las medidas cautelares que dentro del asunto se hubieren decretado. Ofíciese a quien corresponda, teniendo en cuenta cualquier embargo de remanentes.

QUINTO: Se autoriza la expedición de copias auténticas a costa de las partes, y del desglose de los documentos aportados (arts.114 y 116 del CGP)

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00238-00

PAOLA CAROLINE PODRÍGUEZ PAVA

29 de marzo de  2023

RECURSO DE REPOSICIÓN

Auto

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2012-00676-00

GLENIS ESTER SANTIAGO BASTIDAS

29 de marzo de  2023

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00809-00

WENDY ALEJANDRA JIMÉNEZ TORRES

29 de marzo de  2023

 Vencido en silencio el término concedido por auto del 12 de enero de 2023 y de conformidad con lo normado por el artículo 90 del CGP, se DISPONE:

PRIMERO: Rechazar la anterior demanda.

SEGUNDO: ARCHÍVENSE las presentes diligencias.

TERCERO: Notifíquese al señor Defensor de Familia

CUARTO: Secretaría remita comunicación a la Oficina de Reparto, con el fin de que se efectúe la COMPENSACIÓN de este proceso.

Auto

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00027-00

 

29 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

Reservado

MEDIDA DE PROTECCION

1100131-10-027-2023-00123-00

 

29 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCION

Reservado

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2023-00180-00

 

29 de marzo de  2023

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

Reservado

 

Estado N. 055

 

FECHA DE ESTADO: 31 DE MARZO 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2012-00063-00

PAULINA SERRANO DE RODRIGUEZ

30 de marzo de  2023

Vencido el traslado dispuesto por auto del 24 de noviembre de 2022 (c. digital 41) y conforme con lo reglado por el inciso 3º del artículo 129 del CGP, en concordancia con el artículo 107 ibídem, se convoca a la audiencia para resolver el incidente autorizado por canon 522 ejusdem, para lo cual se fija el día 26 del mes de abril del año 2023, a las 02:30 pm.

 

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2012-00063-00

PAULINA SERRANO DE RODRIGUEZ

30 de marzo de  2023

Se deniega por improcedente la aclaración del auto anterior pedida por el abogado Edgar Arturo Rodríguez Peña (c. digital 44), en razón a que los títulos de depósito judicial a cargo del extinto Juzgado Cuarto de Familia de Descongestión de esta ciudad se hallan actualmente a órdenes de este estrado judicial.

Se agrega el oficio remitido por el Juzgado Séptimo de Familia de esta ciudad en cumplimiento de la conversión de títulos judiciales. (c. digital 49).

Con el fin de resolver la solicitud de entrega de títulos judiciales (c. digitales 26, 28 y 30), se ordena a la Secretaría anexar al trámite un informe respectivo.

Estese el apoderado Edgar Arturo Rodríguez Peña a lo resuelto en esta providencia respecto de la solicitud de impulso procesal. (c. digital 50)

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2012-00758-00

SANDRA SÁNCHEZ ROMERO

30 de marzo de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de Aumento de Cuota Alimentaria, incoada a través de apoderado judicial por la señora SANDRA SÁNCHEZ ROMERO, quien acude como persona de apoyo de VALENTINA STEIN SÁNCHEZ (Fl. 2 a 8 c. digital 1) contra JOAO ANTONIO STEIN.

Tramítese el proceso conforme lo dispuesto por el artículo 390 CGP. Notifíquese al demandado conforme al CGP y el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, del libelo y sus anexos súrtase el traslado respectivo

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2018-00157-00

 

30 de marzo de  2023

 Se agrega extracto de historia clínica de la señora ANA ROSA VEGA de CLAVIJO allegado por la demandante. (c. digital 8).

Secretaría ofíciese a la Personería de Bogotá en solicitud de información sobre el trámite dado al oficio No.1483 del 24 de octubre de 2022. Adjúntese copia de la misiva y del correo en comento. (c. digital 7).

Se reconoce al abogado JOSÉ SAÍN RODRÍGUEZ como apoderado de la solicitante (Fl. 2 c. digital 1).

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2019-00478-00

AMPARO JANETH ROGELIS QUINTERO

30 de marzo de  2023

Del informe de valoración de apoyos respecto del señor WILLIAM ARMANDO ROGELIS QUINTERO (c. digital 18), se ordena surtir el traslado respectivo al señor agente del Ministerio Publico (art. 38 – 6 Ley 1996 de 2019 en conc. con el art. 9 de la Ley 2213 de 2022).

No se accede a la petición cursada por la designada apoderada en amparo de pobreza (c. digital 35), en razón a que no está ella facultada para dicha réplica. (art. 158 CGP).

No se accede por improcedente a la solicitud de medida cautelar de la demandante (c. digital 36), como quiera que interdicción judicial por discapacidad mental absoluta se halla proscrita por virtud de la Ley 1996 de 2019. Se requiere a la memorialista para que en lo sucesivo actúe a través de su apoderada judicial

Auto

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00228-00

MIGUEL ESTEBAN ROJAS GUZMAN

30 de marzo de  2023

 Se tiene en cuenta la renuncia presentada por el abogado JHON RODRÍGUEZ RUANO (c. digital 43) al poder que había sido otorgado por el demandante (art. 76 CGP).

Se agregan las constancias emitidas por la empresa postal (c. digital 41).

Se requiere a MIGUEL ESTEBAN ROJAS GUZMÁN para que notifique a la demandada o en su defecto para que se pronuncie de conformidad con el artículo 293 del CGP, para lo cual se concede el término de 30 días so pena de decretar el desistimiento tácito del proceso. Secretaría contabilice el término señalado y vencido el mismo ingrese el proceso al despacho para proveer.

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2020-00390-00

 

30 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

Reservado

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2020-00390-00

 

30 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

Reservado

EJECUTIVO DE HONORARIOS

1100131-10-027-2021-00827-00

MAURO DANILO AMADO

30 de marzo de  2023

 Se tiene notificado por aviso al ejecutado Rafael Augusto Jaraba Ternera (c. digitales 19 y 21) y que no propuso excepciones, por lo que atendiendo los parámetros del inciso 2º del artículo 440 del CGP el despacho RESUELVE:

PRIMERO: SEGUIR adelante la ejecución contra RAFAEL AUGUSTO JARABA TERNERA, y a favor de MAURO DANILO AMADO, en la forma y términos del mandamiento ejecutivo librado por auto de 13 de octubre de 2021 (c. digital 5).

SEGUNDO: Efectúese la liquidación de crédito (art. 446 CGP).

TERCERO: CONDENAR en costas al ejecutado, TÁSENSE. Inclúyanse como agencias en derecho la suma equivalente al cinco (5%) del monto que se ordena seguir adelante la ejecución. Liquídense.

CUARTO: REMITIR las diligencias a los Juzgados de Ejecución en Asunto de Familia de esta ciudad, para lo de su cargo. Ofíciese.

QUINTO: En caso de existir títulos de depósito judicial, Secretaría convierta los mismos a la Oficina de Ejecución de Sentencia en Asuntos en Familia

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-0361-00

YORLENY CASTELLANOS

30 de marzo de  2023

Conforme con el poder (c. digital 34) se tiene a los abogados César Julián Patiño Sanabria y Diego Alejandro Nova Gómez como apoderados principal y suplente del demandado y en consecuencia, revocado el mandato al togado ÁLVARO JAVIER GÓMEZ RODRÍGUEZ.

Del trabajo de partición presentado por auxiliar de justicia (c. digital 41), súrtase el traslado de que trata el artículo 509 del CGP.

Auto

CUSTODIA

1100131-10-027-2022-00412-00

WILMER LEONEL CUERVO VARGAS

30 de marzo de  2023

Se agregan los soportes de pago de la obligación alimentaria allegados por el demandante (c. digital 22).

Se reconoce a las abogadas CINDY JOHANA SÁNCHEZ HERRERA y ANA SOFÍA BULLA GARZÓN como apoderadas principal y suplente respectivamente de la demandada (Fl. 16 c. digital 24).

Secretaria surta el traslado de que trata el inciso 4° del artículo 134 del CGP respecto de la solicitud de nulidad cursada por la togada Cindy Johana Sánchez Herrera (c. digitales 23 y 24). Vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00550-00

FELICIA CERVANTES TERAN

30 de marzo de  2023

Notificado personalmente el curador ad-litem del demandado, del auto admisorio (digital 20), contestó y presentó excepciones de mérito (c. digital 21) de las cuales se ordena surtir el traslado respectivo (art. 370 CGP y artículo 9 de la ley 2213 de 2022).

Auto

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00551-00

YENNY CAROLINA PABON

30 de marzo de  2023

Se tiene acreditado el emplazamiento de los parientes por línea materna y paterna de la NNA MARÍA ALEJANDRA OSUNA PABÓN. (c. digital 25).

Cumplido el emplazamiento del demandado BRYAN CAMILO OSUNA RIVERA, se designa como curador (a) ad-litem del citado al abogado (a) YENNY PAOLA FRANCO ROCHA. Secretaría comunique al togado (a) para la notificación del auto admisorio de la demanda. (art. 48-7 CGP).

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00614-00

SANDRA LORENA TOVAR

30 de marzo de  2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00656-00

LORENA ALEJANDRA RODRIGUEZ BAQUERO

30 de marzo de  2023

Se tiene acreditado el emplazamiento (c. digital 14) ordenado mediante providencia del 06 de diciembre de 2022. (c. digital 12).

Se agrega la respuesta de la DIAN (c. digital 18).

Se tiene acreditado el emplazamiento ordenado respecto del interesado Carlos Andrés Rodríguez García (c. digital 14), por lo que de conformidad con lo reglado por los artículos 293, 108 y 492 del CGP en concordancia con el artículo 10 de la ley 2213 de 2022, se designa como Curador Ad-litem del heredero citado al abogado (a) JUAN CAMILO CABRERA PERALTA. Comuníquese para que proceda a notificarse del auto de apertura de la sucesión. (art. 48-7 CGP).

Secretaría oficie con las advertencias del artículo 44 del CGP a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que se sirvan remitir el registro civil de nacimiento de CARLOS ANDRÉS RODRÍGUEZ GARCÍA identificado con c.c. 1.063.296.890. (inciso 2° núm. 1 art. 85 CGP)

Auto

IMPUGNACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00670-00

YIMMY ANDRES ROSAS CERVERA

30 de marzo de  2023

Se agregan las manifestaciones y evidencias aportadas por la apoderada demandante (c. digital 18), respecto de la dirección electrónica de la demandada Yerilan Zenaida Joya Caicedo (inciso 2° del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022).

Se ordena al demandante acreditar la vinculación de los demandados YERILAN ZENAIDA JOYA CAICEDO y CARLOS ANTONIO ECHEVERRÍA OLMOS, para lo cual se concede el término de 30 días so pena de decretar el desistimiento tácito del proceso. Secretaría contabilice el término señalado y vencido el mismo ingrese el proceso al despacho para proveer.

Secretaria remita comunicación a la Oficina de Reparto en solicitud de cambio de GRUPO en razón a que el asunto correspondiente al proceso VERBAL y no como lo señala el acta vista en cuaderno digital 7.

Auto

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00682-00

LINA FERNANDA NAVA

30 de marzo de  2023

PRIVACION DE PATRIA POTESTAD

Reservado

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00850-00

YULI KATHERINE VERA LOPEZ

30 de marzo de  2023

SENTENCIA

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00028-00

YORLENY CASTELLANOS GALEANO

30 de marzo de  2023

Sin lugar a tener efectiva la notificación personal al ejecutado (c. digital 19), en razón a que no se aportó el acuse de recibo de la comunicación. (Inciso 4 artículo 8 Ley 2213 de 2022).

Acrediten las demandantes la notificación al ejecutado, para lo cual se concede treinta (30) días so pena de declarar el desistimiento tácito del proceso, (art. 317 del CGP). Secretaría contabilice el término y vencido el mismo ingrese el expediente al despacho para proveer.

Auto

FIJACION DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00073-00

LEDY BRIGITTE BELTRAN FORERO

30 de marzo de  2023

Subsanada, ADMÍTASE la demanda de fijación de cuota alimentaria, incoada a través de apoderada por LEDY BRIGITTE BELTRÁN FORERO en representación del menor SANTIAGO ANDRÉS JIMÉNEZ BELTRÁN contra SERAFÍN JIMÉNEZ VARGAS.

/documents/35930002/140872003/2023-00073+31-03-23.pdf/77b07ecf-64bb-4e0f-8c87-d1a42bc4b526Auto

MEDIDAD DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00128-00

 

30 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

 

Reservado

 

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

 

JUZGADO VEINTISIETE DE FAMILIA

 

Estado N. 056

 

FECHA DE ESTADO: 10 DE ABRIL 2023

Clase de proceso

No de proceso

Demandante / Causante o titular acto

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-027-2021-00858-00

ANDRES ALEJANDRO UMAÑA HIGUERA

31 de marzo de  2023

Acorde con el contenido de las documentales (c. digitales 25 y 27), en tanto que la demanda NELLY SUÁREZ MUÑOZ compareció al trámite, se tiene terminado el cargo de la Curadora Ad-litem designada el 16 de enero de 2023.

Notificada personalmente la demandada del auto admisorio (c. digital 25), propuso excepciones de mérito las cuales vencieron en silencio (c. digital 27).

Se reconoce al abogado GUILLERMO BERNAL DUQUE como apoderado de la demandada NELLY SUÁREZ MUÑOZ (fl. 3 c. digital 25).

Al tenor de lo dispuesto por los artículos 372 (parágrafo) y 373 del CGP, se señala la hora de las 08:30 am del día 24 del mes de abril del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia de instrucción y juzgamiento. En esta oportunidad procesal las partes deberán comparecer personalmente a la vista judicial con la prevención de que en ella se practicarán los interrogatorios, se les advierte asimismo que su inasistencia o el retiro injustificado de la diligencia, los hace acreedores a las sanciones previstas en el artículo 372 numeral 4º del CGP

Auto

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-027-2022-00011-00

ANDREA EDIANA VARELA PERDOMO

31 de marzo de  2023

Como quiera el partidor designado por auto del 9 de noviembre de 2022 no aportó la distributiva ordenada (c. digital 41), se le releva del cargo y en su lugar, se nombra a los Drs. (as) 1. OLGA EDITH LUCÍA BLANCO DE APONTE, 2. ESMERALDA GÓMEZ PASTRAN, 3.AGUEDA CORTÉS CHÁVEZ, de la lista oficial en la especialidad de PARTIDOR. Para efectuar la labor dispuesta en auto del 20 de septiembre de 2022 (c. digital 35), cuenta el designado (a) con el término de diez 10 días, a partir de la aceptación al cargo (art. 48 -1º CGP).

Auto

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00121-00

SANDRO ERNANDO GÓMEZ RODRÍGUEZ

31 de marzo de  2023

Cumplido el ritual procesal al tenor del artículo 523 del CGP en concordancia con el 501 ibídem se señala la hora de las 02:30 pm del día 18 del mes de abril del año 2023, con el fin de llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos.

Los interesados deberán adjuntar todos los documentos que acrediten la comprobación actual de existencia, avalúo y propiedad de los activos.

La Secretaría informará a los interesados el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00129-00

SANDRA LILIANA MOSQUERA MARTÍNEZ

31 de marzo de  2023

Como la demandante no atendió la orden dispuesta en providencia del 21 de noviembre de 2022, con fundamento en lo previsto por el artículo 317 del CGP se dispone:

PRIMERO: DECLARAR terminadas las actuaciones procesales por desistimiento tácito.

SEGUNDO: LEVÁNTENSE las medidas cautelares decretadas en esta causa. Ofíciese a quien corresponda, teniendo en cuenta cualquier embargo de remanentes.

TERCERO: EXPÍDANSE a costa de los interesados copia auténtica de la presente providencia.

CUARTO: ARCHIVAR las diligencias.

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00180-00

LUZ ELENA UREÑA PÉREZ

31 de marzo de  2023

Cumplido el emplazamiento (c. digital 23), al tenor del artículo 501 del CGP, se señala la hora de las 02:30 pm del día 19 del mes de abril del año 2023, para llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos.

Los interesados deberán adjuntar todos los documentos que acrediten la comprobación actual de existencia, avalúo y propiedad de los activos.

La Secretaría informará el medio por el cual se llevará a cabo la vista judicial

Auto

SEPARACIÓN DE BIENES

1100131-10-027-2022-00235-00

ISNEIDA GARZÓN AMAYA

31 de marzo de  2023

RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO DE APELACIÓN

Auto

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2022-00242-00

LUZ ADRIANA MORALES ZAMBRANO

31 de marzo de  2023

Se agregan las respuestas emitidas por las empresas de telecomunicaciones (c. digitales 24 a 29), teniendo en cuenta su contenido y de conformidad con lo previsto en el artículo 293 del CGP se ordena emplazar al demandado ATTILA ANDREW HERRERA, identificado con c.e. 627475. Proceda Secretaría en la forma establecida en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022 en concordancia con el artículo 108 ibídem.

Sin lugar a tener en cuenta la notificación personal a los parientes por línea paterna de la NNA Karen Sofía Herrera Morales, en razón a que la comunicación remitida a la señora Rosalba Zambrano Villalba fue dirigida a dirección diferente a la informada en el libelo, a más de que no se acreditaron las manifestaciones ni evidencias de que trata la Ley 2213 de 2022, respecto de la dirección electrónica del señor Libardo Morales Zambrano (c. digital 21).

Estese la apoderada demandante a lo dispuesto en esta providencia respecto la solicitud de impulso procesal (c. digital 22)

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00259-00

JUAN CARLOS MORALES PARRA

31 de marzo de  2023

Del trabajo de partición presentado por los apoderados Martha Liliana Castañeda Mayorga y Genaro Bonilla Bonilla (c. digital 26), súrtase el traslado de que trata el artículo 509 del CGP.

Nada se resuelve respecto del escrito aportado por la apoderada Martha Liliana Castañeda Mayorga (c. digital 27), en razón a que es meramente informativo.

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2022-00435-00

ANGIE CAROLINA SUAREZ NOVOA

31 de marzo de  2023

No se accede por improcedente a la solicitud de terminación del proceso cursada por los apoderados de las partes (c. digitales 30 y 32), en su lugar estense a lo resuelto en providencia del 15 de noviembre de 2022 (c. digital 18).

Secretaría cumpla lo dispuesto en el numeral cuarto de la providencia del 15 de noviembre de 2022 (c. digital 18).

Auto

PATERNIDAD DE CRIANZA

1100131-10-027-2022-0500-00

MARIA JACQUELINE VILLAMARÍN

31 de marzo de  2023

Cumpla la Secretaría el emplazamiento ordenado en providencia del 13 de octubre de 2023 (c. digital 16) y en lo sucesivo atienda fielmente las órdenes del despacho.

Auto

PATERNIDAD DE CRIANZA

1100131-10-027-2022-0500-00

MARIA JACQUELINE VILLAMARÍN

31 de marzo de  2023

MEDIDAS CAUTELARES

Reservado

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00541-00

DIANA CAROLINA FERNÁNDEZ

31 de marzo de  2023

Sin lugar a tener en efectivo el citatorio enviado a los demandados Nury Méndez Obregoso, Leidy Carolina, Nury Amanda, Diana Marcela y Maicol Ramírez Méndez (c. digital 19), en tanto la comunicación carece de fecha de elaboración…

 

 Conforme con el acta vista en cuaderno digital 18 se considera a las demandadas Leidy Carolina, Nury Amanda y Diana Marcela Ramírez Méndez notificadas personalmente y que propusieron excepciones de mérito (c. digital 21), las cuales se mantienen agregadas

Se reconoce al abogado NÉSTOR ELIÉCER PRADA DÁNIEL como apoderado de las demandadas Leidy Carolina, Nury Amanda y Diana Marcela Ramírez Méndez. (c. digital 18).  y sobre su trámite se resolverá en oportunidad.

 

 

Auto

EXHORTO/ COMISIÓN PROCES DE DIVORCIO

1100131-10-027-2022-00654-00

OLGA ESPERANZA FERNANDEZ CAGICAS

31 de marzo de  2023

De conformidad a lo informado por la empresa postal respecto de la dirección errada de la persona a notificar (c. digital 10), se ordena a la Secretaría dirigir las comunicaciones de que trata los artículos 291 y 292 del CGP a Máximo González Villegas a la dirección patente a folio 2 del cuaderno digital 2

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00802-00

RICARDO PEÑALOZA LUGO

31 de marzo de  2023

Subsanada la demanda, DECLÁRESE abierto y radicado el proceso de sucesión intestada de RAFAEL PEÑALOZA ROMERO, quien en vida se identificó con la C.C. 2.900.522 y falleció el 25 de marzo de 2021, siendo la ciudad de Bogotá su último domicilio.

Se reconoce el interés que le asiste a RICARDO PEÑALOZA LUGO, GLORIA ESPERANZA PEÑALOZA LUGO, LUZ MARTHA PEÑALOZA LUGO y VICTORIA PEÑALOZA LUGO, hijos del causante, y que aceptan la herencia con beneficio de inventario.

Auto

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-0144-00

KARINA TORO CALDERA

31 de marzo de  2023

MEDIDA DE PROTECCIÓN

Auto

INCIDENTE DE DESACATO

1100131-10-027-2022-00679-00

HENRY DAVID MARTÍNEZ MARTÍNEZ

31 de marzo de  2023

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Veintisiete de Familia de Bogotá en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, RESUELVE,

PRIMERO: NEGAR el incidente de desacato.

SEGUNDO: Notificar a las partes de la presente providencia

Auto

 

Estado N. 057

FECHA DE ESTADO: 11 DE ABRIL 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-009-2014-00279-00

10/04/2023

Citación al titular y a la guardadora 08:30 am del día 26 del mes de abril

1 AUTO

 

FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

1100131-10-020-2019-00075-00

10/04/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00008-00

10/04/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

 
 

LIQUIDACIÓN SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2021-00133-00

10/04/2023

Estese la apoderada lo resuelto en providencia del 9 de febrero de 2023

1 AUTO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00652-00

10/04/2023

Se requiere a la demandante

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2021-00726-00

10/04/2023

se señala la hora de las 8:30 am del día 25 del mes de abril del año 2023, a efectos de llevar a cabo audiencia inicial, de instrucción y juzgamiento

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00377-00

10/04/2023

se señala la hora de las 02:30 pm del día 24 de abril del año 2023, con el fin de llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos

1 AUTO

 

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

1100131-10-027-2022-00785-00

10/04/2023

Resuelve recurso

1 AUTO

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2023-00175-00

10/04/2023

AUXÍLIESE la comisión conferida a través de despacho No. 3 por el Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad del Circuito de Medellín

RESERVADO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2023-00179-00

10/04/2023

Inadmite demanda

1 AUTO

 

DIVORCIO

11001-31-10-027-2023-00194-00

10/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00198-00

10/04/2023

Inadmite demanda

1 AUTO

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES

11001-31-10-027-2023-00200-00

10/04/2023

Inadmite demanda

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00236-00

10/04/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

 

Estado N. 058

FECHA DE ESTADO: 12 DE ABRIL 2023

 

Clase de proceso

No de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-001-2012-00384-00

11/04/2023

Sin lugar a aprobar la corrección a la partitiva allegada

1 AUTO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

1100131-10-027-2013-00633-00

11/04/2023

Se avoca el conocimiento para la revisión de la sentencia

1 AUTO

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2019-00895-00

11/04/2023

Se comisiona con amplias facultades al Juez Civil Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá (Reparto).

1 AUTO

IMPUGNACIÓN DE LA PATERNIDAD

1100131-10-027-2020-00315-00

11/04/2023

se requiere a las partes

1 AUTO

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2021-00789-00

11/04/2023

1. Para acreditar la notificación al demandado cuenta la actora con treinta (30) días 2. Medidas cautelares.

1 AUTO

2 RESERVADO

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00074-00

11/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2023-00215-00

11/04/2023

se inadmite la anterior demanda

1 AUTO

CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

1100131-10-027-2023-00218-00

11/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00237-00

11/04/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2022-00803-00

11/04/2023

No se imparte trámite por improcedente a la solicitud de desacato

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00176-00

11/04/2023

Se rechaza por extemporánea la impugnación presentada

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00221-00

11/04/2023

se ordena la vinculación como accionadas a la Delegatura para el Consumidor Financiero y a la Dirección de Conductas Uno y Dos

1 AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300203-00

11/04/2023

FALLO

1 AUTO

 

Estado N. 059

FECHA DE ESTADO: 13 DE ABRIL 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

11001-31-10-027-2018-00539-00

12/04/2023

sentencia

RESERVADO

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

1100131-10-027-2021-00569-00

12/04/2023

Acredite el demandante la notificación a la pasiva

1 AUTO

 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001-31-10-027-2021-00836-00

12/04/2023

sentencia

RESERVADO

 
 

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL

1100131-10-027-2022-00173-00

12/04/2023

Ordena traslado

1 AUTO

 

LICENCIA JUDICIAL PARA PARTICION EN VIDA

1100131-10-027-2022-00561-00

12/04/2023

Resuelve Recurso

1 AUTO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00044-00

12/04/2023

1 DECLÁRESE abierto y radicado el proceso de sucesión. 2 Medidas Cautelares

1 AUTO

2 Reservado

 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

11001-31-10-027-2023-00069-00

12/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

CUSTODIA

1100131-10-027-2023-00081-00

12/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2023-00145-00

12/04/2023

se inadmite

1 AUTO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00189-00

12/04/2023

3 autos Reservados

Reservado

 

NULIDAD DE MATRIMONIO

1100131-10-027-2023-00220-00

12/04/2023

EJECÚTESE

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300207-00

12/04/2023

FALLO

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00238-00

12/04/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

110013110027202300209-00

12/04/2023

FALLO

1 AUTO

 

 

Estado N. 060

FECHA DE ESTADO: 14 DE ABRIL 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

 

EXONERACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-020-2014-00381-00

13/04/2023

ADMÍTASE la demanda

1 AUTO

 

LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL

1100131-10-001-2014-00543-00

13/04/2023

Se corrige el error mecanográfico

1 AUTO

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2017-00598-00

13/04/2023

No se accede a la petición del demandado

1 AUTO

 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS

1100131-10-027-2018-00529-00

13/04/2023

Notifique la demandante a la titular del acto jurídico

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2019-00741-00

13/04/2023

no corresponde a los asuntos respecto de los cuales conserva competencia

1 AUTO

 

REMOCIÓN DE GUARDADOR

1100131-10-027-2021-00271-00

13/04/2023

Allegue la abogada poder para actuar

1 AUTO

 

PETICIÓN DE HERENCIA

1100131-10-027-2022-00106-00

13/04/2023

1 ADMÍTASE la demanda. 2 Medidas cautelares

1 AUTO

2 RESERVADO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2022-00307-00

13/04/2023

se señala la hora de las 02:30 pm del día 27 del mes de abril del año 2023, con el fin de llevar a cabo diligencia de inventarios y avalúos.

1 AUTO

 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2022-00415-00

13/04/2023

Estese el apoderado demandante a lo dispuesto

1 AUTO

 

UNIÓN MARITAL DE HECHO

1100131-10-027-2022-00867-00

13/04/2023

1 ADMÍTASE la demanda. 2 Medidas Cautelares

1 AUTO

2 RESERVADO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00108-00

13/04/2023

1 Se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas cautelares.

1 AUTO

2 RESERVADO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00158-00

13/04/2023

Resuelve Consulta

RESERVADO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00210-00

13/04/2023

Resuelve Apelación

RESERVADO

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN

1100131-10-027-2023-00214-00

13/04/2023

Resuelve Consulta

RESERVADO

 

LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGA

1100131-10-027-2023-00239-00

13/04/2023

el demandado no propuso excepciones.

1 AUTO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00240-00

13/04/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2022-00861-00

13/04/2023

Súrtase el traslado al Área de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional de Colombia del INCIDENTE DE DESACATO

1 AUTO

 

 

Estado N. 061

FECHA DE ESTADO: 17 DE ABRIL 2023

 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD

PATRIMONIAL

1100131100027202100726-00

14/04/2023

Resuelve Recursos

1 AUTO

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00056-00

14/04/2023

1 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO. 2 Medidas cautelares

1 AUTO

2 RESERVADO

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00086-00

14/04/2023

Se concede el término de ejecutoria para que aporte las direcciones de notificación

1 AUTO

 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00093-00

14/04/2023

Rechazar la demanda

1 AUTO

 

ADOPCIÓN DE MENOR DE EDAD

1100131-10-027-2023-00241-00

14/04/2023

Se inadmite la anterior demanda

RESERVADO

 

 

 

 

 

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

 

 

 

 

INCIDENTE DE DESACATO

110013110027202300140-00

14/04/2023

Resuelve Incidente

1 AUTO

 

INCIDENTE DE DESACATO

110013110027202300157-00

14/04/2023

Resuelve Incidente

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2022-00679-00

14/04/2023

Requerir al Gerente Regional de la Nueva EPS

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00251-00

14/04/2023

ADMÍTASE la acción de TUTELA

1 AUTO

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00236-00

14/04/2023

Surtir el traslado del INCIDENTE DE DESACATO

1 AUTO

 

 

 

Estado N. 062 

FECHA DE ESTADO: 18 DE ABRIL 2023 

 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO 

 
 

110013110027-2012-00691-00 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto decide 

 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2018-00593-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

1, Auto ordena compensar. 2, Confirma sentencia 

 
 

Auto1  

Auto 2 reservado 

 

 
 
 
 

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD 

acumulada con PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

110013110027-2021-00364-00 

 
 

17-04-23 

 
 

1, Declara desistimiento tácito respecto de la privación de patria potestad.  

2, Notificar al Defensor de Familia. 

 
 
 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

110013110027-2021-00704-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Concede término 

 
 

Auto 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

110013110027-2022-00239-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto concede término 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2022-00407-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

1, Ordena seguir adelante ejecución. 

2, Ordena arreglar cuaderno  

 
 
 
 
 
 

NULIDAD DE TESTAMENTO 

 
 

110013110027-2023-00095-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

1, Auto admite 

2, Auto ordena prestar caución previa inscripción de medida cautelar 

 
 

Auto 1 

Auto 2 reservado 

 
 
 
 

DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 

 
 

110013110027-2023-00146-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA 

 
 

110013110027-2023-00148-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYOS 

 
 

110013110027-2023-00152-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

110013110027-2023-00159-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO 

 
 

110013110027-2023-00162-00 

 

 
 

17-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00211-00 

 
 

17-04-23 

 
 

Fallo 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00256-00 

 
 

17-04-23 

 
 

Admite 

 
 

Auto 

 

 

Estado N. 063 

FECHA DE ESTADO: 19 DE ABRIL 2023 

 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2021-00199-00 

 
 

18-04-23 

 
 

1, Ordena compensar 

2, Convierte multa en arresto 

 
 

Auto 1 

Auto 2 reservado 

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

110013110027-2021-00300-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto aprueba liquidación de costas 

 
 
 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2021-00435-00 

 
 

18-04-23 

 
 

1, Ordena compensar 

2, Convierte multa en arresto 

 
 

Auto 1 

Auto 2 reservado 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00143-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00153-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

1, Libra mandamiento de pago 

2, Decreta medidas cautelares 

 
 

Auto 1 

Auto 2 reservado 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00155-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto plantea conflicto de competencia 

 
 

Auto 

 
 
 
 

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL 

 
 

110013110027-2023-00161-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA 

 
 

110013110027-2023-00163-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00165-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00166-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

1, Libra mandamiento de pago 

2, Decreta medidas cautelares 

 
 

Auto 1 

Auto 2 reservado 

 
 
 
 

AUTORIZACIÓN PARA LA CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA 

 
 

110013110027-2023-00168-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD 

 
 

110013110027-2023-00173-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 

 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2023-00184-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Revoca decisión  

 
 

Auto reservado 

 
 
 
 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES 

 
 

110013110027-2023-00185-00 

 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00188-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 

DECLARACIÓN JUDICIAL DE INDIGNIDAD SUCESORAL 

 
 

110013110027-2023-00192-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

110013110027-2023-00196-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2023-00204-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Ordena devolver 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00261-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00236-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Fallo de incidente desacato 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00221-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Fallo 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00207-00 

 
 

18-04-23 

 
 

Concede impugnación 

 
 

Auto 

 

 

Estado N. 064 

FECHA DE ESTADO: 20 DE ABRIL 2023 

 
 
 
 
 
 

Clase de proceso 

 
 
 
 

N. de proceso 

 
 
 
 

Fecha providencia 

 
 
 
 

Decision 

 
 
 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110010-2014-03501-00 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto ordena devolver 

 
 

Auto  

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

110013110027-2023-00170-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00187-00 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO 

 
 

110013110027-2023-00193-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

SUCESIÓN INTESTADA 

 
 

110013110027-2023-00195-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS / MAYOR DE EDAD 

 
 

110013110027-2023-00212-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto rechaza 

 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2023-00216-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Confirma decisión 

 
 

Auto reservado 

 
 
 
 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS 

 
 

110013110027-2023-00223-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Auto inadmite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

MEDIDA DE PROTECCIÓN 

 
 

110013110027-2023-00242-00 

 

 
 

19-04-23 

 
 

Confirma decisión 

 
 

Auto reservado 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00225-00 

 
 

19-04-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00268-00 

 
 

20-04-23 

 
 

Auto admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00225-00 

 
 

20-04-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 

 
 
 
 
 
 

Autos cumplase 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00209-00 

 
 

21-04-23 

 
 

Auto rechaza impugnación 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00273-00 

 
 

21-04-23 

 
 

Auto admite 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00238-00 

 
 

21-04-23 

 
 

Auto vincula 

 
 
 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00236-00 

 
 

21-04-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 
 
 
 

TUTELA 

 
 

110013110027-2023-00237-00 

 
 

21-04-23 

 
 

Fallo 

 
 

Auto 

 

Estado N. 065

FECHA DE ESTADO: 25 DE ABRIL 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha providencia

Decisión

Auto

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

11001311002720200016300

24-04-23

Auto que aprueba trabajo de partición-Oficiar-Acredita pago- Protocolizar trabajo de partición- Levantar medidas cautelares-Archivar

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720200040600

24-04-23

Auto que aprueba trabajo de partición-Oficiar-Acredita pago- Protocolizar trabajo de partición- Levantar medidas cautelares-Archivar

Auto

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720200040800

24-04-23

Auto que imparte aprobación de la liquidación

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131100272021003890

24-04-23

1, Revoca auto- Declara terminadas- Niega por improcedente

2, Ordena surtir traslado

 

Auto 1

Auto 2

 

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720220007300

24-04-23

Auto que aprueba trabajo de partición-Oficiar-Acredita pago- Protocolizar trabajo de partición- Levantar medidas cautelares-Archivar

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131100272022004650

 

24-04-23

1, Auto que confiere poder

2, oficiar

Auto 1

Auto 2

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720220063800

 

24-04-23

Agrega autos-Ordena surtir traslado

 

Auto

 

EJECUCIÓN DE NULIDAD DE MATRIMONIO CATÓLICO

11001311002720230017800

24-04-23

Auto ordena oficiar

Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720230019000

24-04-23

Auto ordena devolución

Auto

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

11001311002720230019700

24-04-23

1, Auto que libra mandamiento ejecutivo-Notificar ejecutado- Notificar Defensor de Familia

2, Oficiar

Auto

2 Reservado

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720230020100

24-04-23

Auto que inadmite demanda

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720230020500

24-04-23

Auto que inadmite demanda

Auto

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

11001311002720230020600

24-04-23

Auto que inadmite demanda

Auto

PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS

11001311002720230021300

24-04-23

Auto que inadmite demanda

 

Auto

 

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720230021700

24-04-23

Auto que inadmite demanda

Auto

 

AUTORIZACIÓN PARA LEVANTAMIENTO DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE

11001311002720230021800

24-04-23

Autoriza-Fija- Nombra curador Ad-Hoc-Notificar ministerio público-Archivar

Auto

 

SUCESIÓN  DOBLE INTESTADA

11001311002720230021900

24-04-23

Auto que rechaza demanda-Remitir, oficiar- Solicitar compensación

Auto

 

AUTOS DE CÚMPLASE

TUTELA

11001311002720230023800

24-04-23

Desvincula-Tutelar-Notificar

Auto

TUTELA

     11001311002720230027800

24-04-23

Concede termino

Auto

TUTELA

11001311002720230024000

24-04-23

Vincula-Concede termino

Auto

 

Estado N. 066

FECHA DE ESTADO: 26 DE ABRIL 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha providencia

Decisión

Auto

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO

11001311002720190027700

25-04-23

Auto que revoca poder-Se abstiene de reconocer-Designa persona de apoyo- Notificar Min Public.

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720190077600

25-04-23

Señala fecha de audiencia.

Auto

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720200026100

25-04-23

Auto que corrige providencia-Ordena emplazar

           Auto

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

11001311002720200042500

25-04-23

1, Auto que rechaza demanda-Archivar.

2, Requiere interesada.

Auto 1

Auto 2

INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

11001311002720200053300

25-04-23

Auto que fija fecha de prueba de ADN-Notificar Defensor De Familia.

Reservado

SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA

11001311002720230022200

25-04-23

Inadmite demanda.

Auto

 

AUTOS DE CÚMPLASE

TUTELA

11001311002720230027800

25-04-23

  Admite tutela.

Auto

TUTELA

           11001311002720230028100

25-04-23

  Admite tutela.

Auto

 

Estado N. 067

FECHA DE ESTADO: 27 DE ABRIL 2023 

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha de la providencia

Decisión

Auto

 

 

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO

1100131-10-020-2018-00073-00

26/04/2023

1 Por secretaría realizar abono

2 Medidas cautelares

AUTO

2 RESERVADO

 

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-001-2022-00476-00

26/04/2023

1 Señala fecha de audiencia inicial

2 Medidas cautelares

AUTO

2 RESERVADO

 

 

FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA

1100131-10-027-2022-00613-00

26/04/2023

Rechaza demanda-Archivar-Solicitar compensación

AUTO

 

 

 

 

EJECUTIVO DE ALIMENTOS

1100131-10-027-2023-00077-00

26/04/2023

Rechaza demanda-Archivar-Solicitar compensación

AUTO

 

 

SUCESIÓN INTESTADA

1100131-10-027-2023-00110-00

26/04/2023

Rechaza demanda-Archivar-Solicitar compensación

AUTO

 

 

NULIDAD DE MATRIMONIO CIVIL

1100131-10-027-2023-00114-00

26/04/2023

Rechaza demanda-Archivar-Solicitar compensación

AUTO

 

 

MEDIDA DE PROTECCIÓN–CONSULTA INCUMPLIMIENTO

1100131-10-027-2023-00243-00

26/04/2023

Confirma decisión-Devolver expediente

1 RESERVADO

 

 

AUTOS DE CÚMPLASE

 

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2022-00679-00

26/04/2023

Agrega comunicaciones-Surtir traslado-Notificar

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00119-00

26/04/2023

Requerir

AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

1100131-10-027-2023-00251-00

26/04/2023

Desvincular- Tutela-Notificar providencia-

AUTO

 

 

Estado N. 068

FECHA DE ESTADO: 28 DE ABRIL 2023

Clase de proceso

N. de proceso

Fecha providencia

Decisión

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720140070100

27-04-2023

Auto releva cargo de auxiliar, concede termino

Auto

SUCESIÓN INTESTADA

11001311002720170061000

27-04-2023

Auto releva cargo de auxiliar, concede termino

Auto

 

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210036500

27-04-2023

Pone en conocimiento

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720210039500

27-04-2023

Acepta sustitución-Señala fecha de audiencia inicial

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220008700

27-04-2023

Pone en conocimiento-Releva cargo de curador Ad-Litem- Requiere demandante

Auto

DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO

11001311002720220031900

 

27-04-2023

Se considera notificado-Reconoce apoderado-Designa curador Ad-Litem

Auto

DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

11001311002720220084300

 

27-04-2023

Designa curador Ad-Litem

Auto

PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD

11001311002720230022400

27-04-2023

Auto inadmite demanda

Auto

ADOPCIÓN

11001311002720230024100

27-04-2023

Rechaza demanda-Archivar expediente-Solicitar compensación

Auto

 

AUTOS DE CÚMPLASE

TUTELA

11001311002720230023600

27-04-23

Concede impugnación

Auto

TUTELA

11001311002720230025600

27-04-23

Niega tutela-Notificar

Auto

 

ESTADO  FECHA LINK
ESTADO No 117 21 DE JULIO DE 2023 DESCARGAR
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