FECHA

DEL

AVISO

RADICADO

TIPO DE

PROCESO

NORMA // DERECHOS DEMANDADOS 
02/03/2021 05001 23 31 000 2004 07043 00 REPARACIÓN DIRECTA 

En aplicación del numeral 10 del artículo 597 del CGP, se dispone a fijar aviso por el término de veinte (20) días de la solicitud de levantamiento de la medida cautelar, así como del auto que corre traslado de la misma, en el proceso de la referencia.

Lo anterior, para que la parte interesada ejerza su derecho de defensa y contradicción.

SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR

AUTO QUE ORDENA CORRER TRASLADO

AUTO ORDENA PUBLICACIÓN PÁGINA WEB