AVISO DE INTERÉS
Se informa a los usuarios de la administración de justicia del municipio de Chía que el correo para radicar las demandas a reparto de esta jurisdicción es: repartojcfchia@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO IMPORTANTE
Se informa a los usuarios de este Despacho, que debido a la implementación de la telefonía IP que se viene adelantando con la empresa prestadora de servicio ETB, tendiente a la modernización de nuestro sistema telefónico, la línea 8614032 asignada al despacho no va a seguir funcionando.
Por lo anterior, si requiere comunicarse con este Despacho, deberá hacerlo a través de la baranda virtual en el horario de lunes a viernes (hábiles) de 8:00 a.m., a 1:00 p.m., y de 2:00 p.m., a 5:00 p.m., dando clic en el barra superior en "ATENCIÓN AL USUARIO", tal como se muesta en la siguiente imagen:

Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
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Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
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Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
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Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).
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Nota: " No se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares o hagan mención a menores, o cuando la autoridad judicial así lo disponga por estar sujetas a reserva legal". (Inciso 2 del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022).