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Tribunal Superior de Bogotá también rechaza el Proyecto de Reforma a la Justicia

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El Tribunal Superior de Bogotá, reunido en Sala Plena y preocupado por un verdadero mejoramiento en la administración de justicia,  expresa a la opinión pública su rechazo al proyecto de reforma constitucional que se tramita en el Congreso de la República, por cuanto no incluye ninguna modificación sustancial que le garantice a los colombianos un acceso a una administración de justicia fuerte, autónoma, eficaz y eficiente, entre otras, por las siguientes razones:

 

1. Porque la propuesta de reforma afecta gravemente el derecho fundamental que tiene toda persona a un servicio de justicia autónomo, calificado e independiente, y desdibuja la división entre los poderes públicos.

 

De ello son evidencia, por ejemplo, el énfasis que se hace en el ejercicio de la función jurisdiccional por parte de autoridades administrativas, sobre las cuales se ejerce un control jerárquico y que tienen una evidente connotación política; el hecho de preservar el origen político de los Magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura; y la intervención de delegados de la Sala Disciplinaria en la Sala de Gobierno que administrará la Rama Judicial.

 

Como colombianos y como jueces, no podemos estar de acuerdo con una reforma que le permite a las autoridades administrativas imponer arrestos y ejercer jurisdicción en asuntos en los que paralelamente cumplen, por vía de ejemplo, funciones de control y vigilancia.

 

No es posible que quien ha sido cuestionado por sus demoras e ineficiencia en el ejercicio de algunas tareas administrativas, sea llamado ahora a fungir, al mismo tiempo, como juez, para solucionar los problemas de la justicia.

 

A tal punto llega la reforma, que establece decisiones de autoridades administrativas que no tendrán control judicial.

 

2. Porque con el sano propósito de incentivar los mecanismos alternativos de solución de conflictos, se le añaden figuras que privatizan el servicio de justicia, como la posibilidad de forzar al ciudadano a acudir ante árbitros.

 

De esta manera y so pretexto de aumentar la oferta de justicia, la reforma debilita la Rama Judicial del Poder Público, dado que amplía la posibilidad de ejercicio de la función judicial por particulares, notarios, centros de conciliación y funcionarios de la Rama Ejecutiva.

 

En un Estado Social de Derecho y en una democracia, las partes tienen el derecho a que un Juez del Estado pueda resolver los conflictos jurídicos. No podemos aceptar la promoción de una justicia en la que el ciudadano, que ya pagó impuestos, tiene que remunerar a quien le debe dirimir el litigio.  

 

3. Porque las modificaciones planteadas al sistema de elección de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, o a su régimen de inhabilidades, no constituyen la solución al mejoramiento del servicio de la justicia.

 

Incluso, llama la atención que la reforma prevea un concurso público para acceder a la Magistratura en dichas Corporaciones, pero no establezca el mismo mecanismo para escoger los Magistrados de la Sala Disciplinaria, preservando así un régimen de clara intervención de la política en la administración de justicia.

 

4. Porque la reforma al Consejo Superior de la Judicatura afecta de manera grave la autonomía judicial frente a las demás ramas del poder público.

 

Aunque es necesario introducir algunas modificaciones a la Sala Administrativa para hacerla más participativa, eficiente y eficaz, no creemos que su reemplazo por una Sala de Gobierno en la que tienen clara injerencia el poder ejecutivo (con intervención de Ministros) y el Congreso (con un delegado de la Sala Disciplinaria), contribuya a mejorar la administración de la Rama Judicial.

 

Más aún, el proyecto no tiene en cuenta, por ejemplo, que la jurisdicción ordinaria constituye más del 85% de toda la administración de justicia, no obstante lo cual se le da igual representación en el órgano de administración que a otras jurisdicciones.

 

5. Porque temas como el de la segunda instancia en los procesos de juzgamiento de los congresistas, o la exclusión de causales de pérdida de investidura para posibilitar su nombramiento como Ministros, así podamos compartirlos, deben ser tratados al margen de una verdadera reforma a la justicia y no bajo la excusa de ella.

 

Nada tienen que ver con el servicio de justicia y las reformas que requiere, asuntos como el de las suplencias en el Congreso, o los requisitos de las denuncias contra los aforados, entre otros.

 

Por consiguiente, el Tribunal Superior de Bogotá invita a todos los Magistrados y Jueces del país, así como a la ciudadanía en general, para que hagan uso de los mecanismos de expresión previstos en la Constitución y la ley, con el fin de lograr que el proyecto de reforma a la justicia sea retirado por el Gobierno Nacional o improbado por el Congreso.

 

Bogotá D.C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011)

 

 

 

 

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ GÓMEZ

Presidente

 

 

 

 

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