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Suspendido Juez que se demoró tres años para realizar una audiencia en un proceso penal

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Bogotá; D.C., 25 de octubre de 2011.- Un mes de suspensión en el ejercicio del cargo le impuso la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura a Hugo de Jesús Morales Meneses, en su calidad de Juez Penal del Circuito de Puerto Berrío, Antioquia, por demorar el fallo de seis procesos puestos a su consideración.

 

La investigación disciplinaria se inició por la compulsa de copias realizada por el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, al advertir que en el despacho del mencionado Juez varios procesos llevaban más de un año sin que se citara para adelantar las respectivas audiencias.

 

El Consejo Superior de la Judicatura, con ponencia de la magistrada Julia Emma Garzón de Gómez, encontró que en uno de los casos el Juez Morales se demoró cerca de tres años para fijar fecha para la audiencia pública, cuando la ley establece un término de 30 días para esta diligencia, contados a partir del momento en avocó conocimiento del caso.

 

La actuación del Juez Morales Meneses fue calificada como una falta grave culposa, debido a que la inactividad y mora en el trámite de los procesos ocurrió como consecuencia de la negligencia en el  trámite del proceso.

 

“La mora que acaeció no tiene justificación alguna, toda vez que examinada la producción laboral del Juez ésta Superioridad encuentra que en el periodo examinado el funcionario no alcanzó a proferir una providencia diaria, producción que no es la más acorde a las exigencias de su cargo”, precisó la decisión.

 

 

Agregó la Sala Jurisdiccional Disciplinaria que “lo apreciable es que tal desprevención frente a su función lo llevó a realizar un procedimiento con desconocimiento de las exigencias que debía cumplir, por la violación de los deberes objetivos de cuidado”.

 

 

 

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Magistrada Ponente Dra. JULIA EMMA GARZÓN DE GÓMEZ

Radicación No. 05001110200020060140901 (3189-10)

Aprobado según Acta de Sala No. 61 del 22 de junio de 2011.

 

 

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