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Prorrogada suspensión provisional al juez que falló tutela a favor Saludcoop

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Bogotá, D.C., 26 marzo de 2012.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura prorrogó por tres meses más la medida de suspensión provisional en el ejercicio del cargo al Juez 37 Civil del Circuito de Bogotá, Hugo Hernando Moreno Munévar, quien mediante una tutela ordenó la devolución de Saludcoop a sus propietarios originales.

 

Con ponencia de la magistrada María Mercedes López Mora, la Judicatura determinó que el Juez Moreno debe seguir separado del cargo mientras se define el proceso disciplinario en su contra, para impedir que el funcionario conozca de acciones judiciales similares y las decida en el mismo sentido que la cuestionada tutela fallada a favor de la EPS.

 

“Para evitar que el funcionario continúe conociendo por medio de la acción de tutela, pretensiones que pueden ser ventiladas a través de los mecanismos que el ordenamiento jurídico tiene previsto para ello, se prorrogará la suspensión provisional impuesta, pues de ser restablecido en el cargo, reasumiría la competencia para conocer acciones similares”, precisó la Corporación.

 

La investigación disciplinaria al Juez 37 Civil del Circuito de Bogotá, fue iniciada a raíz de una queja presentada por la Contraloría, que pidió que se estableciera si hubo irregularidades en el fallo de la acción de tutela mediante el cual fueron aceptadas las pretensiones de los accionistas originales de Saludcoop, quienes buscaban que se levantara la intervención a la EPS.

 

“El Juez investigado posiblemente ha incurrido en contrariedad con la Ley, por ende puede estar inmerso en falta disciplinaria, en tanto por su comportamiento contrario al deber funcional pudo desconocer el carácter subsidiario de la acción de tutela y procedió a fallar de fondo una acción a todas luces improcedente”, precisó la sala Jurisdiccional Disciplinaria.

 

La EPS Saludcoop está siendo intervenida por la Superintendencia de Salud, a raíz de las denuncias hechas por supuestos manejos indebidos de dineros recaudados a los usuarios.

 

 

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Magistrado ponente: Dra. María Mercedes López Mora

Radicado: 110010102000201102939 02

Aprobado según Acta N° 004 del 06 de marzo de 2012

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