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Jurisdicción ordinaria es la competente para investigar militares por muerte de dos personas

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Bogotá, D.C., mayo de 2013.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura asignó a la jurisdicción ordinaria, representada por la Fiscalía 63 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Marinilla, Antioquia, la competencia para investigar a miembros del Ejército que dieron muerte a dos personas, en hechos ocurridos el 17 de abril de 2006 en zona rural del municipio de San Carlos, Antioquia.

 

Según el informe entregado por el Ejército, la muerte de esos dos hombres se produjo en combates con las Farc en cercanías a la vereda Las Flores, pero en las necropsias practicadas a los cuerpos se pudo establecer que hubo diferencias entre la hora y el lugar del deceso de las víctimas, al constatar que solo uno de los cadáveres estaba en proceso de descomposición.

 

Estas inconsistencias planteadas en el informe forense generan duda frente a las circunstancias de la muerte de esas dos personas, por lo que no está claro si los hechos ocurrieron con ocasión del servicio militar y por esa circunstancia se le otorga la competencia para investigar el caso a la jurisdicción ordinaria.

 

La Sala, con ponencia del magistrado José Ovidio Claros Polanco, señaló que el material probatorio aportado en el proceso ofrece elementos de prueba que no permiten concluir con claridad que los uniformados, aún indeterminados, contra quienes se adelanta la investigación deben continuar con el fuero militar.

 

“En situaciones como la presente, en las que existe algún grado de incertidumbre acerca de qué fue lo verdaderamente ocurrido, como lo ha señalado la jurisprudencia constitucional, la competencia debe asignarse a la jurisdicción ordinaria, pues no se pudo demostrar plenamente que se configura la excepción al principio del juez natural general”, concluyó la Corporación.

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