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Juez de tutela no puede adjudicar viviendas a familias que viven en zonas de alto riesgo

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Bogotá, D.C., 05 de septiembre de 2013.-  La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura determinó que mediante acciones de tutela no se pueden conceder adjudicaciones de vivienda para personas que se encuentren en zonas de alto riesgo.

 

La Sala tuteló parcialmente los derechos de una familia del municipio de Dosquebradas, Risaralda, que vive cerca a una quebrada que amenaza con derrumbes y ordenó a la Alcaldía de esa localidad ubicarlos en un albergue temporal.

 

Los tutelantes, una señora de 68 años de edad y su hijo de 32 años, quien sufre de retraso mental, pidieron a la administración municipal su reubicación, por estar en riesgo de una catástrofe; la Alcaldía respondió que la entrega de casas es competencia del Ministerio de Vivienda.

 

La Judicatura determinó que como no puede esperarse a que suceda una desgracia, por la ola invernal que ya comenzó en el país, y por el deber de solidaridad que se tiene como Estado Social de Derecho, que además es un deber de rango constitucional, la Sala Disciplinaria determinó la reubicación transitoria de los accionantes, sin embargo, para no afectar el derecho a la igualdad, la Sala se abstiene de ordenar su ubicación en una vivienda definitiva.

 

Precisó que los derechos de quienes están inscritos en programas de subsidios o soluciones de vivienda, no pueden ser burlados por quienes a través de la acción de tutela desconocen un proceso establecido para esa realidad social en la que se encuentran muchos ciudadanos.

 

La sentencia señala que tampoco se puede emitir una orden para solución habitacional, desconociendo las condiciones presupuestales del municipio y sin vincular al Fondo Nacional de Vivienda, que es la institución encargada de desarrollar esas políticas.

 

“A la accionante le asiste el derecho a ser parte en los procesos o programas de solución de vivienda por parte del municipio, en los plazos y turnos fijados para tal fin, con la participación del Fonjdo Nacional de Vivienda, Fonvivienda”, agregó la decisión, con ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria.

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