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Judicatura ordena al Inpec el traslado de una interna a otro establecimiento carcelario

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Bogotá, D.C., 15 de noviembre de 2011.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario que en un término de 20 días, adelante los trámites de índole administrativo del traslado de la interna Flor Marina Cepeda de la Cárcel Orión en Jamundí, Valle del Cauca a otro centro carcelario ubicado en la ciudad de Bogotá.

 

 

La madre de la interna Flor Marina Cepeda Rodríguez en nombre propio y en el de sus nietos menores Esteban, Robinson y Brandon Gallo Cepeda pretenden con esta acción constitucional la reubicación de la madre de los menores a una cárcel más cercana a su residencia en Bogotá ya que no cuenta con recursos suficientes para visitar sus nietos a su madre en la en centro penitenciario donde hoy paga su pena.

 

 

Sobre el particular, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura se pronunció diciendo “La Sociedad y el Estado deben garantizar la preservación de la unidad familiar y de esta manera procurar el desarrollo integral de los niños y aún adolescentes, razón por la cual debe primar el derecho a la unidad familiar y el derecho a tener una familia”.

 

 

Así mismo citó la sentencia T-1275 DE 2005 del Magistrado Ponente de la Corte Constitucional Humberto Antonio Sierra Porto que expone: “es preciso inaplicar el artículo 75 y solicitar el traslado inmediato del recluso a una cárcel ubicada en un lugar cercano al sitio donde residen los hijos”.

 

 

De esta manera la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura   inaplicó el artículo 75 del Código Penal Penitenciario y Carcelario, revocó integralmente la decisión de primera instancia que negó la acción de tutela y ordenó al INPEC que en un término de 20 días, adelante los trámites para el traslado efectivo de la interna en mención.

 

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Magistrado Ponente: Doctor. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO

Radicación No. 11001-11-02-000-2011-05735-01

Aprobado según Acta No. 27 del 11 de noviembre de 2011.

 

 

 

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