REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO
Medellín, treinta (30) de julio de dos mil veintiuno (2021)
AVISO A LA COMUNIDAD
En cumplimiento de lo estipulado en el numeral 5° del artículo 277 de la Ley 1437 de 2011, se informa a toda la comunidad que mediante auto del 23 de julio del año en curso, se admitió la demanda promovida en ejercicio del medio de control de NULIDAD SIMPLE por la VEEDURÍA GIRARDOTA TRANSPARENTE en contra del MUNICIPIO DE GIRARDOTA radicado bajo el número 05001-33-33- 008-2021-00192-00, la misma tiene como pretensión la nulidad del Acuerdo N° 009 de 2020, por medio del cual se autoriza al alcalde a comprometer vigencias futuras excepcionales para la ejecución del proyecto Administración, modernización, operación, mantenimiento y expansión del alumbrado público territorial de administración, modernización, operación, mantenimiento y expansión del alumbrado público territorial de vigencias futuras excepcionales, aprobado en acta 002 de 2020 con fecha de 21 de abril de 2020
Atentamente,
IVÁN AUGUSTO PALLARES DELGADO
Secretario