REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO

Medellín, dieciocho (18) de septiembre de dos mil veinte (2020)

 

AVISO A LA COMUNIDAD

 

En cumplimiento de lo estipulado en el numeral 5° del artículo 277 de la Ley 1437 de 2011, se informa a toda la comunidad que mediante auto del 14 de septiembre del año en curso, se admitió la demanda promovida en ejercicio del medio de control de NULIDAD ELECTORAL por el señor RUBÉN SUÁREZ BUSTAMANTE en contra del MUNICIPIO DE SONSÓN y la señora LEIDY JOHANA SALAZAR MORALES, radicado bajo el número 05001-33-33- 008-2020-00192-00, la misma tiene como pretensión la nulidad del Decreto N° 060 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Alcalde Municipal de Sonsón, por medio del cual se realizó el nombramiento de la señora Leidy Johana Salazar Morales como Gerente de la E.S.E. Hospital San Juan de Dios de dicho municipio.

 

Atentamente,

 

 

LUISA FERNANDA OSPINA VELÁSQUEZ

Secretaria