TEMA: Reglas para la atención de usuarios del Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá a partir del 1° de julio de 2.020.

 

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 806 de 2020, en el Acuerdo expedido por el Consejo Superior de la Judicatura (PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2.020,) y en el Acuerdo expedido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá (CSJBTA20-60 del 16 de junio de2.020), el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá informa a sus usuarios las reglas que deberán observar a partir del 1º de julio de 2.020 para adelantar cualquier trámite relacionado con los procesos que actualmente cursan en el Juzgado.

A.Atención virtual y presencial

  1. La atención de los usuarios se realizará de manera preferente a través de los canales virtuales del Juzgado.
  1. El Despacho ha dispuesto la línea telefónica y de whatsApp No. 3107882202 para la atención de los usuarios. Esta línea estará habilitada de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.
  1. El Juzgado solamente asignará cita para atención presencial cuando el usuario requiera revisar expedientes que aún no hayan sido digitalizados, o retirar títulos judiciales o copias auténticas del expediente. El usuario que requiera ser atendido de manera presencial deberá solicitar previamente una cita por medio de la línea telefónica o de whatsApp indicada en el punto anterior.
  1. El tiempo máximo de la cita presencial será de 30 minutos. Si el usuario requiere tiempo adicional para la revisión de los expedientes deberá solicitar una nueva cita.
  1. El día asignado para la revisión del expediente, el usuario deberá llegar 15 minutos antes de la hora de la cita; venir solo; portar su documento de identidad, tapabocas, guantes y alcohol o líquido antibacterial; y llevar los elementos que necesite para tomar las fotografías o escanear las páginas del expediente que requiera. No se autorizará por ningún motivo el retiro total ni parcial de los expedientes de la sede física del Juzgado.

B.Radicación de demandas

A partir del 1º de julio de 2020, la presentación de demandas se realizará únicamente  de  manera  virtual,  a  través  de  la  URL  que  se  relaciona  a continuación:

https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/demandaenlinea

C.Radicación de memoriales

Para la radicación de memoriales el único canal autorizado es el correo electrónico  correscanbta@cendoj.ramajudicial.gov.co  Por  lo  tanto,  los usuarios  deberán  seguir  los  pasos  que  se  muestran  a  continuación,  al momento de radicar cualquier documento o memorial dirigido al Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá:

 
   

D.Expedición de copias

El usuario que requiera la expedición de copias auténticas, sean de documentos físicos o digitales, deberá radicar previamente la solicitud en la forma como fue indicada en el literal anterior y allegar el recibo de pago del arancel judicial y de las copias. Una vez le sea autorizada la expedición de las copias, el usuario deberá agendar cita para retirarlas de la secretaría.

Las copias simples podrán ser tomadas directamente del expediente por el usuario, para lo cual deberá agendar previamente la cita correspondiente.

Si las copias simples están digitalizadas y su peso no supera el máximo preestablecido por el operador del servicio de internet, la secretaría remitirá dichas copias a través del correo electrónico, previa solicitud escrita que haga el interesado.

E.Notificación de providencias

A partir del 1º de julio de 2.020 todas las providencias serán notificadas en la forma dispuesta en el Decreto 806 de 2.020. Teniendo en cuenta esto, los usuarios deberán actualizar su dirección de correo electrónico en el Registro Nacional de Abogados e informar al Juzgado cualquier cambio de sus datos de contacto.

También se les recuerda a los usuarios que todas las providencias que sean expedidas por el Juzgado serán publicadas en el portal web de la Rama Judicial, motivo por el cual, no se asignarán citas para consultar las providencias judiciales.

F. Radicación de acciones de tutela y de habeas corpus

Las acciones de tutela y habeas corpus deberán ser radicadas a través del aplicativo web establecido por el Consejo Superior de la Judicatura para el efecto.

Las notificaciones o comunicaciones en estos casos se seguirán haciendo por el medio más expedito y de manera preferencial a través del correo electrónico.

De   antemano   se   agradece   la   comprensión   de   los   usuarios   y   la colaboración que presten para la implementación de estas medidas, cuyo único propósito es el de viabilizar la gestión y el desarrollo de los procesos judiciales durante este tiempo de anormalidad.

 

DIEGO FERNANDO OVALLE IBAÑEZ

JUEZ