República de Colombia

Rama Judicial del Poder Público

JUZGADO DIECINUEVE (19) CIVIL del CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.

Carrera. 9 No. 11 - 45 Piso 2 de Bogotá D.C. – Telefax (1)2820099

Ccto19bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

AVISO A LA COMUNIDAD


Se informa a los abogados litgantes, dependientes y extremos procesales, lo siguiente:

Cuando radiquen memoriales o escritos, deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

 

  1. Debe ser remitido en un formato que permita la descarga, preferiblemente en formato PDF.

 

  1. Si presentan varios memoriales deben estar integrados en un solo archivo PDF, siempre que sea para un cuaderno en específico.

 

  1. Si el memorial es, ejemplo: medidas cautelares, llamado en garantía, excepciones previas, nulidades, incidentes, o demás escritos dirigidos a cuadernos diferentes, deben allegar en formato PDF, separado.

 

  1. Determinar el proceso al que se dirige el escrito, número del expediente, partes del proceso, calidad en la que se actúa, y el nombre de esta sede judicial. 

 

  1. Verificar que el proceso en efecto se encuentre cursando en esta Despacho Judicial y la denominación.

 

De conformidad con el artículo 109 del Código General del Proceso, los memoriales, incluidos, los mensajes de datos se entenderán presentados oportunamente si son recibidos dentro del horario de 8 a.m. a 5 p.m., los demás se entenderán radicados el día siguiente hábil.

 

 

JUZGADO 19 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

SECRETARÍA

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Rama Judicial del Poder Público

JUZGADO DIECINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

 

    Señores usuarios y usuarias del servicio de administración de justicia, reciban un cordial saludo. 

 

De manera comedida, y ante las circunstancias vividas con ocasión de las medidas sanitarias y las disposiciones decretadas por el Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura, este Despacho se encuentra comprometido con prestar el servicio de administración de justicia utilizando las herramientas tecnológicas y el trabajo en casa, derrotero que nos guiara para realizar a cabalidad nuestra labor judicial en el futuro. 

 

Por lo tanto, es importante la comunicación con todos nuestros usuarios, en esa medida se les solicita que de manera pronta, suministren la información que a continuación se describe, con el fin de tener un contacto directo y permanente con ustedes: 

 

Número de proceso  

Nombres y apellidos. 

Calidad en la que actúa. 

Correo electrónico. 

Teléfono de contacto. 

Dirección de notificación.  

 

De ante mano agradecemos la atención que se sirvan dar a la presente. 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
Juzgado Diecinueve Civil del Circuito de Bogotá
AVISO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO 19 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA
CITA
 
A: TODAS LA PERSONAS INTERESADAS, que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso EJECUTIVO DE CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL MINERO Contra ALFONSO AGUILAR URIBE.
 
La medida cautelar se practicó sobre el inmueble de esta petición, ubicada en la calle 66 No. 19-48 el cual se identifica con folio de matrícula inmobiliaria No. 50S-154453 de la oficina de Registro zona Centro.
 
Para los efectos establecidos por el artículo 597 numeral 10 del C.G.P., se fija, en lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado, por término de veinte (20) días hábiles.
Para constancia, se fija en el presente AVISO, hoy 02/10/2020 a las ocho de la mañana (8:00 AM).
 
Original firmado
GLORIA STELLA MUÑOZ RODRIGUEZ
Secretaria
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
Juzgado Diecinueve Civil del Circuito de Bogotá
AVISO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO 19 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA
CITA
 
A: TODAS LA PERSONAS INTERESADAS, que se crean con derecho a intervenir dentro de la accion consitucional incoada por el Consorcio de Remanentes Telecom, actuando como vocero y administrador del Patrimonio Autónomo de Remanentes Telecom y Teleasociadas en Liquidación - PAR
 
 

Por medio del presente  fechado tres (3) de diciembre de dos mil veinte (2020),  se les hace saber, que mediante radicado No. 110012203 000 2020 01856 00 el H. Magistrado Ivan Dario Zuluaga Cardona de la Sala Civil del H. TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. admitió la acción de tutela en anteriormente citada contra de este Despacho Judicial.

El cual dispuso " 1. Admitirla a trámite.

2. Vincular a los terceros con interés directo en esta acción, que actúan como partes dentro del proceso al que se alude en la demanda de tutela. Así mismo, a la Oficina de Archivo Central - Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Lorica y la Superintendencia de Notariado y Registro.

3. Conceder al accionado y los vinculados el término de un (1) día, para que se pronuncien sobre los hechos objeto de la súplica. Dentro de ese mismo término, el Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Lorica, rendirán un informe pormenorizado sobre los mismos.

4. Notifíquese el contenido del presente auto, adjuntando copia del escrito introductor y sus anexos. Por conducto del Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá, efectúese la respectiva comunicación frente a las partes que actúan dentro del proceso que es objeto de la acción.

Por secretaría, verifíquese en su oportunidad que dicha notificación se haya realizado en debida forma. NOTIFÍQUESE Documento con firma electrónica IVÁN DARÍO ZULUAGA CARDONA Magistrado". 

Lo anterior se hace  los fines pertinentes.

 

 

GLORIA STELLA MUÑOZ RODRIGUEZ
Secretaria