Juzgado Promiscuo Municipal Santa María Boyacá

Mail: 01prmpalsmaria@cendoj.ramajudicial.gov.co

Carrera 3 No. 5-20 Celular 3114459351

 

Las siguientes providencias se publican dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9° del Decreto Legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

Si desea verificar también los estados electrónicos y las providencias relacionadas con los mismos, consulte las siguientes direcciones web del aplicativo JUSTICIA XXI WEB -TYBA de la Rama Judicial:

1. Consulta de Procesos:

https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/justicia21/Administracion/Ciudadanos/frmConsulta

2. Consulta de lista de Estados:

https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/justicia21/Administracion/Descargas/frmArchivosEstados.aspx

 

 

RESOLUCIONES PROFERIDAS POR EL DESPACHO

NUMERO DE RESOLUCIÓN Y FECHA

ASUNTO

LINK PARA CONSULTAR RESOLUCIÓN

Resolución No. 001 de 08 de febrero de 2022  

Por medio del cual se hace el nombramiento de un empleado en propiedad (Escribiente)

VER RESOLUCIÓN

ResoluciNo. 002 de 17 de febrero de 2022 Por medio del cual se hace el nombramiento de un empleado en propiedad (Secretario) VER RESOLUCIÓN
ResoluciNo. 004 de 18 de marzo de 2022 Por medio del cual se hace el nombramiento de un empleado en propiedad (Escribiente) VER RESOLUCIÓN
ResoluciNo. 005 de 01 de abril de 2022

Por medio del cual se concede una prórroga en el término para la posesión en el cargo de un empleado en propiedad (Secretario).

VER RESOLUCIÓN

 

 

 

 

Rama Judicial del Poder Público

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA – BOYACÁ. 

 

AVISO

 

HACE SABER:

 

Que dentro del Proceso Ejecutivo que en este Juzgado se adelantó con el radicado No. 15690408900119980408900 por parte de AUGUSTO GUTIERREZ CAMACHO en contra de ANA MARIELA RUIZ ROA, se ordenó que, previo a la cancelación del embargo que aparece con acción personal, sobre el vehículo  identificado con placas CIL - 587 registrado ante la oficina de tránsito y transporte de Cota Cundinamarca,  ordenado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Santa María, Boyacá, comunicado a la Oficina anteriormente nombrada, mediante Oficio 098 de fecha cuatro (04) de junio de mil novecientos noventa y ocho (1998), se dé AVISO a las personas que se crean con derecho a oponerse al levantamiento de la cautela dentro del término.

 

Para los efectos señalados en el numeral 10 del Artículo 597 del Código General del Proceso, se fija el presente AVISO en lugar visible y público de la Secretaría del Juzgado y el micrositio asignado a este Despacho por el Consejo Superior de la Judicatura por el término legal de veinte (20) días. Se fija   hoy dieciséis (16) de mayo de dos mil veintidós (2022), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.).

 

 

HERNANDO RIVERA BALLESTEROS

Secretario