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República de Colombia Rama Judicial del Poder Público
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta Calle 23 No.5- 63 Oficina 411 BL B Cel. 3174739243 J02ccsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co
EDICTO:
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA
EMPLAZA:
A los HEREDEROS INDETERMINADOS DE ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ, para que comparezcan a este despacho judicial a recibir la notificación del auto admisorio de la acción de tutela fechado 25 (25) de octubre de dos mil veintitrés (2.023) y de la demanda de tutela, como VINCULADOS dentro de la ACCIÓN DE TUTELA seguida por AURA ESTHER DIAZGRANADOS GÁMEZ contra el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA RAD.– 470013153002202300207-00, de igual forma se pone en conocimiento para fines pertinentes la parte resolutiva del auto admisorio en el cual el juzgado decidió:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por GERMÁN EDUARDO MALDONADO VALENCIA en contra del JUZGADO QUINTO DE CIVIL MUNICIPAL DE SANTA MARTA, representado por la Juez Dra. AMANDA MARITZA MENDOZA JULIO, o quien haga sus veces al momento de la notificación; envíesele copia de la solicitud de tutela y de sus anexos al Juzgado accionado para que un pronunciamiento expreso sobre los hechos relatados en el libelo, en el término de dos (2) días. SEGUNDO: VINCULESE a este trámite constitucional a la ALCADÍA MUNICIPAL DE PIVIJAY, JORGE ARMANDO MEZA MARTINEZ, ROBERTO RAFAEL ROCHEL MOVILLA, LUZ MAARINA VÁZQUEZ INDAPIZ, ORLANDO RAFAEL GRANADOS PÉREZ, ALEXANDER DANIEL SCHILLER LIZCANO, PAULINA LEONOR BARROS MANJARRES, ISABEL JARBA SARMIENTO, quienes fungen como acreedores dentro de la causa judicial que motiva esta acción, al CENTRO DE CONCILIACIÓN FUNDACIÓN LIBORIO MEJÍA, y los HEREDEROS INDETERMINADOS DE ALFONSO ENRIQUE GUERRA MARTINEZ, a fin de que concurran a este trámite constitucional para que realicen un pronunciamiento expreso sobre los hechos relatados en el libelo, en el término de dos (2) días.
TERCERO: NIEGUESE la media provisional solicitada, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión. CUARTO: TENGASE como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela. QUINTO: OFICIAR al Juzgado Quinto Civil Municipal de Santa Marta para que remita a esta agencia judicial copia digitalizada del expediente de Liquidación Patrimonial de ALFONSO ENRIQUE MAARTINEZ GUERRA con radicado 47001405300520220028200, concédasele para ello en el término de dos (2) días. SEXTO: RECONÓZCACELE personería jurídica al abogado GERMÁN EDUARDO MALDONADO VALENCIA, como apoderado del accionante, AURA ESTHER DIAZGRANADOS GAMEZ, para la presente acción constitucional, en términos y efectos del poder conferido. SEPTIMO: SOLICITESE por secretaría la información necesaria al Juzgado Quinto Civil Municipal de esta ciudad, para agotar la notificación de los vinculados. OCTAVO: NOTIFÍQUESE de esta determinación a las partes y vinculados por el medio más expedito posible y a los herederos indeterminados y personas indeterminadas, publíquese aviso en el micrositio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el registro de personas emplazadas y fíjese en lugar visible de este despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. MARIELA DIAZGRANADOS VISBAL JUEZ
Para efectos pertinentes el auto se encuentra disponible en la página de la rama judicial y en el aplicativo TYBA.
El presente edicto se publica hoy veintisiete (27) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
ELIANA PATRICIA QUINTERO RESTREPO
Secretaria