Autoevaluación y Evaluación Independiente del Sistema Institucional de Control Interno

El componente Actividades de Monitoreo del MECI de la Rama Judicial permite desarrollar las actividades de supervisión continua (autoevaluación) en el día a día de las actividades, así como evaluaciones periódicas (evaluación independiente), mismas que a su vez permiten valorar: (i) la efectividad del Sistema Institucional de Control Interno (SICI) de la Rama Judicial; (ii) la eficiencia, eficacia y efectividad de los procesos; (iii) el nivel de ejecución de los planes, programas y proyectos; (iv) los resultados de la gestión, con el propósito de detectar desviaciones, establecer tendencias, y generar recomendaciones para orientar las acciones de mejora. Busca que la Rama Judicial pueda hacer seguimiento oportuno al estado de la gestión de los riesgos y los controles.

La autoevaluación, que está integrada en los procesos de la Rama Judicial en todos sus niveles y es ejercida por sus propios operadores, suministra información oportuna.

La evaluación independiente, ejecutada periódicamente por la Unidad de Auditoría, varía en alcance y frecuencia dependiendo de la evaluación de riesgos, la efectividad de las evaluaciones continuas y otras consideraciones del Consejo Superior de la Judicatura y del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

Estas actividades de monitoreo contribuyen a la optimización permanente del Sistema Institucional de Control Interno y, por lo tanto, a la calidad en el desempeño de las operaciones, la salvaguarda de los recursos públicos, la prevención de la corrupción, la oportuna resolución de los hallazgos de auditoría y de otras revisiones, así como a la idoneidad y suficiencia de los controles implementados.

La evaluación de control interno es el análisis de los sistemas de control de la Rama Judicial, con el fin de determinar la calidad de estos, el nivel de confianza que se les puede otorgar y si son eficaces y eficientes en el cumplimiento de sus objetivos.