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AVISO A LA COMUNIDAD
30 de junio de 2020
Apreciado Usuario:
NO PONGA EN RIESGO SU SALUD Y SU VIDA
A partir del 1 de Julio de 2020, este Juzgado atenderá todos los trámites de manera VIRTUAL
Para radicar su memorial:
j08lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co
Para revisar el estado:
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-08-de-pequenas-causas-laborales-de-bogota/2020n1
Para revisar su proceso:
Ingrese a TYBA o
https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/
Para algún trámite que sea imposible atender por el email, comuníquese al:
3203290319
Para actualizar sus datos de contacto:
COMUNICADO CONJUNTO JUECES DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BOGOTÁ
***
AVISO A LA COMUNIDAD
6 de junio de 2020
El Juzgado 8 de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá informa, que el Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo PCSJA20-11567 del 5 de junio de 2020, en el cual ordenó:
Artículo 1. Levantamiento de la suspensión de términos judiciales. La suspensión de términos judiciales y administrativos en todo el país se levantará a partir del 1 de julio de 2020 de conformidad con las reglas establecidas en el presente Acuerdo.
Artículo 2. Suspensión de términos judiciales. Se prorroga la suspensión de términos judiciales en el territorio nacional, desde el 9 de junio hasta el 30 de junio de 2020 inclusive. Se exceptúan de esta suspensión de términos los asuntos señalados en los artículos siguientes.
Artículo 10. Excepciones a la suspensión de términos en materia laboral. En materia laboral se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el artículo 2 del presente Acuerdo las siguientes actuaciones en única, primera y segunda instancia, según corresponda, que se adelantarán de manera virtual, siempre que se encuentren en trámite y respecto de las cuales se haya fijado fecha para celebrar la audiencia de los artículos 72, 77 u 80 del Código Procesal del Trabajo:
10.10. Incrementos, reajustes y retroactivos pensionales, auxilios funerarios, reconocimiento de intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la ley 100 de 1993, y reconocimiento y reliquidación de indemnización sustitutiva, ante jueces de pequeñas causas laborales.
En consecuencia, en los procesos ordinarios que no están contemplados dentro de los temas del numeral 10.10, serán aplazadas todas las audiencias que hayan sido programadas entre el 1° y el 30 de junio de 2020.
Por el contrario, en los procesos ordinarios que sí están contemplados dentro de los temas del numeral 10.10, las audiencias serán previamente acordadas con las partes y sus apoderados. Se señalará fecha mediante Auto que será registrado en el Sistema Tyba y que se notificará a través de esta página web en el link de "Estados electrónicos".
Respecto del pago de títulos judiciales, se está dando aplicación a la Circular PCSJC20-17.
Se invita a los apoderados judiciales, a los estudiantes de consultorio jurídico y a los demandantes en causa propia, que tengan procesos ordinarios y ejecutivos en el Juzgado 8 de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá, que actualicen sus datos en el siguiente link:
Se recuerda que la sede del Juzgado 8 de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá continuará cerrada hasta el 30 de junio de 2020. Antes del 1° de julio de 2020 se informarán las nuevas disposiciones para la atención presencial.
El email institucional del Juzgado es: j08lpcbta@cendoj.ramajudicial.gov.co