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Traslados especiales y ordinarios
JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
Cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Bogotá D.C. 13 DE ENERO DE 2021
COMUNICADO 02 -NOTIFICACIÓN ESTADO 001 AÑO 2021
Se informa al público en general que los procesos con auto del 18 de diciembre de 2020, se notificara el 14 DE ENERO DE 2021 a las 8:00 am correspondiendo al estado 001 del año en curso. Se advierte que las providencias que allí se notifican quedarán debidamente notificadas por ese medio, y los términos correrán a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad a como lo regula la ley para cada caso en concreto.
Para acceder al estado publicado ingrese al siguiente link
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-055-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-bogota
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55)DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
Cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Bogotá D.C. 12 DE ENERO DE 2021
COMUNICADO 01 -NOTIFICACIÓN ESTADO 001 AÑO 2021
Se informa al público en general que los procesos con auto del 18 de diciembre de 2021, no pudieron ser publicados el día de hoy -12 de enero de 2021- en tanto a la fecha no se encuentra habilitado en la página de la Rama Judicial los espacios correspondientes para el año 2021, situación que ya fue reportada al área respectiva; por lo que una vez se dé solución a dicha anomalía se procederá a publicar el estado respectivo.
Se adjuntan pantallazos.
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
JUZGADO CINCUENTA Y CINCO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ (Antes JUZGADO SETENTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL)
Bogotá D. C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veinte (2.020)
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Atendiendo lo establecido en la Circular No. PCSJC20-17 DE 2020, se comunica al público en general que ya se encuentra a disposición el sistema para la entrega de depósitos judiciales, para lo se solicita a los abogados y usuarios en general revisar los requisitos solicitados en la citada circular como sus anexos, para efectuar la entrega correspondiente.
Los siguientes procesos ya se encuentran con orden de pago elaborada y autorizada a través del portal web transaccional del Banco Agrario:
- 2020-0201 DEMANDANTE: ANA LEONOR ORTIZ GARCIA
- 2019-0007 DEMANDANTE: COOPERATIVA PROGRESO SOLIDARIOS - COOPROSOL
- 2019-1840 DEMANDANTE: RF ENCORE S.A.S.
- 2016-0225 DEMANDANTE: CEDUCARIMA S.A.S.
- 2019-0767 DEMANDANTE: BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A.
- 2019-1144 DEMANDANTE: COOPFUR LTDA.
- 2016-1016 DEMANDANTE: SALUD OCUPACIONAL SANITAS SAS
NOTA: Se les informa a los beneficiarios de los títulos judiciales que para su retiro o reclamo deben dirigirse al Banco Agrario – Depósitos judiciales con su cédula original y copia de la misma ampliada al 150%. Si se trata de personas jurídicas, deben acompañar el certificado de existencia y representación legal actualizado así como el RUT.
El único medio habilitado para recibir cualquier solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
JUZGADO CINCUENTA Y CINCO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ (Antes JUZGADO SETENTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL)
Bogotá D. C., dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte (2.020)
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Atendiendo lo establecido en la Circular No. PCSJC20-17 DE 2020, se comunica al público en general que ya se encuentra a disposición el sistema para la entrega de depósitos judiciales, para lo se solicita a los abogados y usuarios en general revisar los requisitos solicitados en la citada circular como sus anexos, para efectuar la entrega correspondiente.
Los siguientes procesos ya se encuentran con orden de pago elaborada y autorizada a través del portal web transaccional del Banco Agrario:
- 2016-0238 DEMANDANTE: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA S.A. BBVA COLOMBIA
- 2019-1751 DEMANDANTE: MANUEL BERMÚDEZ IGLESIAS
- 2019-0082 DEMANDANTE: COOPERATIVA MULTIACTIVA DE FABRICANTES COOPITEX
- 2019-1256 DEMANDANTE: COOPERATIVA MULTISERVICIOS DE COLOMBIA EN LIQUIDACIÓN - COOPMULSER
NOTA: Se les informa a los beneficiarios de los títulos judiciales que para su retiro o reclamo deben dirigirse al Banco Agrario – Depósitos judiciales con su cédula original y copia de la misma amplaiada al 150%. Si se trata de personas jurídicas, deben acompañar el certificado de existencia y representación legal actualizado así como el RUT.
El único medio habilitado para recibir cualquier solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
JUZGADO CINCUENTA Y CINCO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ (Antes JUZGADO SETENTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL)
Bogotá D. C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinte (2.020)
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Atendiendo lo establecido en la Circular No. PCSJC20-17 DE 2020, se comunica al público en general que ya se encuentra a disposición el sistema para la entrega de depósitos judiciales, para lo se solicita a los abogados y usuarios en general revisar los requisitos solicitados en la citada circular como sus anexos, para efectuar la entrega correspondiente.
Los siguientes procesos ya se encuentran con orden de pago elaborada y autorizada a través del portal web transaccional del Banco Agrario:
- 2019-0695 DEMANDANTE: BAYPORT COLOMBIA S.A.
- 2017-0955 DEMANDANTE: COLSUBSIDIO
- 2019-1197 DEMANDANTE: ILUMEC SAS
- 2017-1457 DEMANDANTE: SHERBORNE S.A.
- 2019-1604 DEMANDANTE: CONJUNTO RESIDENCIAL TORRES DE ARANJUEZ P.H.
NOTA: Se les informa a los beneficiarios de los títulos judiciales que para su retiro o reclamo deben dirigirse al Banco Agrario – Depósitos judiciales con su cédula original y copia de la misma. Si se trata de personas jurídicas, deben acompañar el certificado de existencia y representación legal actualizado.
El único medio habilitado para recibir cualquier solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
Cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Bogotá D.C. 28 de julio de 2020
COMUNICADO ENTRADA AL DESPACHO
Se informa al público en general que las demandas presentadas vía web entre el 15 al 27 de julio de 2020, a las cuales se les asignó la serie de radicación del 2020-420 al 2020-00455 ingresan al Despacho para su calificación el 29 de julio de 2020, se advierte a los usuarios que atendiendo el acuerdo PCSJA20-11597 del 15 de julio de 2020 mediante el cual se ORDENÓ: "el cierre del 16 al 31 de julio inclusive, de los despachos judiciales que funcionan en los edificios NEMQUETEBA, HERNANDO MORALES, JARAMILLO MONTOYA, CAMACOL Y EL VIRREY EN BOGOTÁ, por lo que en estas sedes se suspende el trabajo presencial y la atención presencial al público" que estas no se encuentran radicadas en el sistema siglo XXI, sin embargo en aras de dar trámite al reparto que se ha recibido se procede a publicar el cuadro anexo para verificar el radicado asignado, y se les sugiere a los interesados estar atentos a las salidas las cuales pueden consultar en el siguiente link. https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-055-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-bogota Nota: Una vez se restaure el sistema se procederá a la actualización respectiva sin que esto afecte la publicación ya efectuada.
2020-420 |
15/07/2020 |
11:27 a. m. |
22076 |
EJECUTIVO SINGULAR |
BANCO FINANDINA SA- |
JUAN CARLOS ACERO VALENCIA |
2020-421 |
15/07/2020 |
3:58 p. m. |
22142 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA PROGRESO SOLIDARIO EN LIQUIDACION FOROZOSA EN INTERVENCION COOPROSOL |
GABINO FURNIELES BALLESTAS |
2020-422 |
15/07/2020 |
4:31 p. m. |
22166 |
EJECUTIVO SINGULAR |
ANDREA ANGELICA AGUILAR HERRERA |
ALEXANDER CALDERON |
2020-424 |
16/07/2020 |
8:12 a. m. |
22235 |
EJECUTIVO SINGULAR |
LUIS ALBERTO PINEDA |
JOHN JAIRO ALAYON FAJARDO |
2020-425 |
16/07/2020 |
12:35 a. m. |
22343 |
EJECUTIVO SINGULAR |
ARANGO Y SILVA INMOBILIARIA SAS |
GERARDO HERNAN REALPE ORDOÑEZ |
2020-426 |
16/07/2020 |
7:35: PM |
22458 |
EJECUTIVO SINGULAR |
CREDIVALORES CREDISERVICIOS S.A.- |
HENRY APOLINAR CASANOVA ANGULO |
2020-427 |
17/07/2020 |
1:07 p. m. |
22555 |
VERBAL SUMARIO |
RV INMOBILIARIA SA- |
MICHAEL GARCIA |
2020-428 |
17/07/2020 |
2:07 p. m. |
22585 |
EJECUTIVO SINGULAR |
HECTOR JULIO GIL LOPEZ |
ALBA NEYRE JAIME NIETO, SEGUNDO VICENTE DURAN OVALLE |
2020-429 |
17/07/2020 |
4:36 |
22686 |
EJECUTIVO SINGULAR |
SION TRADE S.A.S. |
CARRAO ENERGY S.A. |
2020-430 |
17/07/2020 |
6:59 p. m. |
22725 |
VERBAL |
INGRID PAOLA NIETO MENDIVELSO |
DORA ALICIA MAHECHA |
2020-432 |
21/07/2020 |
7:43AM |
22788 |
EJECUTIVO SINGULAR |
RENTACOMPUTO S.A.- |
OPTICENTRO INTERNACIONAL S.A.S |
2020-433 |
21/07/2020 |
10:11 a. m. |
22899 |
EJECUTIVO SINGULAR |
RV INMOBILIARIA- |
PA COMERCIALIZADORA SAS |
2020-434 |
21/07/2020 |
12:18 p. m. |
22796 |
EJECUTIVO SINGULAR |
RV INMOBILIARIA |
JALID DIAZ, ANDRES JULIAN RUEDA PRADA, ELIDA RUEDA PLATA, Y .- GERBER RUBENBARBACHANO GERBER |
2020-435 |
21/07/2020 |
2:36 p. m. |
23044 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA MULTIACTIVA EL PIJAO CUYA SIGLA ES COOPPIJAO EN LIQUIDACION- EN INTERVENCION- |
JAIME SEGUNDO HERNANDEZ CASTILLO |
2020-436 |
21/07/2020 |
3:48:PM |
23100 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE LIDERES DE COLOMBIA- COOPSANSE |
MARIA PAZ BRITTO JIMENEZ |
2020-437 |
21/07/2020 |
4:16 p. m. |
23121 |
VERBAL SUMARIO |
RV INMOBILIARIA S.A. |
EDWIN ESMALDY SANTANILLA PINEDA |
2020-438 |
22/07/2020 |
9:04: AM |
23218 |
EJECUTIVO SINGULAR |
EDIFICIO 82 PH |
ALLIANCE AR SAS, JESUS ENRIQUE ARCHILA GUIO, |
2020-439 |
22/07/2020 |
9:44 a. m. |
23253 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE COMERCIALIZACION Y CONSUMO- JOTA EMILIOS |
FABIO ANDRES MANRIQUE MOSQUERA |
2020-440 |
22/07/2020 |
12:41 a. m. |
23365 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA SOLIDARIA NACIONAL- COOPSONAL- EN LIQUIDACION FORZOSA ADMINISTRATIVA- EN INTERVENCION- |
MOISES LARA JIMENEZ |
2020-441 |
22/07/2020 |
2:16 p. m. |
23425 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE COMERCIALIZACION Y CONSUMO- JOTA EMILIOS |
WILLIAM DURAN QUINTERO |
2020-443 |
23/07/2020 |
7:39 a. m. |
23501 |
EJECUTIVO SINGULAR |
GENNY GARCÍA GRANADOS |
CONJUNTO MULTIFAMILIAR ARANJUEZ PROPIEDAD HORIZONTAL- |
2020-444 |
23/07/2020 |
1:55 a. m. |
23597 |
VERBAL |
SOLUCIONES EN INNOVACION FARMACEUTICAS SAS (SIGLAS GATEPHARMA) |
IMPROPHARMA SAS- |
2020-445 |
23/07/2020 |
1:57 p. m. |
23598 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA COONALSER- |
CLAUDIA YANETH CARDENAS BRICEÑO |
2020-446 |
23/07/2020 |
3:18 p. m. |
23657 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA SAN PIO X DE GRANADA LTDA "COOGRANADA" |
WILLINTON ARIEL CARDONA OSPINA |
2020-447 |
23/07/2020 |
6:22 p. m. |
23740 |
EJECUTIVO HIPOTECARIO |
BANCO CAJA SOCIAL |
JUAN CARLOS VARGAS BEJARANO |
2020-449 |
24/07/2020 |
10:04 a. m. |
23836 |
EJECUTIVO SINGULAR |
BANCO OCCIDENTE S.A - |
NANCY JANNETH ORTIZ PULIDO, |
2020-450 |
24/07/2020 |
12:17 a. m. |
23902 |
EJECUTIVO SINGULAR |
PUBLICAR EDITORES S.A.S- |
JOSE ALEXANDER BARRAGAN DIAZ |
2020-451 |
24/07/2020 |
4:43 p. m. |
23985 |
EJECUTIVO SINGULAR |
ITAU CORPBANCA COLOMBIA S.A - |
ALEXANDER MONTES MIRANDA |
2020-452 |
24/07/2020 |
7:54 p. m. |
24081 |
EJECUTIVO SINGULAR |
HIDEGAS INGENIEROS SAS- |
IMPULSA COLOMBIA SAS- |
2020-453 |
27/07/2020 |
1:27 p. m. |
24138 |
EJECUTIVO SINGULAR |
COOPERATIVA MULTIACTIVA COPROYECCION |
GUMERCINDO MANUEL BOLIVAR SANCHEZ |
2020-455 |
27/07/2020 |
6:43 p. m. |
24205 |
EJECUTIVO SINGULAR |
CITY CONSULTORIA INMOBILIARIA LTDA- |
TAI CONSTRUCCIONES LTDA- , DIANA MERCEDES GUTIERREZ MENDEZ, MARIA MERCEDES SUA DE POVEDA, JHON HENRY POVEDA ZUA |
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55)DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
Cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Bogotá D.C. Veintisiete (27) de julio de dos mil veinte (2020)
COMUNICADO NOTIFICACIÓN ESTADO DEL 28 DE JULIO DE 2020
Se informa al público en general que las demandas presentadas vía web entre el 1 y 14 de julio de 2020, a las cuales se les asignó la serie de radicación del 2020-00361 al 2020-00419 y se encuentran debidamente radicadas en el sistema de consulta e ingresaron al Despacho el pasado 15 de julio del año en curso, saldrán con auto del 27 de julio y en estado No. 43 del 28 de julio de 2020, (excepto la demanda con radicado 2020-415).
Se aclara a los usuarios que el sistema de control remoto asignado en la fecha 27 de julio de 2020- está presentando fallas lo que ha imposibilitado la desanotada y actualización correspondien)te en el sistema siglo XXI, sin embargo en aras de dar trámite al reparto que se ha recibido se procede a publicar el estado correspondiente.
Se advierte que las providencias que allí se notifican quedarán debidamente notificadas por ese medio, y los términos correrán a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad a como lo regula la ley para cada caso en concreto
Para acceder al estado publicado ingrese al siguiente link
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-055-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-bogota
Nota: Una vez se restaure el sistema se procederá a la actualización respectiva sin que esto afecte la publicación ya efectuada.
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
COMUNICADO ESTADOS DEL 11- 12- 13 Y 16 DE MARZO DE 2020
BOGOTA D.C. TREINTA (30) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE (2020)
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Y atendiendo lo establecido en el ACUERDO PCSJA20-11567 05/06/2020 "Por medio del cual se adoptan medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor", se tiene que en su Artículo 1. DISPONE: "Levantamiento de la suspensión de términos judiciales. La suspensión de términos judiciales y administrativos en todo el país se levantará a partir del 1 de julio de 2020 de conformidad con las reglas establecidas en el presente Acuerdo". (Se subraya).
Teniendo en cuenta que los estados del 11, 12, 13 y 16 de marzo de 2020, no alcanzaron a quedar en firme al cierre de los juzgados, se procede a fijar el 1 de julio de 2020 a efectos que termine el término respectivo faltante para su ejecutoria así:
NÚMERO ESTADO |
FECHA DE ESTADO |
TÉRMINO TRANSCURRIDO |
TÉRMINO FALTANTE |
TRANSCURRE |
034 |
11 DE MARZO DE 2020 |
12-13 DE MARZO DE 2020 |
1 DIA |
1 DE JULIO DE 2020 |
035 |
12 DE MARZO DE 2020 |
13 DE MARZO DE 2020 |
2 DIAS |
2 Y 3 JULIO |
036 |
13 DE MARZO DE 2020 |
NINGUNO |
3 DÍAS |
1-2 Y 3 JULIO |
037 |
16 DE MARZO DE 2020 |
NINGUNO |
3 DÍAS |
1-2 Y 3 DE JULIO. |
Se aclara que las providencias de decreto de medidas cautelares, en razón a que gozan de reserva deberán ser solicitadas por el apoderado de la parte actora, acreditando lo propio, al correo electrónico cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Para consultarlas diríjase al sitio web asignado para la publicación de estados, y en la parte inferior, encontrara el siguiente cuadro ubique el estado a consultar y en la casilla providencias descargue el archivo y ubique su auto.
FECHA ESTADO |
NO. ESTADO |
TÉRMINO TRANSCURRIDO |
TÉRMINO FALTANTE |
TRANSCURRE |
PROVIDENCIAS |
034 |
11 DE MARZO DE 2020 |
12-13 DE MARZO DE 2020 |
1 DIA |
1 DE JULIO DE 2020 |
PROVIDENCIAS |
035 |
12 DE MARZO DE 2020 |
13 DE MARZO DE 2020 |
2 DIAS |
2 Y 3 JULIO |
PROVIDENCIAS |
036 |
13 DE MARZO DE 2020 |
NINGUNO |
3 DÍAS |
1-2 Y 3 JULIO |
PROVIDENCIAS |
037 |
16 DE MARZO DE 2020 |
NINGUNO |
3 DÍAS |
1-2 Y 3 DE JULIO. |
PROVIDENCIAS |
Adicionalmete se pone de presente que el único medio habilitado para recibir cualquier solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
COMUNICACIÓN ENTREGA DE DEPOSITOS JUDICIALES
BOGOTA D.C. VEINTISÉIS (26) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE (2020)
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Atendiendo lo establecido en la Circular No. PCSJC20-17 DE 2020, se comunica al público en general que ya se encuentra a disposición el sistema para la entrega de depósitos judiciales, para lo se solicita a los abogados y usuarios en general revisar los requisitos solicitados en la citada circular como sus anexos, para efectuar la entrega correspondiente.
Los siguientes procesos ya se encuentran con orden de pago.
- 2019-01934 2019-00256
- 2019-01130 2018-00872
- 2018-00147 2019-001793
- 2019-00959 2019-00504
- 2014-00118 2018-00346
- 2016-00471 2017-01012
- 2018-00215 2019-00233
- 2019-001984 2014-00645
- 2015-00927 2018-00594
Adicionalmete se pone de presente que el único medio habilitado para recibir cualquier solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.
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JUZGADO CINCUENTA Y CINCO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE
(Antes JUZGADO 73 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ)
Bogotá D.C.
COMUNICACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE ESTADOS ELECTRÓNICOS
Debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto 450 de 2020, el Decreto 491 de 2020 y el Decreto 636 de 2020, mediante los cuales se limita la movilidad de los servidores públicos a los actividades estrictamente necesarias, con la finalidad de mitigar la propagación del contagio del COVID 19 y propiciar el distanciamiento social, autorizando el trabajo en casa, utilizando los medios tecnológicos para las notificaciones y comunicaciones.
Establecido lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura mediante los Acuerdos PCSJA-11516, PCSJA-11517, PCSJA-11518, PCSJA-11521, PCSJA-11526, PCSJA-11532, PCSJA-11546, PCSJA-11549 y PCSJA-11556 faculta el uso de las herramientas tecnológicas para la notificación de providencias judiciales, las cuales tienen sustento en la normatividad vigente y regulada en los códigos procesales.
Así las cosas, se comunica a la comunidad en general y a los usuarios de la justicia, que este estrado judicial a partir de la próxima semana publicará en la página de la Rama Judicial estados electrónicos, resolviendo solamente los asuntos, autorizados en las excepciones por parte del Consejo Superior de la Judicatura.
Para acceder a estos, pueden hacerlo por medio del siguiente link:
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-055-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-bogota
Se precisa lo siguiente:
1. Las providencias que allí se notifican quedan debidamente notificadas por ese medio, y los términos correrán a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad a como lo regula la ley para cada caso en concreto.
2 El único medio habilitado para recibir cualquier memorial de impugnación o solicitud, es el correo institucional cmpl73bt@cendoj.ramajudicial.gov.co se advierte que los términos transcurrirán en los días hábiles de 8:00 am a 5:00 pm, por lo que las solicitudes deberán ser remitidas en este horario a efectos de contabilizar los términos respectivos.
NOTA: ESTE AVISO ES MERAMENTE INFORMATIVO PARA EFECTOS DE LOGRAR LA COMUNICACIÓN CON EL USUARIO.