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Para buscar información por radicado en el anterior enlace, respecto de las acciones de tutela 2023-00001-00 hasta la 2023-00080-00 se deberá anteponer el código del Juzgado Octavo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga: 680014009008 y en cuanto todas la acciones de tutela posteriores al radicado 2023-00081-00 deberá anteponerse el código del Juzgado Veinticinco Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga: 680014009025.
Se informa que mediante auto admisorio de fecha 23 de enero de 2024 interpuesta por la profesional en derecho Aydee Patricia Gómez Blanco, quien actúa como apoderada judicial de Yaqueline Romero Sánchez, en contra de Coomeva E.P.S. – En liquidación, por la presunta vulneración a su derecho fundamental de petición, se dispuso la vinculación oficiosa de la ciudadana Diana Carolina Cadena Vargas C.C. 1.098.780.243, quien podrá acceder al traslado de la tutela mediante el siguiente link: https://etbcsj-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/j25pmbuc_cendoj_ramajudicial_gov_co/EoWgwX1AfVFAmXuw_KUBXQIBmmzz95eZMy0gOPnlzwcUcw?e=JKY0eH
De requirir información adicional, podrá solicitarla al correo j25pmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que mediante auto admisorio de fecha 13 de febrero de 2024 se dispuso avocar la acción de tutela interpuesta por el profesional en derecho Diego Nicolas Castillo Cuadra, quien actúa en calidad de representante legal de la Cooperativa Multiactiva del Fonce –Coomulfonce–, en contra de la sociedad L.A.V. Consultorías y Servicios S.A.S., por la presunta vulneración a su derecho fundamental de petición, remitiéndole a través del correo electrónico señalado en el Certificado de Existencia y Representación Legal registrado en Cámara de Comercio de Barranquilla, copia de la demanda de tutela y sus anexos para efectos de su defensa, con la advertencia que en caso de no recibir respuesta dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al recibo de la comunicación se dará aplicación al artículo 20 del Decreto 2591 de 1991. Así mismo, en aras de darle publicidad y garantizar el derecho de defensa y contradicción, se COMUNICA a la referida sociedad que podrá acceder al traslado de la tutela mediante el siguiente link: 003EsritoTutelaConAnexos.pdf.
Además, se informa que de requerir información adicional, podrá solicitarla al correo j25pmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co