EDICTO MATRIMONIAL
Que mediante escrito radicado en este despacho el pasado 13 de Junio de 2.023 los contrayentes
LAURA MARCELA SERRANO GARCIA Y PABLO ANTONIO TOVAR BALLEN
Solicitaron la celebración de matrimonio civil, que fue admitida mediante auto notificado por estados el pasado 30 de Junio de 2.023 en el cual se ordenó "fíjese edicto, por el término de cinco (5) días, el cual deberá ser publicado en la secretaría de este despacho y en el micrositio ubicado en la pagina web de la rama judicial", razón por la cual, por medio del presente edicto se da cumplimiento a lo ordenado.
CONTRAYENTE: LAURA MARCELA SERRANO GARCIA
Identificación: 1.098.704.606 de Bucaramanga
Lugar y fecha de nacimiento: Bucaramanga, 29 de Abril de 1.991
Vecindad: Bucaramanga
CONTRAYENTE: PABLO ANTONIO TOVAR BALLEN
Identificación: 1.026.257.224 de Bogotá
Lugar y fecha de nacimiento: Bucaramanga, 17 de Septiembre de 1.987
Vecindad: Bucaramanga
Que en cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto 2668 de 1.998, se dispone la fijación del presente EDICTO en la secretaría de este despacho y en el micrositio ubicado en la pagina web de la rama judicial, por el término de cinco (5) días hábiles, con el fin de garantizar el derecho de oposición a las personas que conocedoras de algún impedimento para la celebración del matrimonio puedan ejercerlo mediante escrito, aportando las pruebas pertinentes al correo electrónico j19cmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co o en la secretaría del despacho.
Se fija este EDICTO, hoy cinco (05) de Julio de 2.023 a las 8:00 a.m

ZAHIRA XIMENA PARRA SEPULVEDA
Secretaria