AVISO
EL JUZGADO DOCE DE PEQUEAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE BARRANQUILLA,
HACE SABER:
A las partes e intervinientes del proceso VERBAL DE PERTENENCIA 08001405302120180073900 adelantado por VERIS YANETH MORALES PAEZ contra EUGENIO DE JESUS TOVAR DE ORO, ELISA DEL SOCORRO BUELVAS RESTREPO Y PERSONAS INDETERMINADAS,
QUE
En audiencia celebrada en fecha 02 de agosto del año 2022, el Despacho Judicial profirió auto mediante el cual dispuso tener por interrumpido el proceso 08001405302120180073900 a partir de la notificación de la presente providencia, hasta tanto sean notificados por aviso sus herederos o antes si estos concurren al proceso.
Por lo anterior, se ordena citar a este proceso al cónyuge o compañero permanente, a los herederos, al albacea con tenencia de bienes, al curador de la herencia yacente, si los hubiera, del señor EUGENIO DE JESUS ORO TOVAR, a quienes deberá notificárseles por aviso este auto y el que admite la demanda contra el demandado fallecido, para que comparezcan al proceso dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Vencido dicho término, o antes cuando estos concurran el proceso se reanudará y se señalara fecha para la celebración de la audiencia de que trata el art. 392 del C.G. del P.
El presente aviso se publicará en la página web de esta Dependencia Judicial y se dispondrá su fijación en un lugar visible de la Secretaria.
El presente aviso se expidió en Barranquilla, a los Dieciocho (18) de Octubre del Dos Mil Veintidós (2022)
Atentamente,
VIVIANA VILLANUEVA ARTETA.
Secretaria
AVISO
EL JUZGADO DOCE DE PEQUEAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE BARRANQUILLA
HACE SABER:
A las partes e intervinientes del proceso VERBAL DE PERTENENCIA 0800140530212017-00886-00 adelantado por JOHAN MICHEL GRAZZIANI ARRIETA contra SEBASTIANA ARRIETA MARTINEZ Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS
QUE
Por auto de fecha 04 de agosto del 2020, el Despacho Judicial profirió auto mediante el cual dispuso tener por interrumpido el proceso0800140530212017-00886-00 a partir de la notificación de la presente providencia, hasta tanto sean notificados por aviso sus herederos o antes si estos concurren al proceso.
Por lo anterior, se ordena citar a este proceso al cónyuge o compañero permanente, a los herederos, al albacea con tenencia de bienes, al curador
de la herencia yacente, si los hubiera, de la SEBASTIANA ARRIETA MARTINEZ, a quienes deberá notificárseles por aviso este auto y el que admite la demanda contra la demandada fallecida, para que comparezcan al proceso dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.
Vencido dicho término, o antes cuando estos concurran el proceso se reanudará.
Asimismo, el presente aviso se publicará en la página web de esta Dependencia Judicial y se dispondrá su fijación en un lugar visible de la Secretaria.
El presente aviso se expidió en Barranquilla, a los veintisiete (27) de Julio del Dos Mil Veintidós (2022)
Atentamente,
VIVIANA VILLANUEVA A.
Secretaria