REPUBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO SÉPTIMO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO Y DEPURACIÓN DE SANTA MARTA
J07pmsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO
18-12-2023
Dando alcance a lo ordenado en sentencia de tutela adiada 27 de noviembre de 2023, notificada 05 de diciembre de 2023, dentro de la acción promovida por ALEJANDRO ELÍAS BRUGÉS LAFAURIE , bajo radicación 2023-00398 " se PUBLICA el presente AVISO en página web del Juzgado, a efectos de enteramiento a los interesados, con el contenido íntegro de la sentencia, cuyo acápite resolutivo dispuso:.
PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, trabajo y acceso a cargos públicos del señor ALEJANDRO ELÍAS BRUGÉS LAFAURIE, dentro de la acción de tutela seguida en contra del
DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTÓRICO DE SANTA MARTA (ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA), de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído.
En consecuencia, ORDENAR al DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTÓRICO DE SANTA MARTA (ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA), que por intermedio de la Alcaldesa Distrital de Santa Marta o quien haga sus veces y dentro de los DOS (02) DÍAS siguientes a la notificación de la presente sentencia, proceda a efectuar el nombramiento en periodo de prueba del señor ALEJANDRO ELÍAS BRUGÉS LAFAURIE en el cargo denominado LIDER DE PROGRAMA, código 206, grado 06, OPEC No. 73931 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Alcaldía de Santa Marta, en el que ocupa una posición meritoria en la lista de elegibles adoptada mediante la Resolución No. 4852 del 03 de abril de 2023, expedida por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL; dicho nombramiento deberá ser notificado en debida forma al señor ALEJANDRO ELÍAS BRUGÉS LAFAURIE, a través de los medios por él autorizados para ello.
SEGUNDO: Esta decisión admite recurso de impugnación que debe ser presentado dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación.
TERCERO: NOTIFICAR esta sentencia a las partes, por el medio más expedito y eficaz.
CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL a que notifiquen de la presente sentencia, dentro de la acción de tutela radicada 2023-00398 promovida por ALEJANDRO ELÍAS BRUGÉS LAFAURIE actuando en nombre propio, en contra del DISTRITO DE SANTA MARTA, a todos los integrantes de la lista de elegibles expedida para el cargo denominado LIDER DE PROGRAMA, Código 206, Grado 6, identificado con el Código OPEC No. 73931 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la ALCALDÍA DE SANTA MARTA - MAGDALENA, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 910 DE 2018 - MUNICIPIOS
PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1ª A 4ª CATEGORÍA). De igual forma, deberá ser publicada en la página web de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.
QUINTO: ORDENAR que, por Secretaría, se publique el presente fallo en la página web de la Rama Judicial, para el enteramiento de los demás interesados.
SEXTO: Si este fallo no fuere impugnado, envíese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Cumplido lo anterior, archívese el expediente.
LAURA ANDREA BARRIOS LÓPEZ
SECRETARIA.
Dando alcance a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela promovida por LUIS FREDDYUR TOVAR contra este Despacho, cuya providencia admisoria ordenó a este Juzgado, "notificar a los accionantes vinculados en las tutelas 2014-00327-00, 2015-00148-00, 2016-00352-00, 2017-00741-00, 2017, 00671-00, 2017-00401-00 y 2016-00140-00" se PUBLICA el presente AVISO en página web del Juzgado, el escrito de tutela y auto admisorio, a efectos de enteramiento a los interesados y su eventual intervención.
Ello teniendo en cuenta que para el caso del accionante FRANCISCO PALMA PETRUZ (tutela 2017-00741) la persona no residía en esta dirección y se manifestó desconocerla por los residentes, y que frente a la accionante MARTHA DIAZ VALENCIA en tutela 2014-00237, la vivienda se encontraba cerrada afirmando vecinos que sí residía en tal dirección; frente a MANUEL MARIN SANTAMARIA (Tutela 2015-00148) dirección no encontrada.
SECRETARIA.