De conformidad con el art. 9 de la Ley 2213 de 2022 en consuno con el art. 110 del C. G. del P. se publican por este medio los traslados que deben hacerse por fuera de audiencia los cuales, salvo norma en contrario, se fijan por el término de tres (3) días sin necesidad de auto ni constancia en el expediente.

Estas listas se mantendrá a disposición de las partes en la secretaría del juzgado por este medio, por un (1) día y el respectivo traslado correrá desde el siguiente.

Nota: Tenga presente el parágrafo del art. 9 de la Ley 2213 de 2022 que dicta: "Cuando una parte acredite haber enviado un escrito del cual deba correrse traslado a los demás sujetos procesales, mediante la remisión de la copia por un canal digital, se prescindirá del traslado por secretaria, el cual se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje y el término respectivo empezará a correr a partir del día siguiente."

 

AÑO 2024
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

 

NOTA: Salvo por excepciones de que habla la Ley 2213 de 2022, para cada registro de las publicaciones por tanto por estado como por fijación en lista, se enlaza el radicado con una copia de la providencia y/o del memorial respectivo. Si advierte que a algún proceso faltare este enlace y considere que esto se deba a una omisión o simplemente desea se le entregue copia de la providencia y/o memorial, según el caso, le sugerimos comunicarse con nosotros a través del aplicativo Teams haciendo click aquí dentro del horario de atención al público, presencial y virtual, de lunes a viernes de 07:30 am a 12:30M y de 01:00 pm a 04:00 pm.

 

También podrá enviar un mensaje de correo electrónico a la dirección ccto06ba@cendoj.ramajudicial.gov.co. Sin embargo, las comunicaciones por esta vía normalmente son sometidas a reparto secretarial lo que pudiera resultar en un trámite algo mas demorado.