AVISO IMPORTANTE:

 

El Consejo Superior de la Judicatura dispuso por Acuerdo PCSJA20-11517 de 2020, suspender los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, medida prorrogada por los Acuerdos PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11549, PCSJA20-1155 y PCSJA20-11567, hasta el día 30 de junio de 2020. Que el artículo 14 del acuerdo PCSJA20-1155 y el capítulo 5 del acuerdo PCSJA20-11567, indican que se debe privilegiar el uso de las tecnologías.

Conforme lo anterior el despacho dispone:

En primer lugar, en aras de garantizar el acceso a la administración de justicia, nuestros canales de comunicación virtuales son a través de: correo electrónico j01prmpalslpalenque@cendoj.ramajudicial.gov.co, al cual podrán presentar demandas, peticiones, solicitudes o requerir información, de igual forma tenemos habilitado el WhatsApp No. 312 309 5712 y la página de Facebook Juzgado Promiscuo Municipal de San Luis de Palenque.

Igualmente se informa que las audiencias tantos civiles como penales se tramitarán de manera virtual a través de la plataforma Microsoft Teams, cumpliendo el siguiente protocolo:

  1. Indicar correos electrónicos tanto de las partes, como de los testigos.
  2. Tener una buena conexión a internet.
  3. Estar 10 minutos antes de la diligencia para verificar el tema de la conectividad.
  4. Prestar cualquier tipo de información que requiera el juzgado, en aras de garantizar el acceso a las audiencias programadas y una buena administración de justicia.

De esta manera, todas las actuaciones judiciales se llevarán de manera virtual y excepcionalmente personalmente conforme lo establecido en el parágrafo 1 del Decreto 806 de 2020 indicando que:

"Parágrafo. En aquellos eventos en que los sujetos procesales o la autoridad judicial no cuenten con los medios tecnológicos para cumplir con las medidas establecidas en el presente decreto o no sea necesario acudir a aquellas, se deberá prestar el servicio de forma presencial, siempre que sea posible y se ajuste a las disposiciones que sobre el particular dicten el Ministerio de Salud y Protección Social, el Consejo Superior de la Judicatura, los Centros de Arbitraje y las entidades con funciones jurisdiccionales.

Los sujetos procesales y la autoridad judicial competente deberán manifestar las razones por las cuales no pueden realizar una actuación judicial específica a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones de lo cual se dejará constancia en el expediente y se realizará de manera presencial en los términos del inciso anterior."

En segundo lugar, se está en proceso de digitalización de todos los expedientes del despacho con el fin de que tanto los abogados como los usuarios tengan acceso de manera digital; para ello se enviara un link del respectivo proceso el cual se mantendrá siempre con su última actuación. Para el desarrollo de esta actividad los abogados como los usuarios interesados deberán informar los siguientes datos:

 

Nombres y apellidos

Correo electrónico

Número telefónico

Radicado del proceso

Nombre demandante

Nombre demandado

 

En tercer lugar, el micrositio de la Rama Judicial ya se encuentra habilitado, en el cual se publicarán estados, traslados, cronograma del despacho, así como avisos importantes.

En cuarto lugar, se está implementando la baranda virtual y se preguntarán, ¿qué es? La baranda virtual es la atención al público a través de medios digitales que en este caso será por la plataforma Microsft Teams, en la que podremos absolver sus consultas, interrogantes y demás sobre los procesos que cursan en el despacho y otras actuaciones.

Conforme a lo anterior, implementaremos la baranda virtual de lunes a viernes en el horario de 7:00 a.m. a 8:30 a.m. para lo cual deberán enviarnos los datos que se requiere a más tardar el día anterior al cual se va a realizar la actividad.

Un ejemplo, si quiere solicitar información de un proceso para el día lunes, debe enviar sus datos el día viernes a más tardar a las 5:00 p.m.

Por último recordamos que los datos requeridos son los siguientes:

-Nombre de la persona que va a realizar la consulta indicando que parte es

-Correo electrónico

-Número de celular

-Indicar el radicado del proceso a consultar

Estos datos deberán ser enviados a nuestros canales de comunicación habilitados, y posteriormente se les indicará la hora asignada junto con el link al que se conectarán.

AVISO A LOS USUARIOS Y LA CIUDADANIA

Por medio de la presente se informa, que con ocasión de la publicación del Estado 013 de del 01 de septiembre de 2020, se generó por error de sistema o error involuntario la eliminación de la publicación electrónica de los Estados de 2020. Por lo anterior y una vez hecha la verificación por parte del despacho, se constató, que todos los Estados electrónicos, se encontraban debidamente ejecutoriados, exceptuando el Estado 012 publicado el 28 de agosto de 2020.

 

Por lo anterior para sanear dicha situación y evitar la configuración de posibles nulidades, dicho estado fue publicado nuevamente mediante la denominación de Estado 14 el día 03 de septiembre de 2020, y se entenderá publicado en esa fecha y se agregaran a cada proceso las constancias correspondientes.

 

Así mismo se indica que los estados publicados con anterioridad serán subidos nuevamente y estarán disponibles en la página WEB en el menor tiempo posible.

 

Para su atención y fines pertinentes

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN LUIS DE PALENQUE

AVISO A LA CIUDADANIA

Se informa a la ciudadanía que el Estado 021 fue publicado el día 09 de Octubre de 2020, evidenciándose, que en su contenido se incluyo que el mismo había sido publicado el día 08 de Octubre, por lo que al evidenciarse dicho error tipográfico el mismo fue subsanado a las 8:00 AM del 09 de Octubre, fecha en la que realmente fue publicado dicho estado.

Por lo anterior y par cualquier efecto procesal, debe tenerse claro que el estado 021 fue Publicado el día 09 de Octubre desde las 7:00 AM y en concordancia con las disposiciones legales.