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DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA
CIRCUITO DE CIUDAD BOLÍVAR
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
Ciudad Bolívar, Veintitrés (23) de Noviembre de dos mil Veintiuno (2021)
Oficio No 0778
Señores
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SECCIONAL DE LA RAMA JUDICIAL
Edificio José Félix Restrepo
Medellín Antioquia
En cumplimiento a lo resuelto en Audiencia de control de garantías llevada a cabo el día 22 de noviembre de 2021, comedidamente solicito su valiosa colaboración para transmitir en el periódico con el cual se tenga convenio, el siguiente edicto emplazatorio.
EDICTO
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA
EMPLAZA
Al señor HENRY DANIEL PALOMINO, identificado con cédula de ciudadanía número 80.723.127 residente en la CALLE 51 No 48-09 barrio la candelaria, Itagüí – Antioquia, en su calidad de indiciado y por solicitud elevada por la fiscalía 088 Local que se adelanta por el delito de HURTO AGRAVADO, para que ejerza su derecho de defensa y contradicción, a través de diligencia de formulación de imputación y las demás a que hubiera lugar.
Se advierte al emplazado que si dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fijación del presente Edicto no comparece, se le declara persona ausente y se le designará defensor bien sea de confianza o del Sistema Nacional de Defensoría Pública, para que lo asista y represente en todas las actuaciones que se adelantan en su contra.
El presente EDICTO se fija en un lugar visible de la Secretaría, así como en el Micro sitio Web de este Juzgado siendo las 8:00 de la mañana de hoy veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) y se publicará en un periódico y en un medio radial para lo cual se enviará copia del mismo a la Dirección Ejecutiva Seccional de la Rama Judicial. Lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, Ley 906 de 2004.
LUZ ESTHER OSPINA VÉLEZ
Secretaria
DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA
CIRCUITO DE CIUDAD BOLÍVAR
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
Ciudad Bolívar, Diecisiete (17) de Noviembre de dos mil Veintiuno (2021)
Oficio No 0759
Señores
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SECCIONAL DE LA RAMA JUDICIAL
Edificio José Félix Restrepo
Medellín Antioquia
En cumplimiento a lo resuelto en Audiencia de control de garantías llevada a cabo el día 03 de noviembre de 2021, comedidamente solicito su valiosa colaboración para transmitir en el periódico con el cual se tenga convenio, el siguiente edicto emplazatorio.
EDICTO
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA
EMPLAZA
Al señor EDUARDO TEQUIA MAMUNDIA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.149.434.995 residente en la vereda el 18, Carmen de Atrato – Chocó, en su calidad de indiciado y por solicitud elevada por la fiscalía 088 Local que se adelanta por el delito de EXTORSIÓN EN LA MODALIDAD DE TENTATIVA, para que ejerza su derecho de defensa y contradicción, a través de diligencia de formulación de imputación y las demás a que hubiera lugar.
Se advierte al emplazado que si dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fijación del presente Edicto no comparece, se le declara persona ausente y se le designará defensor bien sea de confianza o del Sistema Nacional de Defensoría Pública, para que lo asista y represente en todas las actuaciones que se adelantan en su contra.
El presente EDICTO se fija en un lugar visible de la Secretaría, así como en el Micro sitio Web de este Juzgado siendo las 8:00 DE LA MAÑANA de hoy dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) y se publicará en un periódico y en un medio radial para lo cual se enviará copia del mismo a la Dirección Ejecutiva Seccional de la Rama Judicial. Lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, Ley 906 de 2004.
LUZ ESTHER OSPINA VÉLEZ
Secretaria
AVISO DE REMATE
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA
H A C E S A B E R
Que dentro del proceso EJECUTIVO instaurado por LUIS GONZALO CADAVID MARTÍNEZ contra BENJAMÍN LONDOÑO LONDOÑO se ha señalado el 12 DE AGOSTO DE 2021 A LAS 10 A.M. para llevar a cabo la apertura de la licitación de las cuotas sociales que el demandado posee en la Sociedad BENJAMÍN Y NELSON LONDOÑO Y CIA. LTDA.
Se trata de cincuenta (50) cuotas sociales que el demandado BENJAMÍN LONDOÑO posee en la citada Sociedad, las cuales se encuentran registradas en la matrícula mercantil N° 21-91963-3 de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado a las cincuenta cuotas sociales, que fueron avaluadas en la suma de $200.000 cada una para un total de $10.000.000, previo depósito del 40% del valor total dado a las cuotas, esto es, $4.000.000, suma que se consignará a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales 051012042001 del Banco Agrario de la localidad. Además el rematante deberá consignar el 5% del valor del remate.
La diligencia se realizará de manera virtual a través del aplicativo LIFESISE (Decreto 806 de junio 4 de 2020, arts. 2, 3 y 7), bajo las siguientes directrices:
Los interesados en participar en la subasta deberán presentar dentro de los cinco (5) días antes, de manera virtual, en formato PDF, copia de la cédula de ciudadanía y copia de la imagen del depósito judicial correspondiente a la consignación del 40% en el Banco Agrario de Ciudad Bolívar y archivo con clave, para que haga las veces de sobre cerrado, la cual deberá ser suministrada por cada uno de los oferentes al terminar la hora dispuesta para recibir posturas, al correo institucional del Despacho. Una vez iniciada la diligencia, también se podrá hacer postura en la forma indicada, remitiendo el correspondiente correo electrónico con el archivo de la postura adjunto y con clave
En el asunto del correo que contenga la postura deberá indicarse únicamente la palabra postura y el radicado del expediente, sin perjuicio de que en el cuerpo del respectivo correo se identifique al oferente
5. El link de acceso a la diligencia de remate será publicado el día antes de la diligencia en la página de la Rama Judicial, a través de la siguiente ruta: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-promiscuo-municipal-ciudad-bolivar-antioquia en la pestaña de avisos
La publicación del aviso de remate se surtirá un día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en el periódico El Colombiano, en la forma indicada en el art. 450 del CGP. Elabórese el respectivo cartel.
Ciudad Bolívar Antioquia, 8 de junio de 2021
LUZ ESTHER OSPINA VÉLEZ
SECRETARIA
E D I C T O
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA
E M P L A Z A
A HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora MARÍA DOLORES GARZÓN DE MORENO, para que comparezcan a este Despacho a recibir notificación personal del auto de fecha 2 de julio de 2021 por medio del cual se admite la demanda VERBAL –PERTENENCIA-, instaurada por SILVIA LUZ SÁNCHEZ DE MONTOYA, radicado 0510140890012021-00058-00
Ciudad Bolívar Antioquia, 16 de julio de 2021
LUZ ESTHER OSPINA VÉLEZ
SECRETARIA
DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA
CIRCUITO DE CIUDAD BOLÍVAR
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL
Ciudad Bolívar, Catorce (14) de Julio de dos mil Veintiuno (2021)
Oficio No 0455
Señores
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SECCIONAL DE LA RAMA JUDICIAL
Edificio José Félix Restrepo
Medellín Antioquia
En cumplimiento a lo resuelto en Audiencia de control de garantías llevada a cabo el día 01 de diciembre de 2020, comedidamente solicito su valiosa colaboración para transmitir en el periódico con el cual se tenga convenio, el siguiente edicto emplazatorio.
EDICTO
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA
EMPLAZA
Al señor EVERDARIO TOBÓN TOBÓN, identificado con cédula de ciudadanía número 70.418.205 residente en la calle 28 No 84 – 195 de la Ciudad de Medellín, en su calidad de indiciado y por solicitud elevada por la fiscalía 088 Local que se adelanta por el delito de INASISTENCIA ALIMENTARIA para que ejerza su derecho de defensa y contradicción, a través de diligencia de formulación de imputación y las demás a que hubiera lugar.
Se advierte al emplazado que si dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fijación del presente Edicto no comparece, se le declara persona ausente y se le designará defensor bien sea de confianza o del Sistema Nacional de Defensoría Pública, para que lo asista y represente en todas las actuaciones que se adelantan en su contra.
El presente EDICTO se fija en un lugar visible de la Secretaría, así como en el Micro sitio Web de este Juzgado siendo las 8:00 DE LA MAÑANA de hoy CATORCE (14) DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) y se publicará en un periódico y en un medio radial para lo cual se enviará copia del mismo a la Dirección Ejecutiva Seccional de la Rama Judicial. Lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, Ley 906 de 2004.
LUZ ESTHER OSPINA VÉLEZ
Secretaria