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Radicado: 68307-4046-001-2024-00015-00
Accionante: Liliana Andrea Moreno López
Accionado: Inspección 3° de Policía de Girón – Dirección del Sistema Policivo de Girón – Alcaldía del Municipio de Girón
CONSTANCIA SECRETARIAL: En atención a la respuesta allegada por la accionante y los demás accionados, informando el desconocimiento de los datos de contacto requeridos respecto del vinculado Víctor Manuel Zorro Martínez, únicamente referenciado los números de teléfono 3002209660, 3103419688, 3004947476 y 3001768821, sin que se obtuviera respuesta de los mismos. En consecuencia, ante la imposibilidad de notificarle del fallo de la acción de tutela del asunto, este despacho judicial procede a fijar notificación por aviso con el fin de dar cumplimiento a lo reglado en el artículo 292 del Código General del Proceso.
Además, se remitirá notificación física por correo certificado a la dirección registrada en el proceso policivo para el año 2022.
Girón, veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
Julián Andrés Díaz Moreno
Oficial Mayor
JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES
MIXTAS DE GIRÓN
Girón, veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
Señor
VICTOR MANUEL ZORRO MARTINEZ
Vinculado
Por medio del presente aviso le notifico que, mediante decisión calendada del 20 de febrero de 2024, se profirió FALLO de primera instancia, dentro de la acción de tutela asignada al radicado No. 68307-4046-001-2024-00015-00, interpuesta por Liliana Andrea Moreno López, contra la Inspección 3° de Policía de Girón – Dirección del Sistema Policivo de Girón - Alcaldía Municipal de Girón; por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia, igualdad, debido proceso, defensa y seguridad jurídica.
En ese contexto, la parte resolutiva de la decisión se dispuso:
"Primero. Declarar improcedente la acción de tutela presentada por Liliana Andrea Moreno López en contra de la Inspección 3° de Policía - Dirección del Sistema Policivo de Girón - Alcaldía de Municipal de Girón, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de este proveído.
Segundo. Notificar por el medio más idóneo a las partes el contenido del fallo, librando para ello las comunicaciones de ley. Asimismo, comunicar a las partes que contra el presente fallo procede la impugnación, para lo cual cuentan con un plazo de tres días contados a partir de la notificación. Si no se impugna la presente decisión, al quedar en firme, se ordena enviar a la Honorable Corte Constitucional el cuaderno principal para su eventual revisión. En caso de exclusión se ordena archivar definitivamente las diligencias."
Las respuestas y/o impugnación deberán ser enviadas al correo electrónico: j01mpmixgiron@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se advierte que esta notificación se considerará cumplida al finalizar el día hábil siguiente a la publicación del presente aviso, tanto en la página web de la Rama Judicial, como en el lugar visible de este Juzgado, esto es, al finalizar el día 22 de febrero de 2024, a las 4:00 p.m.
Los documentos correspondientes al fallo de primera instancia se encuentran anexos a la presente notificación y/o puede solicitarlos directamente a la secretaría de este despacho judicial y/o a través del correo electrónico j01mpmixgiron@cendoj.ramajudicial.gov.co .
Notifíquese por el medio más expedito y cúmplase,
María Alejandra Parra Camargo
Secretaria