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Aprobada reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, con advertencias por parte del Consejo Superior de la Judicatura

Bogotá, D.C., 15 de junio de 2021. Luego de que la Plenaria del Senado de la República aprobó en último debate el proyecto de reforma a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, la presidente del Consejo Superior, Gloria Stella López Jaramillo, destacó que algunas normas aprobadas en el proyecto permiten mejorar el acceso a la justicia y fortalecer la formación de jueces y los requisitos para acceder a estos cargos; así mismo enfatizó los beneficios del concurso de ascensos, la incorporación de la autonomía presupuestal de la Rama Judicial y la transformación digital que beneficia a la ciudadanía.

"El Consejo Superior de la Judicatura presentó proposiciones con la finalidad de que se fortaleciera el proyecto y se excluyeran artículos incorporados que violan la Constitución Política y las sentencias de la Corte Constitucional, entre ellas la que analizó la constitucionalidad del denominado "Equilibrio de poderes" (Sentencia C-285/2016) y la C-256/1993. Estos artículos incorporados en la Cámara y en el Senado desnaturalizan el sentido y la relación armónica del proyecto presentado inicialmente", señaló la Magistrada.

Con respecto a los conceptos previos vinculantes, el Consejo Superior de la Judicatura señaló que se acoge a lo señalado por la Corte Constitucional que fue clara en definir que los funcionarios de las Altas Cortes solo pueden estar encargados de administrar justicia y que el gobierno judicial se debe dejar en el órgano de administración de la Rama.

"La gestión de Gobierno exige imparcialidad y neutralidad en la consecución de la administración de justicia", puntualizó la Presidente, quien citó el concepto de Minhacienda sobre este proyecto en lo relacionado con creación de cargos. La entidad Ejecutiva dice que "la iniciativa generaría presiones de gasto que afectarían las finanzas de la Nación, ya que son costos fiscales que no se encuentran previstos en el marco fiscal de mediano plazo, ni en el marco de gastos del sector".