SECRETARÍA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ATLÁNTICO
ACCION POPULAR 2022-00073-W
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998, con el fin de informar a la comunidad sobre la admisión de la demanda, por Secretaria de la Corporación, se insertará la providencia en la página web de la Rama y el Tribunal Contencioso Administrativo del Atlántico.
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