Tutela 1100134030022022008000
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ
AVISA
Que mediante auto de fecha 19 de abril de 2022 ADMITIÓ la acción de tutela No. 1100134030022022008000 interpuesta por FUNDACIÓN FAUNA CARIBE COLOMBIANA –FFCC- en contra de la AUTORIDAD NACIONAL DE ACUICULTURA Y PESCA –AUNAP-, en consecuencia ordenó:
"Remítase copia de esta providencia así como del escrito de tutela y sus anexos a las accionadas, para que dentro del término improrrogable de un (1) día den respuesta a lo allí consagrado y presente las pruebas que pretenda hacer valer e indiquen la dirección en la cual reciben notificaciones electrónicas. Líbrese oficio.
Vincúlese al trámite de las presentes diligencias a Seguros del estado S.A., al Coordinador técnico y financiero de la supervisión del Contrato de suministro No. 342 de 2021, Director Técnico de Administración y Fomento y Acuagranja S.A.S., para que en término de un (1) día, rindan informe sobre los hechos que motivan la presente acción y presenten las pruebas que pretendan hacer valer. Suminístrese copia del presente proveído, así como del escrito de tutela. Líbrese oficio.
Adviértase sobre las consecuencias generadas por la falta de respuesta, conforme lo normado en el artículo 20 del decreto 2591 de 1991.
Requiérase a las partes para que indiquen su dirección electrónica, para efectos de notificación.
Notifíquese al peticionario, a las entidades accionadas y vinculadas el presente auto, por la vía más expedita y de la manera más pronta la presente acción de tutela."
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co dentro del término concedido, so pena de las sanciones que por responsabilidad puedan acarrearse (artículo 19 decreto 25191 de 1991).
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURÍDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00080.
Documentos anexados:
- Escrito de tutela y anexos
- Auto admisorio
AVISO
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OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ
AVISA
Que mediante fallo de fecha 28 de abril de 2022 proferido dentro la acción de tutela No. 1100134030022022008000 interpuesta por FUNDACIÓN FAUNA CARIBE COLOMBIANA –FFCC- en contra de la AUTORIDAD NACIONAL DE ACUICULTURA Y PESCA –AUNAP-, en consecuencia ordenó:
"PRIMERO: Negar por improcedente la acción de tutela, de acuerdo a lo dicho en la parte motiva.
SEGUNDO: Comunicar la presente decisión a las partes por el medio más expedido, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO: En caso de no ser impugnada, remitir las actuaciones a la Corte Constitucional para una eventual revisión".
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co dentro del término concedido, so pena de las sanciones que por responsabilidad puedan acarrearse (artículo 19 decreto 25191 de 1991).
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURÍDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00080.
Documentos anexados:
AVISO
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ
AVISA
Que mediante auto de fecha 04 de mayo de 2022 proferido dentro la acción de tutela No. 1100134030022022008000 interpuesta por FUNDACIÓN FAUNA CARIBE COLOMBIANA –FFCC- en contra de la AUTORIDAD NACIONAL DE ACUICULTURA Y PESCA –AUNAP-, este Despacho resolvió:
"PRIMERO: Conceder ante el Superior Jerárquico (Tribunal Superior de Bogotá), la impugnación presentada en término.
SEGUNDO: Por secretaría, una vez notificada la presente decisión remitir de manera inmediata, el expediente al superior para lo de su cargo".
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURÍDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00080.
Documentos anexados: