Tutela 1100134030022022007100
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BOGOTA
AVISA
Que mediante auto de fecha 31 de marzo de 2022 ADMITIÓ la acción de tutela No. 1100134030022022007100 interpuesta por ARBEY LÓPEZ GUTIÉRREZ en contra del JUZGADO 7 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ, en consecuencia ordenó:
"Remítase copia de esta providencia así como del escrito de tutela y sus anexos a las accionadas, para que dentro del término improrrogable de un (1) día den respuesta a lo allí consagrado y presente las pruebas que pretenda hacer valer e indiquen la dirección en la cual reciben notificaciones electrónicas. Líbrese oficio.
Vincúlese al trámite de las presentes diligencias a la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución, para que en término de un (1) día, rindan informe sobre los hechos que motivan la presente acción y presenten las pruebas que pretendan hacer valer. Suminístrese copia de la presente providencia así como del escrito de tutela. Líbrese oficio.
Adviértase sobre las consecuencias generadas por la falta de respuesta, conforme lo normado en el artículo 20 del decreto 2591 de 1991.
Comuníquese al Juzgado 7 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá y a la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución (i) notificar la admisión de la presente acción a todas las partes intervinientes, terceros y apoderados en el proceso a que hace referencia el escrito de tutela y allegar copias de dicha gestión, con la respectiva constancia de envío, y (ii) allegar al despacho copia de la totalidad del expediente, con el fin de tener claridad sobre los hechos de la presente acción de tutela.
Para tal fin se requiere al Área de Tutelas de la Oficina de Apoyo de los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución verificar que las notificaciones sean realizadas en debida forma, con las respectivas constancias de envío.
Requiérase a las partes para que indiquen su dirección electrónica, para efectos de notificación."
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co dentro del término concedido, so pena de las sanciones que por responsabilidad puedan acarrearse (artículo 19 decreto 25191 de 1991).
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURIDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00071
Documentos anexados:
- Escrito de tutela y anexos
- Auto admisorio
AVISO
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ
AVISA
Que mediante fallo de fecha 08 de abril de 2022, dictado dentro de la acción de tutela No. 1100134030022022007100 interpuesta por ARBEY LÓPEZ GUTIÉRREZ en contra del JUZGADO 7 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ, este Despacho resolvió:
"PRIMERO: Negar por improcedente la acción de tutela impetrada por Arbey López Gutiérrez, conforme lo expuesto en el presente proveído.
SEGUNDO: Comunicar la presente decisión a las partes por el medio más expedido, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO: En caso de no ser impugnada, remitir las actuaciones a la Corte Constitucional para una eventual revisión."
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co dentro del término concedido, so pena de las sanciones que por responsabilidad puedan acarrearse (artículo 19 decreto 25191 de 1991).
AVISO DE BLOQUEO CORREO ELECTRÓNICO POR VACANCIA JUDICIAL
SEÑORES USUARIOS
Se informa que por motivo de vacancia judicial esta cuenta de correo institucional estará bloqueada del 08 de abril de 2022 al 17 de abril de 2022; en ese sentido, se solicita abstenerse de radicar, enviar cualquier tipo de solicitud o respuesta, pues, no se entenderá como radicada. Esto de conformidad, con la Circular PCSJC22-3 de fecha 5 de abril de 2022 emitida por el Consejo Superior de la Judicatura.
El desbloqueo del correo se efectuará el día 18/04/2022, lo anterior, para su conocimiento y fines pertinentes.
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURIDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00071
Documentos anexados:
AVISO
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ
AVISA
Que mediante auto de fecha 21 de abril de 2022, dictado dentro de la acción de tutela No. 1100134030022022007100 interpuesta por ARBEY LÓPEZ GUTIÉRREZ en contra del JUZGADO 7 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ, este Despacho resolvió:
"PRIMERO: Conceder ante el Superior Jerárquico (Tribunal Superior de Bogotá), la impugnación presentada en término.
SEGUNDO: Por secretaría, una vez notificada la presente decisión remitir de manera inmediata, el expediente al superior para lo de su cargo".
Cualquier información deberá remitirse al correo institucional "centro servicios ejecución civil circuito - Bogotá" cserejeccbta@cendoj.ramajudicial.gov.co dentro del término concedido, so pena de las sanciones que por responsabilidad puedan acarrearse (artículo 19 decreto 25191 de 1991).
Por lo anterior, se pone en conocimiento del mencionado auto a:
TODAS AQUELLAS PERSONAS, NATURALES O JURIDICAS, INTERVINIENTES EN CALIDAD DE PARTES PROCESALES O A CUALQUIER OTRO TITULO DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA N°11013403 002 2022-00071
Documentos anexados: