PERMISO SECRETARIO POR VOTACION ELECCIONES

(RESOLUCIÓN No. 005 DEL 17 DE MARZO DE 2022)

 

 

 

Por medio de la cual se concede LA JORNADA DE LA TARDE

 

 

La suscrita JUEZ SEGUNDA PROMISCUO MUNICIPAL DE GIGANTE, en uso de las facultades legales, y

 

 

C O N S I D E R A N D O

 

 

 

 

Que el funcionario judicial JUAN CAMILO MOYA, Secretario de este Despacho, solicita se otorgue la media jornada laboral que establece el artículo 3 de la Ley

403 de 1997 en virtud de la participación en la jornada electoral del pasado 13 de marzo de 2022, elecciones SENADO Y CAMARA adjuntando el soporte correspondiente del mismo. Solicitando la jornada del día 18 de marzo de 2022

horas de la tarde.

 

 

Efectivamente de conformidad al articulo establecido se tiene:  Artículo 3º.El ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.

 

Los permisos deberán solicitarse y concederse por escrito.

 

 

PARÁGRAFO. los permisos no generan vacante transitoria ni definitiva del empleo el titular el respectivo beneficiario y en consecuencia, no habrá lugar a encargo ni nombramiento provisional por el lapso de su duración."

 

 

Que la suscrita de esta dependencia es competente para conceder del permiso por lo cual resuelve teniendo en cuenta que no se afectaría la administración de justicia, dentro de sus funciones a realizarse.

 

 

 

R E S U E L V E:

 

 

 

PRIMERO: CONCEDASE la jornada laboral de la tarde del día 18 DE MARZO DE 2022

EN HORARIO DE LA MAÑANA DE 1:00 PM A 5:00PM, al señor JUAN CAMILO MOYA, Secretario de este Despacho para ausentarse en este horario del Juzgado, según justificación aducida.

 

 

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa

Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Gigante – Huila

Calle 2 No. 5-70 Gigante- Huila Teléfono 8326047

Email: j02prmpalgiga@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

SEGUNDO: Entérese del permiso al solicitante y agréguese el mismo a su hoja de vida con el respectivo soporte.

 

 

TERCERO: Copia para secretaria que el permiso se suba en la respectiva página.

 

 

 

CUARTO: Copia a bienestar y talento humano de dicha resolución.

 

 

 

Dado 17 de marzo de 2022

 

 

 

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

 

 

 

 

 

 

 

KATHERINE CETINA SANCHEZ

 

JUEZ