ACUERDO No. 1677 DE 2002
(Diciembre 18)
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo 1392 de 2002 , por el cual se reglamenta la evaluación y calificación de servicios de los funcionarios y empleados de carrera de la Rama Judicial”.
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En uso de sus
facultades constitucionales y especialmente de las conferidas por el
artículo 170 de la Ley 270 de 1996 ,
ACUERDA
ARTICULO 1.- Modificar los numerales 4 y 5 del artículo
28 del Acuerdo 1392 de 2002, los cuales quedarán así:
ARTICULO 28. Numeral 4. Los procesos remitidos a otro funcionario
en programas de descongestión para fallo, los cuales serán tenidos en cuenta
como egreso en un 80% cada uno, siempre y cuando la congestión no sea imputable
al funcionario a evaluar.
ARTICULO 28. Numeral 5. Los procesos en los cuales se profirió,
dentro del período, la sentencia o decisión que resuelva el fondo del asunto en
la instancia, que en cumplimiento de programas de descongestión hayan sido
sustanciados por otro funcionario, serán tenidos en cuenta como egreso en un
20% cada uno, siempre y cuando la congestión no sea imputable al funcionario a
evaluar.
ARTICULO 2.- Modificar el inciso segundo del artículo 45
del Acuerdo 1392 de 2002, el cual quedará así:
La visita podrá
suplirse con la revisión y el análisis de las piezas procesales que el
respectivo calificador estime pertinentes, como son: la exposición del menor,
la entrevista, las audiencias, el estudio socio familiar, el auto que resuelva
la situación jurídica, el informe de seguimiento. Para tal efecto, solicitará
una relación de los procesos terminados durante el período, que no hayan sido
objeto de calificación, con el fin de seleccionar al azar aquellos en los que
se deba remitir copia de las providencias o actuaciones mencionadas.
ARTICULO 3.- El presente Acuerdo rige a partir del
primero de enero de dos mil tres (2003).
ARTICULO 4.- Publíquese en el Diario Oficial y en la
Gaceta de la Judicatura
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, a
los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil dos (2002)
LUCÍA ARBELÁEZ DE TOBÓN
Presidenta