ACUERDO No. 1677 DE 2002

(Diciembre 18)

 

“Por medio del cual se modifica el Acuerdo 1392 de 2002 , por el cual se reglamenta la evaluación y calificación de servicios de los funcionarios y empleados de carrera de la Rama Judicial”.

 

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

 

En uso de sus facultades constitucionales y especialmente de las conferidas por el artículo 170 de la Ley 270 de 1996 ,

 

ACUERDA

 

ARTICULO 1.- Modificar los numerales 4 y 5 del artículo 28 del Acuerdo 1392 de 2002, los cuales quedarán así:

 

ARTICULO 28. Numeral 4. Los procesos remitidos a otro funcionario en programas de descongestión para fallo, los cuales serán tenidos en cuenta como egreso en un 80% cada uno, siempre y cuando la congestión no sea imputable al funcionario a evaluar.

 

ARTICULO 28. Numeral 5. Los procesos en los cuales se profirió, dentro del período, la sentencia o decisión que resuelva el fondo del asunto en la instancia, que en cumplimiento de programas de descongestión hayan sido sustanciados por otro funcionario, serán tenidos en cuenta como egreso en un 20% cada uno, siempre y cuando la congestión no sea imputable al funcionario a evaluar.

 

ARTICULO 2.- Modificar el inciso segundo del artículo 45 del Acuerdo 1392 de 2002, el cual quedará así:

 

La visita podrá suplirse con la revisión y el análisis de las piezas procesales que el respectivo calificador estime pertinentes, como son: la exposición del menor, la entrevista, las audiencias, el estudio socio familiar, el auto que resuelva la situación jurídica, el informe de seguimiento. Para tal efecto, solicitará una relación de los procesos terminados durante el período, que no hayan sido objeto de calificación, con el fin de seleccionar al azar aquellos en los que se deba remitir copia de las providencias o actuaciones mencionadas.

 

ARTICULO 3.- El presente Acuerdo rige a partir del primero de enero de dos mil tres (2003).

 

ARTICULO 4.- Publíquese en el Diario Oficial y en la Gaceta de la Judicatura

 

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Bogotá, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil dos (2002)

 

 

LUCÍA ARBELÁEZ DE TOBÓN

Presidenta